EDICTO
EXPEDIENTE N°: 007-2013-JP-DN-CI
MATERIA: RECTIFICACION DE PARTIDA
JUEZ: ABOG. JORGE CRUZ COAQUIRA
SECRETARIO JUD. : ABOG. CARLOS DANIEL ROQUE ROJAS
DEMANDANTE: ANDI AJON, BENJAMIN
DEMANDADO: MINISTERIO PUBLICO
RESOLUCIÓN NUMERO UNO
Santa Clotilde, cinco de junio del Dos Mil Trece.-
AUTOS Y VISTOS; Dado cuenta con la razón que antecede emitida por el cursor, téngase presente y con la demanda de rectificación de partida y sus medios probatorios que contiene proveyendo conforme a ley Y CONSIDERANDO:PRIMERO.- DEL PETITORIO.- Que, don BENJAMIN ANDI AJON, natural de la Comunidad Nativa de Puca Barranca – Rio Napo, ha interpuesto la demanda de Rectificación de Partida en su calidad de Padre Biológico y representante legal de la menor LEUZEMIA, ANDI PAPA, natural de dicha comunidad quien a la fecha cuenta con diecisiete años de edad, acción legal que tiene como fin la rectificación del nombre de “LEUZEMIA” por el de “LUCIANA” toda vez que dicho nombre le ha traído emociones negativas hasta acciones burdas en su contra puesto que la menor tiene conocimiento que “Leuzemia” es el nombre de una enfermedad, de tal modo en uso de sus facultades racionales ha solicitado a través de su progenitor que dicho nombre sea rectificado por el de “Luciana” y esta sea inscrita en la Partida de Nacimiento del Registro Nacional de Identidad y Estado Civil con sede en el Distrito del Napo, localidad de Santa Clotilde, SEGUNDO, DEL PROCEDIMIENTO; 1.- Que es función del juez calificar la demanda a fin de verificar si establece y si reúnen los requisitos de admisibilidad y procedibilidad contenidos en los artículos 424° y 425° del Código de Procesal Civil vigente concordante con el artículo 751° de la norma adjetiva; 2.- Que el artículos 749° numeral 9° contenido en el titulo primero de los Procesos No Contenciosos, toda vez que la norma en colación señala que se tramitan como procedimientos contenciosos en dicho numeral Los Procesos de Inscripción y Rectificación de Partida, por cuanto la presente corresponde ser tramitada; 3.- Que el artículo 750° de la norma acotada refiere en cuanto a la competencia que son competentes para conocer estos procesos no contenciosos los Jueces Civiles y los Jueces de Paz Letrado …La competencia de los Juzgados de Paz Letrados es exclusiva para los procesos de Inscripción de Partidas y para los que contienen en la solicitud una estimación patrimonial no mayor a cincuenta unidades de referencia procesal. Los Procesos de rectificación de Partidas podrán ventilarse ante Los Juzgados de Paz Letrados o ante Notario, por lo tanto la vía procedimental corresponde tramitar en la VIA DEL PROCEDIMIENTO NO CONTENCIOSO TERCERO.- De la Controversia.- Que el artículo 29° de nuestro Código Civil vigente señala que “nadie puede cambiarse el nombre ni hacerle adiciones salvo por motivos justificados y mediante autorización judicial, debidamente publicada e inscrita, el mismo que guarda concordancia con el artículo 749° inciso 9° del Código Procesal Civil, por otro lado de la revisión del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, en su artículo 3° literal “v” se refiere “a la inscripción en el Registro de es obligatoria el derecho a solicitar que se inscriban los hechos relativos a la identidad y estado civil de las personas lo que coadyuva en el mencionado literal se refiera a la formalidad de tal inscripción culminado el proceso administrativo o judicial procede a los cambios o adiciones al nombre, conforme lo prescrito en el presente Decreto Supremo, asimismo el demandante justifica el deseo del cambio de su menor hija toda vez que viene generando suceptibilidades en su etapa de desarrollo social y psicológico y siendo el derecho de optar por un nombre que carezca de mofas y situaciones burdas en alusión a su nombre se RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda de rectificación de partida de nacimiento formulado por don BENJAMIN ANDI AJON, a favor de su menor hija “LEUCEMIA ANDI PAPA” por el de LUCIANA ANDI PAPA, por haber acreditado y justificado lo solicitado, asimismo téngase por ofrecido los medios probatorios y anexos que adjunta la demanda en conformidad con los artículos 424° y 425° del Código Procesal vigente y FIJESE, fecha y hora para la AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARACION JUDICIAL para el día JUEVES VEINTE DE JUNIO DEL DOS MIL TRECE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA en el local del juzgado de Paz Letrado del Distrito del Napo, PUBLIQUESE, a través de EDICTO por única vez, mediante el Diario de mayor circulación de la región conforme lo cita el artículo 828° de la norma material en concordancia con los artículos 167 y 168 de la misma norma, debiendo oficiarse en el día a la Oficina de Imagen de la Corte Superior de Justicia de Loreto y por ser un Distrito que no cuenta con Ministerio Publico, prescíndase de notificar al ente fiscal; Interviniendo el Magistrado que autoriza y secretario judicial que da cuenta por Disposición Superior.
