JUZGADO MIXTO

EDICTO LA REGION
En el Expediente Nº 043-2014-CI-FA , derivado del proceso  seguida contra GEISER TUANAMA TUANAMA, por   el delito de VIOLENCIA FAMILIAR , en agravio  MARIA  NEITH TUANAMA TUANAMA;  al tener  la calidad  de hermanos   de la agraviada , por lo que  se encuentran  comprendidos  dentro  de los alcances  del texto ordenado de la Ley 26260, Decreto  Supremo  006-97-    JUS y modificaciones por la Ley 27306 y la Ley 27982. Que  el artículo  segundo de la ley  citada modificada por la Ley 27306 establece que se entenderá  por violencia familiar cualquier  acción  u omisión  que cause  daño físico y psicológico, maltrato  sin lesión, inclusive  la amenaza  o coacción  graves  y/o reiteradas  así como la violencia sexual, que se produzcan entre  convivientes ( como es caso de autos) cónyuges,  de padre con hijos,   parientes directos, parientes colaterales , parientes afines  y otros. SE RESUELVE ADMITIR  la demanda incoada por el Representante del Ministerio Público en contra  de don  GEISER TUANAMA TUANAMA,  a favor de la agraviada MARIA NEITH TUANAMA TUANAMA , sobre violencia familia y por ofrecidos  los medios  probatorios, corriéndose  traslado  al demandado GEISER TUANAMA TUANAMA, , por el termino  de CINCO  DIAS  de que absuelva, bajo apercibimiento de decretarse su REBELDIA y estando a los  solicitado por el Representante del Ministerio Publico, en consecuencia. notifíquese ,   Por haberse mediante resolución número tres  de fecha  diez de junio SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial  a las partes procesales.-Tómese razón y hágase saber. JUZGADO MIXTO – DATEM DEL MARAÑON.  que despacha la SEÑORA JUEZ ABG. GICELLA MASSIEL RUBIO SOTO; SECRETARIA JUDICIAL ABG. BERTHA DELGADO CONTRERAS.
V-3(27,30 y 01)