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Iquitos

JUZGADO DE PAZ LETRADO

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Exp. N° 00005-2022-0-1904-JP-CI-01
Juez: Cesar Alfredo Vela Flores
Especialista: Erick Glen Sullón Reátegui
Demandante: Gianina Karina Ataurima López
Juzgado de Paz Letrado-Sede Caballo Cocha
EDICTO JUDICIAL
Por el presente, el JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CABALLOCOCHA, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 00005-2022-0-1904-JP-CI-01, se dispuso poner en conocimiento a los sujetos del proceso, a la demandante GIANINA KARINA ATAURIMA LOPEZ identificada con DNI N° 78587448, y al demandado ejecutado JENNER BOLAÑOS RODRIGUEZ identificado con DNI N° 47739399, con el extracto de la resolución CUATRO- AUTO FINAL de fecha 29 de abril de 2025, donde se señala lo siguiente: RESUELVE: a) SE ORDENA LLEVAR ADELANTE LA EJECUCIÓN, debiendo el ejecutado JENNER BOLAÑOS RODRÍGUEZ cumplir con pagar a doña GIANINA KARINA ATAURIMA LÓPEZ la suma de MIL NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO y 38/100 SOLES (S/. 1,938.00) por concepto de pensiones de alimentos devengados correspondiente al periodo comprendido de los meses: (septiembre y diciembre de 2018; marzo y julio de 2019; enero – diciembre de 2021; enero – marzo de 2022), bajo apercibimiento de INICIARSE LA EJECUCION FORZADA; b) SE DISPONE que el ejecutado proceda al estricto cumplimiento del Acta de Conciliación N°20 de fecha 25 de mayo de 2018, bajo apercibimiento de ley)EXONERAR a la parte vencida del pago de las costas y los costos del proceso, considerando la naturaleza de la pretensión; d)NOTIFIQUESE a todas las partes con las formalidades de ley, sin perjuicio de notificar vía edicto electrónico y/o judicial.
CABALLO COCHA, 07 DE MAYO DE 2025.
V-3(08, 09 y 12)

Exp. N° 00007-2022-0-1904-JP-CI-01
Juez: Cesar Alfredo Vela Flores
Especialista: Erick Glen Sullón Reátegui
Demandante: Madaly Dávila Rubio
Juzgado de Paz Letrado-Sede Caballo Cocha
EDICTO JUDICIAL
Por el presente, el JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CABALLOCOCHA, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 00007-2022-0-1904-JP-CI-01, se dispuso poner en conocimiento al demandado ejecutado EGMANT HAROLD CHAVEZ MOZOMBITE identificado con DNI N° 80656815, con el extracto de la resolución TRES- AUTO FINAL de fecha 03 de octubre de 2024, donde se señala lo siguiente: RESUELVE: A.SE ORDENA que el ejecutado EGMANT HAROLD CHAVEZ MOZOMBITE pague a doña MADALY DAVILA RUBIO la suma de SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO CON 00/100 SOLES (S/.6,324.00) por concepto de pensiones de alimentos devengada correspondiente al periodo comprendido de los meses de Abril a Diciembre del 2019; de Abril, Junio a Diciembre del 2020; de Enero a Marzo y Mayo a Diciembre del 2021; de Enero a marzo del 2022, bajo apercibimiento de INICIARSE LA EJECUCION FORZADA;B.SE DISPONE que el ejecutado proceda al estricto cumplimiento del Acta de Conciliación Expediente N° 041-2019-16085, celebrado en la Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente – Municipalidad Distrital de San Pablo, en fecha 22/04/2019, bajo apercibimiento de ley; C. EXONERAR a la parte vencida del pago de las costas y los costos del proceso, considerando la naturaleza de la pretensión; D. NOTIFIQUESE a todas las partes.
CABALLO COCHA, 07 DE MAYO DE 2025.
V-3(08, 09 y 12)

