NOTIFICACION VIA EDICTO
POR DISPOSICIÓN DE LA RESOLUCION N° 3 DE FECHA 15-01-2020 ACTA DE AUDIENCIA NOTIFIQUESE VIA EDICTO AL PROCESADO ROGER CURICHIMBA ARIRAMA y MANUYAMA DA SILVA CARLOS ELINTON, Y A LA PARTE AGRAVIADA JOAQUIN REATEGUI VELA PADRE DE LA MENOR AGRAVIADA DE INICIALES M.C.R.V. (13).
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LORETO – NAUTA
EXPEDIENTE: 00108-2017-6-1901-JR-PE-01
JUEZ: JAIRO NEISER SALAZAR AGULO
ESPECIALISTA: ESAU JACOB GRANDEZ LOPEZ
MINISTERIO PÚBLICO: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE LORETO – NAUTA
IMPUTADO: ROGER CURICHIMBA ARIRAMA Y OTRO
DELITO: ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENORES DE EDAD
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES M.C.R.V. (11)
ESP. DE AUDIENCIAS: MARK ANTONY COSTA CASIQUE
ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION
RESOLUCION NUMERO TRES
Nauta, quince de enero Del año dos mil veinte.
ESTANDO.- a lo solicitado por el señor fiscal y a lo expresado por la Parte Agraviada y el abogado defensor del imputado, cabe precisar que para la instalación de la presente audiencia de CONTROL DE ACUSACION se requiere la presencia obligatoria tanto del señor fiscal, así como del abogado defensor de los imputados, siendo facultativa la concurrencia de los demás sujetos procesales, sin embargo en este acto de audiencia el señor fiscal de manera excepcional solicita que se reprograme la misma, toda vez que en este momento está tomando conocimiento del presente proceso motivo por el cual solicita se reprograme la misma, a efectos de que evalué y estudie el presente caso, si bien es cierto esto es una audiencia de carácter inaplazable, sin embargo a efectos de no vulnerar el derecho de defensa de las partes (Ministerio Publico) e igualdad de armas, respecto de lo solicitado por el señor fiscal, a fin de que pueda tener mejor conocimiento del presente caso, este JUZGADO va a considerar REPROGRAMAR la presente audiencia por única y ultima vez de acuerdo a la AGENDA JUDICIAL para el día TRES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTE, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, quedando en este acto notificado el representante del Ministerio Publico, la abogada de la Parte Agraviada y el abogado defensor de los imputados, subsistiendo el apercibimiento decretado por resolución número UNO, de fecha 29/AGO/2019 y resolución numero DOS, de fecha 21/OCT/2019; exhortado al representante del Ministerio Publico para que en la siguiente audiencia cumpla con oralizar su requerimiento acusatorio y en caso de que la presente audiencia se frustre por causas propias del representante del Ministerio Publico e va a disponer remitir copias certificadas a su ORGANO DE CONTROL INTERNO. JUEZ: Pregunta al representante del Ministerio Publico, a la abogada de la Parte Agraviada y al abogado defensor de los imputados si están conformes con la presente resolución. Queda registrado en audio. MINISTERIO PÚBLICO: CONFORME. Queda registrado en audio. PARTE AGRAVIADA: CONFORME. Queda registrado en audio. DEFENSOR PUBLICO: CONFORME. Queda registrado en audio. IV. CONCLUSIÓN Siendo las
09:11 de la mañana se da por concluida la presente audiencia. Lo que doy fe.
V-3(30,31 y 03)
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