EDICTO PENAL
EXP- 0006-2003-0- 1905-JM- PE
El Juzgado Mixto de la Provincia de Requena, que despacha el señor Juez: ANIBAL SEGUNDO TAPIA FLORES, asistido por el secretario judicial Abogado: David Ríos Vásquez, Notifica al procesado ROMAN SANCHEZ MARICHI, en agravio de la menor de iníciales E.M.V. y OTRO, la Resolución número veintisiete, de fecha veintiséis de setiembre del dos mil diecisiete. DADO CUENTA; con el Dictamen N° 001-2017, remitido por la Fiscalía Provincial Civil y Familia – Requena, agréguese a los autos, y en virtud de lo dispuesto por el artículo quinto del Decreto Legislativo Número ciento veinticuatro, modificado por la Ley 28117: PÓNGASE LOS AUTOS DE MANIFIESTO EN LA SECRETARÍA DEL JUZGADO POR EL TÉRMINO DE DIEZ DÍAS, plazo común para que los abogados defensores presenten los informes escritos que correspondan o soliciten informe oral; y Fecho PONGASE los autos en despacho del señor Juez, a fin de que emita la resolución correspondiente. Notificándose a las partes mediante cedula y EDICTO. Hágase saber.
Abog: DAVID RIOS VASQUEZ
Secretario Judicial
Juzgado-Mixto de la Provincia de Requena
V-3(04,05 y 06)
EDICTO PENAL
EXP- 0006-2010-0- 1905-JM- PE
El Juzgado Mixto de la Provincia de Requena, que despacha el señor Juez: ANIBAL SEGUNDO TAPIA FLORES, asistido por el secretario judicial Abogado: David Ríos Vásquez, Notifica al procesado PAUL RIVET PINEDO HUARATAPAIRO Y OTRO, en agravio de la menor de iniciales E.S.T.H., la Resolución número Cuarenta, de fecha dos de octubre del dos mil diecisiete. DADO CUENTA: en la fecha y con el escrito presentado por los procesados NESTOR PIÑA PINEDO y PAUL RIVET PINEDO HUARATAPAIRO; agréguese a los autos y a lo que exponen, REPROGRAMESE fecha y hora para la Audiencia de LECTURA DE SENTENCIA de los ACUSADOS: NESTOR PIÑA PINEDO y PAUL RIVET PINEDO HUARATAPAIRO; para el día JUEVES CATORCE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS, DOS DE LA TARDE, debiendo los acusados concurrir al Juzgado Mixto de la Provincia de Requena, en la fecha y hora precitada conjuntamente con sus abogados defensores de sus elección, a efectos de darse cumplimiento a dicha diligencia; bajo apercibimiento de ser declarados REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ORDENANDO SU INMEDIATA CAPTURA A NIVEL NACIONAL, OFICIÁNDOSE a la autoridad pertinente con tal fin, con conocimiento del Representante del Ministerio Publico. Notifíquese a las partes procesales mediante cédula y EDICTO. AVOQUESE a conocimiento de la presente causa al señor Juez que suscribe e Interviniendo el secretario judicial que da cuenta por disposición superior.
Abog: DAVID RIOS VASQUEZ
Secretario Judicial
Juzgado-Mixto de la Provincia de Requena
V-3(04,05 y 06)





