JUZGADO DE PAZ LETRADO

EDICTO CIVIL
Expediente Nº 00419-2016-0-1903-JP-FC-5.
Juez: JOSÉ ÍTALO MONCADA MOZOMBITE
Secretario: DINO ZAMORA
Por ante el JUZGADO DE PAZ LETRADO DE BELÉN, en lo seguido por ACO SOUZA MANIHUARI, contra GISELLA MERIDA ZOUSA TAMANI, sobre EXONERACIÓN DE ALIMENTOS, por RESOLUCIÓN NÚMERO TRES, admitir la demanda, debiendo el demandante realizar las correspondientes publicación, notifíquese por edicto a la demandada, para que cumpla con contestar la demanda bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. Se harán por (03) TRES días hábiles, debiéndose tener por bien notificado a la demandada, a los (15) QUINCE días hábiles de realizado la última publicación, conforme a lo dispone el Art. 167º, del Código Procesal Civil.
Iquitos, 14 de setiembre del 2016
DINO ZAMORA PEZO
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Belén
V-3(27,28 y 29)B/36421
S/.50.00