Exp. N° 00099-2021-0-1904-JP-FC-01
Juez: Cesar Alfredo Vela Flores
Especialista: Erick Glen Sullón Reátegui
Demandante: Zoila Nery Adrián Aquino
Juzgado de Paz Letrado-Sede Caballo Cocha
EDICTO JUDICIAL
Por el presente, el JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CABALLOCOCHA, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 00099-2021-0-1904-JP-FC-01, se dispuso poner en conocimiento a los sujetos del proceso, demandante ZOLIA NERY ADRIAN AQUINO identificada con DNI N° 43147775 y del demandado YONEL ZUÑIGA VILLANUEVA identificado con DNI N° 44736095, con el contenido de la resolución SEIS de fecha 05 de mayo de 2025, donde se señala lo siguiente: DADO CUENTA: Con la razón que antecede y de oficio; AGREGUESE a los autos: siendo el estado del proceso, REPROGRAMESE la AUDIENCIA UNICA DE ALIMENTOS, SEÑALANDOSE para el día MARTES 27 DE MAYO DE 2025, a horas DOS CON TREINTA MINUTOS DE LA TARDE, debiendo las partes procesales concurrir en esa fecha a este Juzgado sito en calle Progreso n° 207 segundo piso -Caballo cocha, para la instalación de la misma, NOTIFIQUESE a las partes a lo indicado en la demanda y en su ficha Reniec, sin perjuicio de edicto judicial en el diario “LA REGIÓN” por el plazo de ley, sin perjuicio de edicto judicial electrónico por el plazo de ley, con el contenido de la presente resolución, avocándose a la presente causa el señor Juez que suscribe por disposición superior. NOTIFIQUESE.
CABALLO COCHA, 07 DE MAYO DE 2025
V-3(08, 09 y 12)

Exp. N° 00127-2024-0-1904-JP-FC-01
Juez: Cesar Alfredo Vela Flores
Especialista: Erick Glen Sullón Reátegui
Demandante: Lelie Juaniluz Chumbe Cahuachi
Juzgado de Paz Letrado-Sede Caballo Cocha
EDICTO JUDICIAL
Por el presente, el JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CABALLOCOCHA, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 00127-2024-0-1904-JP-FC-01, se dispuso poner en conocimiento al demandado FRANK MARCELL CARIHUASARI MANZUR identificado con DNI N° 61301423, con los extractos de las resoluciones TRES y CINCO de fechas 07 de abril y 06 de mayo de 2025, donde se señala lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO TRES. Caballo Cocha, siete de abril Del año dos mil veinticinco. RESUELVE: 1) DECLARAR REBELDE al demandado FRANK MARCELL CARIHUASARI MANZUR, por no haber contestado la demanda conforme a Ley; 2) CITAR a las partes a la Audiencia Única para el día MIERCOLES 30 DE ABRIL de 2025 a HORAS 02:30 minutos de la tarde, audiencia que se llevara a cabo mediante el aplicativo GOOGLE MEET, se les pone en conocimiento el link (dju-xrzb-amu) para el ingreso a la presente audiencia; bajo apercibimiento de declararse la conclusión del presente proceso por inconcurrencia de las partes. En el caso de no poder llevarse a cabo la audiencia de manera virtual, se llevará de manera presencial en el juzgado. Asimismo, cualquier consulta se absolverá al número telefónico del Juzgado de Paz Letrado (065-581212) (Anexo N° 30674), avocándose a la presente causa el señor Juez que suscribe por disposición superior. NOTIFÍQUESE. RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO. Caballo cocha, seis de mayo Del año dos mil veinticinco. REPROGRAMESE la AUDIENCIA ÚNICA SEÑALANDOSE para el día JUEVES 29 DE MAYO DE 2025, a horas 11:00 de la mañana, debiendo las partes concurrir en esa fecha a este Juzgado sito en calle Progreso n° 207 segundo piso – Caballo cocha o conectarse vía Google meet al siguiente enlace (dju-xrzb-amu) en el día y fecha señalada, REITERAR NOTIFICAR al demandado a la dirección señalada en su ficha Reniec, sin perjuicio de edicto judicial en el diario “LA REGIÓN” por el plazo de ley, sin perjuicio de edicto judicial electrónico por el plazo de ley, con el extracto de la resolución tres de autos y la presente resolución(número cinco de autos) para conocimiento y fines pertinentes. NOTIFÍQUESE.
CABALLO COCHA, 07 DE MAYO DE 2025.
V-3(08, 09 y 12)

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