V-3(14,17 y 18)
EDICTO
EXPEDIENTE: N° 009-2013-JP-DN-FC
MATERIA: RECTIFICACION DE PARTIDA
JUEZ: ABOG. JORGE CRUZ COAQUIRA
SECRETARIO JUD. : ABOG. CARLOS DANIEL ROQUE ROJAS
DEMANDANTE: DRUCILA JEZREELITA RODRIGUEZ GARCES
DEMANDADO: MINISTERIO PUBLICO
RESOLUCIÓN NUMERO UNO
Santa Clotilde, diez de junio del Dos Mil Trece.-
AUTOS Y VISTOS; Dado cuenta con la razón que antecede emitida por el cursor, téngase presente y con la demanda de rectificación de partida y sus medios probatorios que contiene proveyendo conforme a ley Y CONSIDERANDO:PRIMERO.- DEL PETITORIO.- Que, la demandante DRUCILA JEZREELITA RODRIGUEZ GARCES, natural de Localidad de Santa Clotilde, Distrito del Napo, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto, con domicilio real y natural en el Barrio Fray Martin – Santa Clotilde, ha interpuesto la demanda solicitando la Rectificación los Datos Personales inscritos en la Partida de Nacimiento, en el extremo que se suprima y/o retire de dicha partida el segundo nombre de “JEZREELITA” y solo se mantenga el primer nombre de DRUCILA, y consecuentemente se ordene la inscripción de la presente rectificación en el Registro Nacional de Identidad y Estado Civil – RENIEC, a efecto de que se le expida una nueva identidad con el mismo número del Documento Nacional de Identidad que a su fecha le ha otorgado el Sistema Electoral, SEGUNDO, DEL PROCEDIMIENTO; 1.- Que es función del juez calificar la demanda a fin de verificar si establece y si reúnen los requisitos de admisibilidad y procedibilidad contenidos en los artículos 424° y 425° del Código de Procesal Civil vigente concordante con el artículo 751° de la norma adjetiva; 2.- Que el artículos 749° numeral 9° contenido en el titulo primero de los Procesos No Contenciosos, toda vez que la norma en colación señala que se tramitan como procedimientos contenciosos en dicho numeral Los Procesos de Inscripción y Rectificación de Partida, por cuanto la presente corresponde ser tramitada; 3.- Que el artículo 750° de la norma acotada refiere en cuanto a la competencia que son competentes para conocer estos procesos no contenciosos los Jueces Civiles y los Jueces de Paz Letrado …La competencia de los Juzgados de Paz Letrados es exclusiva para los procesos de Inscripción de Partidas y para los que contienen en la solicitud una estimación patrimonial no mayor a cincuenta unidades de referencia procesal. Los Procesos de rectificación de Partidas podrán ventilarse ante Los Juzgados de Paz Letrados o ante Notario, por lo tanto la vía procedimental corresponde tramitar en la VIA DEL PROCEDIMIENTO NO CONTENCIOSO, TERCERO.- De la Controversia.- Que el artículo 29° de nuestro Código Civil vigente señala que “nadie puede cambiarse el nombre ni hacerle adiciones salvo por motivos justificados y mediante autorización judicial, debidamente publicada e inscrita, el mismo que guarda concordancia con el artículo 749° inciso 9° del Código Procesal Civil, por otro lado pues de la revisión del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, señala ad literae La inscripción en el Registro es obligatoria. El derecho a solicitar que se inscriban los hechos relativos a la identidad y estado civil de las personas puesto que es un derecho imprescriptible e irrenunciable, siendo hechos inscribibles