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Juzgado dictó comparecencia restringida a investigada de hurto agravado

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  • Medida se dictó en conformidad a los presupuestos de la norma procesal penal.


A raíz de la liberación de la intervenida en su momento, Nidia Caro Ushiñahua Reátegui, alias “La Reina del Sur”, la corte superior de justicia de Loreto se pronunció al respecto y señaló que el proceso contra la imputada no ha concluido.
La comparecencia restringida, al igual que la prisión preventiva, son medidas cautelares que garantizan la continuidad de la investigación.
Indicaron que el Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas de la Corte Superior de Justicia de Loreto ordenó el último sábado la comparecencia restringida de Nidia Caro Ushiñahua Reátegui, más conocida como “reina del Sur”, quien es investigada por la presunta comisión de hurto agravado.
A través de un informe que fue emitido de la oficina de imagen institucional manifestaron también que en el estricto cumplimiento de la norma penal, y toda vez que el órgano jurisdiccional no tiene competencia para completar o suplir las carencias de la tesis fiscal; el Juzgado de Investigación resolvió dictar la medida de comparecencia restringida, y no la de prisión preventiva, ante la insuficiente motivación presentada por el Ministerio Público.
Así, en el requerimiento de la prisión preventiva se planteó la inexistencia de arraigo familiar de la sospechosa por no contar con familiares que dependan de ella. No obstante, la defensa de la imputada cumplió correctamente con acreditar que la imputada tiene tres hijos; a la vez, de presentar la copia literal de la vivienda de aquélla, entre otros elementos que terminaron por objetar la hipótesis fiscal.
De igual manera, en análisis del juzgado, se observó que los hechos imputados sólo fueron presentados de forma genérica y amplia; a la vez de no estar vinculados a cada uno de los elementos de convicción, ni indicarse los dispositivos legales y fines causales del peligro procesal de la sospechosa. En ese sentido, el juez remarcó que no se demuestra la calidad de los elementos de convicción y de intensidad probatoria.
(C. Ampuero)

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