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JUZGADO MIXTO

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JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA DE RAMON CASTILLA – CABALLO COCHA
EDICTO PENAL
Instrucción N°    : 004-2011-P
Juez: Dr. CILNIO FERNANDEZ HERNÁNDEZ
Especialista Judicial: William Dennis Rocha Horna
RESOLUCIÓN NÚMERO DIEZ
Del veintiuno de junio del dos mil trece
Dado cuenta con la razón del cursor que antecede y al estado del proceso: REPROGRÁMESE la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA del procesado RAFAEL ESTEBAN JIMÉNEZ BENITES para el día VIERNES VEINTISÉIS DE JULIO DE DOS MIL TRECE A HORAS TRES DE LA TARDE; debiendo concurrir al local del Juzgado Mixto, sito en la calle Carlos P. Sáenz N° 401 – Caballo Cocha con su Abogado Defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenar su captura a nivel nacional, en el proceso N° 004-2011-P, seguido en su contra por el delito de Tenencia Ilegal de Armas en agravio de EL ESTADO PERUANO.
Caballo Cocha, 21 de Junio de 2013
V-3(18,19 y 22)

JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA DE RAMON CASTILLA – CABALLO COCHA
EDICTO PENAL
Instrucción N°:   103-2012-P
Juez:    Dr. CILNIO FERNANDEZ HERNÁNDEZ
Especialista Judicial:   William Dennis Rocha Horna
RESOLUCIÓN NÚMERO SIETE
Del dos de Julio del dos mil trece
Al Oficio N° 01470-2013-SUNARP-Z.R.IX/RPV.H.T.EXO que antecede: TÉNGASE presente en lo que fuere de ley. Y estando a que no se ha llevado a cabo todas las diligencias mediante resolución número siete, en consecuencia REPROGRÁMESE las siguientes diligencias: RECÍBASE la declaración instructiva de CIRO SIMEÓN CUADROS VELARDE para el día MIÉRCOLES VEINTICUATRO DE JULIO DE DOS MIL TRECE A HORAS OCHO DE LA MAÑANA; debiendo concurrir al local del juzgado, bajo apercibimiento de hacer efectivo lo decretado mediante resolución número siete de declararlo REO CONTUMAZ y ordenar su captura a nivel nacional en caso de inconcurrencia. RECÍBASE la declaración testimonial del comandante PNP PDRO CURZ OSORIO, Mayor PNP MARIANO GUEVARA CORNEJO, ELINO QUINTOS CONTRERAS, DAVID DIONISIO CUCHO ALARCÓN para el día MIÉRCOLES VEINTICUATRO DE JULIO DE DOS MIL TRECE A HORAS NUEVE, DIEZ, ONCE DE LA MAÑANA v DOCE DEL MEDIODÍA; respectivamente, debiendo concurrir al local del juzgado, bajo apercibimiento de ser conducido de grado o fuerza en caso de inconcurrencia. Sin perjuicio de notificarse vía edicto. Al escrito de DAVID DIONISIO CUCHO ALARCON estando a lo expuesto: ESTESE a lo resuelto en la presente resolución. Con citación al Ministerio de la provincia de Mariscal Ramón Castilla.- Notifíquese
Caballo Cocha, 02 de Julio de 2013
V-3(18,29 y 22)

JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA DE RAMON CASTILLA – CABALLO COCHA
EDICTO PENAL
Instrucción N°043-2012-P
Juez: Dr. CILNIO FERNANDEZ HERNÁNDEZ
Especialista Judicial: William Dennis Rocha Horna
RESOLUCIÓN NUMERO SIETE
Del dos de Julio del dos mil trece
AUTOS   Y   VISTOS;   Dado   cuenta,   con   las   constancias   que anteceden, y a fin de no vulnerar el derecho a la defensa y el debido proceso, REPROGRÁMESE las diligencias En consecuencia:
1. RECÍBASE la declaración instructiva de JOSÉ CLAUDIO GUERRA AMASIFUEN para el día VIERNES VEINTISÉIS DE JULIO DEL AÑO EN CURSO A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA, debiendo concurrir al local del juzgado con su Abogado Defensor, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenar su captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia.
2. RECÍBASE la declaración preventiva de CEIBER TELLO GRANDEZ, para el día VIERNES VEINTISÉIS DE JULIO DEL AÑO EN CURSO A HORAS DOS DE LA TARDE, debiendo concurrir al local del juzgado, bajo apercibimiento de ser conducido de GRADO O FUERZA en caso de inconcurrencia
3. RECÍBASE la declaración testimonial de VÍCTOR NASHNATE TAMANI para el día VIERNES VEINTISÉIS DE JULIO DEL AÑO EN CURSO A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA, debiendo concurrir al local del juzgado, bajo apercibimiento de ser conducido de GRADO O FUERZA en caso de inconcurrencia.
4. RECÍBASE la declaración testimonial de WILDER SANTANA PEREIRA para el día VIERNES VEINTISÉIS DE JULIO DEL AÑO EN CURSO A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA, debiendo concurrir al local del juzgado, bajo apercibimiento de ser conducido de GRADO O FUERZA en caso de inconcurrencia.
5. 5. RECÍBASE la declaración testimonial de LORENZO SANTANA PEREIRA para el día VIERNES VEINTISÉIS DE JULIO DEL AÑO EN CURSO A HORAS DOCE DEL MEDIODÍA, debiendo concurrir al local del juzgado, bajo apercibimiento de ser conducido de GRADO O FUERZA en caso de inconcurrencia.
Con citación al Ministerio Público
Caballo Cocha, 02 de Julio de 2013
V-3(18,19 y 22)

 

 

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