Los cambios o adiciones de nombre, establecido en el articulo 3° literal “v” de la norma acotada, asimismo la demandante justifica el deseo de la supresión del segundo nombre de JEZREELITA debiendo de inscribirse solo el primer nombre y sus apellidos respectivos al de DRUCILA RODRIGUEZ GARCES, asimismo la demandante señala que el nombre en controversia ha sido un nombre que se le fue dado por irresponsabilidad de los padres y no le ha traído beneficios más bien le trajo incomodidades y suceptibilidades puesto que ha sido objeto de burlas, asi también la demandante hace colación en cuanto al origen del nombre ya que este es bíblico y JEZRAEL, es aludido a un pueblo hebreo y cuyos descendientes se llamarían JEZREELITA, usándose como un gentilicio de una nación lo que da a conocer que el nombre puesto a la recurrente es una denominación de las personas que viven en un pueblo, es decir como que actualmente alguna persona tenga como nombre el de “peruano”, “iquiteño” entre otros gentilicios ya que tales calificativos se refiere a la procedencia de una persona, en tanto “el nombre es un atributo de la personalidad del que no se puede ser despojado sin causar grave daño ya que el nombre es un instituto perteneciente al orden público y con él se identifica a las personas en todos los actos públicos y privados” (Exp N° 170-95-Ucayali, Gaceta Jurídica N° 48, p10-A); por otro lado el artículo 56° de la Ley 26497 Ley Orgánica del Registro de Identificación y Estado Civil – RENIEC, señala que Puede efectuarse rectificaciones o adiciones en las partidas de de registro, en virtud a una resolución judicial, salvo disposición distinta de la ley, mediante Decreto Supremo se establecerán los actos sujeto a procedimientos administrativos y aquellos sujetos a resolución judicial, por tanto al haberse acreditado el derecho invocado por la demandante en el pedido de suprimir y/ o retirar el de la Partida de Nacimiento el segundo nombre denominado “JEZREELITA”, manteni9endo inalterable su identidad como DRUCILA RODRIGUEZ GARCES, en consecuencia con las consideraciones expuestas este Despacho Judicial RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda de rectificación de partida de nacimiento formulado por la demandante DRUCILA JEZREELITA RODRIGUEZ GARCES, por el de DRUCILA RODRIGUEZ GARCES, por haber acreditado y justificado lo solicitado, asimismo téngase por ofrecido los medios probatorios y anexos que adjunta la demanda en conformidad con los artículos 424° y 425° del Codigo Procesal vigente y FIJESE, fecha y hora para la AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARACION JUDICIAL para el día JUEVES VEINTE DE JUNIO DEL DOS MIL TRECE A HORAS DOCE DE LA MAÑANA en el local del juzgado de Paz Letrado del Distrito del Napo, PUBLIQUESE, a través de EDICTO por única vez, mediante el Diario de mayor circulación de la región conforme lo cita el artículo 828° de la norma material en concordancia con los artículos 167 y 168 de la misma norma, debiendo oficiarse en el día a la Oficina de Imagen de la Corte Superior de Justicia de Loreto y por ser un Distrito que no cuenta con Ministerio Publico, prescíndase de notificar al ente fiscal; Interviniendo el Magistrado que autoriza y secretario judicial que da cuenta por Disposición Superior.
