EDICTO PENAL
En el Expediente N° 00272-2017-38-1907-JR-PE-01, seguido contra SUMPA MAYAN, SEGUNDO, VICENTE,PITUR SUMPA, ELIAS WASUN WACHAPA Y OLGA ANANGO HUAZANGA por la comisión del delito contra la LIBERTAD PERSONAL -SECUESTRO AGRAVADO, previsto en el art. 152, con las gravante del primer grado del segundo párrafo, incisos 5,7 y 11 del mismo artículo, en agravio de VÍCTOR RAÚL PÉREZ RAMÍREZ , JORGE LUIS BARRERA VELA, WILMER ENRIQUE SAAVEDRA LÓPEZ Y ROYROGER GONZALES VILCA; el Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria – Modulo Penal del Datem del Marañón, ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial al imputada OLGA ANANGO HUAZANGA, con la presente resolución: Resolución Nro. 10.- San Lorenzo, veintinueve de abril Del año dos mil diecinueve. DADO CUENTA: cuenta a Ud. El escrito N° 421-2019 presentado por el señor abogada de la defensa técnica de los imputados quien solicita la programación de la audiencia programada pare le día d la fecha por lo que no va ser posible su asistencia, toda vez que se ha desplazado a la ciudad de yurimaguas de manera urgente. Por lo que pongo de conocimiento para los fines; agréguese a los autos. Y CONSIDERANDO: (…). Por estas consideraciones y estando a las normas legales antes citadas, SE RESUELVE: 1) SEÑALAR FECHA Y HORA para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION, para el día DIEZ DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 A.M.) hora exacta en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria del Datem del Marañón [Calle Pastaza S/N – Barrio Dos de Mayo – San Lorenzo]; la que se llevara a cabo con la concurrencia obligatoria del señor fiscal y del abogado defensor del imputado. BAJO APERCIBIMIENTO, en caso de inconcurrencia de este ultimo de excluirlo de la defensa y designar abogado de oficio como lo autoriza el artículo 85°del CPP. (Y a sabiendas que la localidad de san Lorenzo no cuenta con abogados de oficio será remplazado con un abogado de la localidad), de poner en conocimiento para el primero de los nombrados al Señor Fiscal Coordinador de la Fiscalía Penal Provincial Datem del Marañón; y en caso de que por cualquier motivo el imputado se niegue a estar presente en la audiencia será representado por su abogado o el defensor de oficio. Haciendo de su conocimiento que se tendrá por notificados con la resolución que se expida en la referida audiencia, a los sujetos procesales asistente y/o citados. 3) NOTIFIQUESE mediante edicto judicial al imputado y la parte agraviada del presente proceso conforme corresponda, sin perjuicio de seguir notificando en su domicilio real consignado por el Ministerio Publico. NOTIFIQUESE. SUSCRIBE MARIO ABEL MERCADO MONTERO, JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA – MODULO PENAL DEL DATEM DEL MARAÑON. ABG. JUAN H NOE FARFAN, ESPECIALISTA DE AUDIENCIA DEL JUZGADO – NCPP”.
V-3(08,09 y 10)
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