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Iquitos

JUZGADO INVESTIGACION

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EDICTO
Expediente N° 619-2018-0
Especialista Judicial de Audiencia: Abog Daniela Villacorta Barbarán
Por disposición Superior del Juez del TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE MAYNAS-FLAGRANCIA, OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, NOTIFICA Y SE CITA A AUDIENCIA a: ELMER HUANGAL CORONEL, en calidad de imputado, y a GILMITH TUANAMA RIOS,  en calidad de agraviada;  para que concurra a la Sala de Audiencia del Tercer Juzgado De Investigación Preparatoria De Maynas-Flagrancia, Omisión A La Asistencia Familiar Y Conducción En Estado De Ebriedad, para la Audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO para el día  SIETE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA CUARENTA Y CINCO MINUTOS. Al haberse dispuesto en el Expediente N° 619-2018-0; seguido en su contra por la presunta comisión de delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD, en la modalidad de AGRESIONES EN CONTRA DE MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de GILMITH TUANAMA RIOS               
Iquitos, 26 de Abril  del 2018.
V-3(30,02 y 03)

EDICTO PENAL
En el Expediente N° 0215-2017-17-1907-JR-PE-01, derivado de la Investigación Preparatoria seguida contra EDMAN CARDENAS ORTIZ, por la presunta comisión del delito como presunto autor de la comisión del delito contra LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD, en la modalidad de LESIONES LEVES, en agravio de JESSICA VELA FLORES; el Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria – Módulo Penal del Datem del Marañón, ha dispuesto se NOTIFIQUE mediante edicto judicial a la agraviada JESSICA VELA FLORES Y al imputado EDMAN CARDENAS ORTIZ con el AUTO DE ENJUICIAMIENTO: contra EDMAN CARDENAS ORTIZ, quien se encuentra identificado con D.N.I. N° 40793065, nacido el 01 de noviembre del año 1980; como presunto autor por la presunta comisión del  DELITO CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD, en la modalidad de LESIONES LEVES, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 122°, tercer párrafo numeral C) del Código Penal,  en agravio JESSICA VELA FLORES, Y se tiene como pretensión Punitiva la imposición de  CUATRO AÑOS DE PENA  PRIVATIVA DE LIBERTAD EFECTIVA mas una reparación civil de S/. 3,000.00 (TRES MIL 00/100 NUEVOS SOLES) que deberá pagar el acusado a favor de la parte agraviada JESSICA VELA FLORES. SE RESUELVE: 1) TENGASE POR COMUNICADA EL AUTO DE ENJUICIAMIENTO para los fines pertinentes de ley; NOTIFIQUESE. SUSCRIBE:   MARIO ABEL MERCADO MONTERO, JUEZ (T) DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA – MÓDULO PENAL DEL DATEM DEL MARAÑÓN. BETTY MERCY GUZMAN URDANIVIA, ESPECIALISTA JUDICIAL DEL- NCPP.
V-3(30,02 y 03)

EDICTO PENAL
En el Expediente Nº 00247-2017-75-1907-JR-PE-01, derivado de la Investigación Preparatoria seguida contra SEGUNDO VICENTE CHANCHARI CHINO, por la presunta comisión del delito contra la El Patrimonio, en la modalidad de Usurpación, en  agravio IRMA HUAYUNGA MARINA; el Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria – Modulo Penal del Datem del Marañón, ha dispuesto SE NOTIFIQUE  mediante Edicto Judicial al imputado SEGUNDO VICENTE CHANCHARI CHINO, con la presente resolución: Resolución Nro. DOS: San Lorenzo, Veinticuatro de Abril Del Año dos mil dieciocho.- AUTOS VISTOS Y OIDOS: Primero.-Con la razón emitida por la Especialista Judicial, téngase presente  para los fines pertinentes. Y CONSIDERANDO: Único: Estando al estado del presente proceso y advirtiéndose que este juzgado a la fecha tiene recargadas sus labores , así como, se encuentran fijadas diversas audiencias, por lo que para la audiencia respectiva debe señalarse teniendo presente estos hechos, y en el plazo razonable. Siendo ello así, SE RESUELVE: REPROGRAMAR con NUEVA FECHA Y HORA para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO para el día  MIERCOLES 27 DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS TRES DE LA TARDE (03:00 P.M) hora exacta  en la Sala de Audiencia del Juzgado de Investigación Preparatoria del Datem del Marañon; la que se llevara a cabo con la concurrencia obligatoria del Señor Fiscal. Haciéndose de su conocimiento que se tendrá por notificado la resolución que se expida en la referida audiencia a los sujetos procesales asistentes y/o citados. Sin perjuicio de lo antes mencionado. NOTIFIQUESE MEDIANTE EDICTO, al imputado como a la parte agraviada, debiendo efectuarse el edicto correspondiente, sin perjuicio de notificarse en sus respectivos domicilios señalados por el señor representante del Ministerio Público a fin de lograr la finalidad del presente proceso. NOTIFÍQUESE. SUSCRIBE  MARIO ABEL MERCADO MONTERO, JUEZ  (T) DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA – MODULO PENAL DEL DATEM DEL MARAÑON. BETTY MERCY GUZMAN URDANIVIA, ESPECIALISTA JUDICIAL DE AUDIENCIA – NCPP”.
V-3(30,02 y 03)

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