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
3° JUZ. PAZ LETRADO COMISARIA – TURNO B
EXPEDIENTE : 00315-2012-0-1903-JP-PE-01
ESPECIALISTA: MELISSA VALLES FERNANDEZ
Se cita, llama y emplaza a la persona de MANUEL LUIS TORRES PUGA, por última vez a la diligencia de Lectura de Sentencia, la misma que se llevará a cabo el día JUEVES VEINTE DE JUNIO DEL DOS MIL TRECE, a horas DIEZ DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), en el local del Juzgado de Paz Letrado – Sede Comisaría – Ricardo Palma N°552 – Iquitos; con la concurrencia obligatoria del procesado MANUEL LUIS TORRES PUGA, acompañado de su abogado defensor; bajo apercibimiento, en caso de inconcurrencia, de ser conducido de GRADO Y FUERZA por la autoridad policial; con citación a la parte agraviada. Notifíquese por cédula y edicto.
ABOG. MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
3° JUZ. PAZ LETRADO COMISARIA – TURNO B
EXPEDIENTE : 00471-2012-0-1903-JP-PE-01
ESPECIALISTA: MELISSA VALLES FERNANDEZ
Se cita, llama y emplaza a la persona de GERMAN CARDENAS CHAVEZ, para la diligencia de Lectura de Sentencia, la misma que se llevará a cabo el día VIERNES VEINTISEIS DE JULIO DEL DOS MIL TRECE, a horas CUATRO DE LA TARDE (HORA EXACTA),en el local del Juzgado de Paz Letrado – Sede Comisaría – Ricardo Palma N°552 – Iquitos; con la concurrencia obligatoria del procesado GERMAN CARDENAS CHAVEZ, quien deberá concurrir acompañado de su abogado defensor, bajo apercibimiento, en caso de inconcurrencia, de ser conducido de GRADO O FUERZA por la autoridad policial; con citación a la parte agraviada. Notifíquese por cedula y edicto.
ABOG. MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
3° JUZ. PAZ LETRADO COMISARIA – TURNO B
EXPEDIENTE : 01189-2012-0-1903-JP-PE-01
ESPECIALISTA: MELISSA VALLES FERNANDEZ
Se cita, llama y emplaza a la persona de CARMINA PEREZ SAAVEDRA, para la diligencia de Lectura de Sentencia, la misma que se llevará a cabo el día VIERNES VEINTISEIS DE JULIO DEL DOS MIL TRECE, a horas SEIS DE LA TARDE (HORA EXACTA),en el local del Juzgado de Paz Letrado – Sede Comisaría – Ricardo Palma N°552 – Iquitos; con la concurrencia obligatoria de la procesada CARMINA PEREZ SAAVEDRA, quien deberá concurrir acompañada de su abogado defensor, bajo apercibimiento, en caso de inconcurrencia, de ser conducida de GRADO O FUERZA por la autoridad policial; con citación a la parte agraviada. Notifíquese por cedula y edicto.
ABOG. MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
3° JUZ. PAZ LETRADO COMISARIA – TURNO B
EXPEDIENTE : 00115-2013-0-1903-JP-PE-01
ESPECIALISTA: MELISSA VALLES FERNANDEZ
Se cita, llama y emplaza a la persona de JAMES FRANK PIÑEIRO MACAYA, para la diligencia de Lectura de Sentencia, la misma que se llevará a cabo el día JUEVES VEINTICINCO DE JULIO DEL DOS MIL TRECE, a horas SEIS DE LA TARDE (HORA EXACTA),en el local del Juzgado de Paz Letrado – Sede Comisaría – Ricardo Palma N°552 – Iquitos; con la concurrencia obligatoria del procesado JAMES FRANK PIÑEIRO MACAYA, quien deberá concurrir acompañado de su abogado defensor, bajo apercibimiento, en caso de inconcurrencia, de ser conducido de GRADO O FUERZA por la autoridad policial. Notifíquese por cedula y edicto.
