EDICTO CIVIL
Exp. Nº 011-2014-CI, el Señor Juez del Juzgado Mixto de la Provincia de Ucayali – Contamana, Doctor NERIO LAZO QUEVEDO, y secretaria Judicial NOEMI JULCA ARAUJO, que autoriza por Disposición Superior; mediante Res. Nº 01, del 25 de Agosto del dos mil catorce, se ha resuelto: ADMITIR a trámite la presente solicitud interpuesta por NERY MIRTILA ESCOBAR OLIVEIRA, sobre DECLARACIÓN DE DESAPARICIÓN, en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO, y se señala como fecha y hora para la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL, el día MARTES TREINTA DE SETIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, a horas NUEVE DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que se indican y agréguese a los autos. Con conocimiento de la parte solicitante y del señor Representante del Ministerio Público, debiendo efectuar las publicaciones respectivas en el Diario Oficial “El Peruano” y en “La Región” por un período de tres días consecutivos. Al primer Otrosí: como lo solicita otórguese las facultades al letrado que autoriza. Al segundo otrosí: Téngase presente a lo resuelto en la presente resolución.
Contamana, 01 de Setiembre del 2014.
NOEMI JULCA ARAUJO
Secretaria Judicial
Juzgado Mixto – Contamana
V-3(03,04 y 05) B/. 32765
S/. 57.00
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