ABOG. MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
3° JUZ. PAZ LETRADO COMISARIA – TURNO B
EXPEDIENTE : 00065-2012-0-1903-JP-PE-01
ESPECIALISTA: MELISSA VALLES FERNANDEZ
Se cita, llama y emplaza a la persona de FERNANDO DEOMAR RUIZ VASQUEZ, para la diligencia de Lectura de Sentencia, la misma que se llevará a cabo el día MARTES VEINTICINCO DE JUNIO DE DOS MIL TRECE, a horas CUATRO DE LA TARDE (HORA EXACTA),en el local del Juzgado de Paz Letrado – Sede Comisaría – Ricardo Palma N°552 – Iquitos; con la concurrencia obligatoria del procesado FERNANDO DEOMAR RUIZ VASQUEZ, quien deberá concurrir acompañado de su abogado defensor, bajo apercibimiento, en caso de inconcurrencia, de ser conducido de GRADO O FUERZA por la autoridad policial; con citación a la parte agraviada. Notifíquese por cedula y edicto.
ABOG. MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00329-2013-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: ANITA MARIBEL RAMIREZ DA COSTA, asistida por la Secretaria Judicial Abogada: Melissa Valles Fernández, NOTIFICA a las partes procesales LLEINCI REYNA FLORES y KELLY REYNA FLORES, la Resolución Número Uno, de fecha cinco de junio de dos mil trece, la misma que RESUELVE:
1. DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra LLEINCI REYNA FLORES por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de MALTRATO DE OBRA en agravio de KELLY REYNA FLORES, prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 442° del Código Penal.
2. IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE;
3. Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día MARTES NUEVE DE JULIO DE DOS MIL TRECE, a horas SIETE DE LA NOCHE (HORA EXACTA).
4. NOTIFICÁNDOSE al inculpado, el mismo que deberá concurrir obligatoriamente;
5. BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducido de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en lo que respecta a la agraviada de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; OFICIESE al Coordinador de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia, para que designe a un Abogado a estar presente en la fecha y hora señalada para la audiencia; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del Código Adjetivo Penal vigente; y con conocimiento del Juez Penal de Investigación Preparatoria sobre el presente auto de citación a Juicio. Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.
Iquitos, 05 de Junio de 2013.
ABOG. MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00331-2013-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: ANITA MARIBEL RAMIREZ DA COSTA, asistida por la Secretaria Judicial Abogada: Melissa Valles Fernández, NOTIFICA a las partes procesales CESAR AUGUSTO SIFUENTES PIÑEIRO y ESTEFITA ISABEL SANDOVAL ARRIAGA, la Resolución Número Uno, de fecha cinco de junio de dos mil trece, la misma que RESUELVE:
1. DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra CESAR AUGUSTO SIFUENTES PIÑEIRO por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS POR VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de ESTEFITA ISABEL SANDOVAL ARRIAGA, prevista y sancionada por el primer y segundo párrafo del artículo 441° del Código Penal;
2. IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE;
3. Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día MIERCOLES DIEZ DE JULIO DE DOS MIL TRECE, a horas SEIS DE LA TARDE (HORA EXACTA).
4. NOTIFICÁNDOSE al inculpado, el mismo que deberá concurrir obligatoriamente; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducido de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en lo que respecta a la parte agraviada de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; OFICIESE al Coordinador de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia, para que designe a un Abogado a estar presente en la fecha y hora señalada para la audiencia; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente; y con conocimiento del Juez Penal de Investigación Preparatoria sobre el presente auto de citación a Juicio.- Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.
Iquitos, 05 de Junio de 2013.
ABOG. MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00339-2013-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: ANITA MARIBEL RAMIREZ DA COSTA, asistida por la Secretaria Judicial Abogada: Melissa Valles Fernández, NOTIFICA a las partes procesales JOSUE GONZALES OCMIN y MARCO ANTONIO UTIA SALDAÑA, la Resolución Número Uno, de fecha diez de junio de dos mil trece, la misma que RESUELVE:
1. DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra JOSUE GONZALES OCMIN por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de MARCO ANTONIO UTIA SALDAÑA, prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Pena; y contra JOSUE GONZALES OCMIN por presunta FALTA CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRES en la modalidad de PERTURBACION DE LA TRANQUILIDAD – CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD, prevista y sancionada por el artículo 449° del Código Penal;
2. IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE;
3. Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día VIERNES DIECINUEVE DE JULIO DE DOS MIL TRECE, a horas ONCE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA).
4. NOTIFICÁNDOSE al inculpado, el mismo que deberá concurrir obligatoriamente; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducido de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en lo que respecta al agraviado de tenerse por DESISTIDO del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; OFICIESE al Coordinador de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia, para que designe a un Abogado a estar presente en la fecha y hora señalada para la audiencia; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente; y con conocimiento del Juez Penal de Investigación Preparatoria sobre el presente auto de citación a Juicio.- Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.
Iquitos, 10 de Junio de 2013.
ABOG. MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00343-2013-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: ANITA MARIBEL RAMIREZ DA COSTA, asistida por la Secretaria Judicial Abogada: Melissa Valles Fernández, NOTIFICA a las partes procesales ENRIQUE DOS SANTOS VASQUEZ y MIRIAN RAQUEL ARAUJO RIOJA, la Resolución Número Uno, de fecha once de junio de dos mil trece, la misma que RESUELVE:
1. DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra ENRIQUE DOS SANTOS VASQUEZ por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de MIRIAN RAQUEL ARAUJO RIOJA, prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Penal;
2. IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE;
3. Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día VIERNES DIECINUEVE DE JULIO DE DOS MIL TRECE, a horas DOS DE LA TARDE (HORA EXACTA).
4. NOTIFICÁNDOSE al inculpado, el mismo que deberá concurrir obligatoriamente; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducido de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en lo que respecta a la agraviada de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110°del Código Procesal Penal; OFICIESE al Coordinador de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia, para que designe a un Abogado a estar presente en la fecha y hora señalada para la audiencia; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente; y con conocimiento del Juez Penal de Investigación Preparatoria sobre el presente auto de citación a Juicio.-Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.
Iquitos, 11 de Junio de 2013.
ABOG.MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00347-2013-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: ANITA MARIBEL RAMIREZ DA COSTA, asistida por la Secretaria Judicial Abogada: Melissa Valles Fernández, NOTIFICA a las partes procesales MARGARITA MEDINA VASQUEZ Y JESUS DEL PILAR SANGAMA SORIA, la Resolución Número Uno, de fecha once de junio de dos mil trece, la misma que RESUELVE:
1. DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra MARGARITA MEDINA VASQUEZ Y JESUS DEL PILAR SANGAMA SORIA por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de ELLAS MISMAS, prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Penal;
2. IMPÓNGASE contra las inculpadas orden de COMPARECENCIA SIMPLE;
3. Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día VIERNES DIECINUEVE DE JULIO DE DOS MIL TRECE, a horas TRES DE LA TARDE (HORA EXACTA).
4. NOTIFICÁNDOSE a las inculpadas, las mismas que deberán concurrir obligatoriamente; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducidas de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; así como tenérselas por DESISTIDAS del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; OFICIESE al Coordinador de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia, para que designe a un Abogado a estar presente en la fecha y hora señalada para la audiencia; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente; y con conocimiento del Juez Penal de Investigación Preparatoria sobre el presente auto de citación a Juicio.-Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.
Iquitos, 11 de Junio de 2013.
ABOG.MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00349-2013-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: ANITA MARIBEL RAMIREZ DA COSTA, asistida por la Secretaria Judicial Abogada: Melissa Valles Fernández, NOTIFICA a las partes procesales ROBERT SANDER PANDURO CAHUACHI y JULIANA PAYAHUA HUAYLLAHUA, la Resolución Número Uno, de fecha once de junio de dos mil trece, la misma que RESUELVE:
1. DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra ROBERT SANDER PANDURO CAHUACHI por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de JULIANA PAYAHUA HUAYLLAHUA, prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Penal;
2. IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE;
3. Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día LUNES VEINTIDOS DE JULIO DE DOS MIL TRECE, a horas CUATRO DE LA TARDE (HORA EXACTA).
4. NOTIFICÁNDOSE al inculpado, el mismo que deberá concurrir obligatoriamente; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducido de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; así como a la agraviada de tenerla por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110°del Código Procesal Penal; OFICIESE al Coordinador de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia, para que designe a un Abogado a estar presente en la fecha y hora señalada para la audiencia; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente; y con conocimiento del Juez Penal de Investigación Preparatoria sobre el presente auto de citación a Juicio.-Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.
Iquitos, 11 de Junio de 2013.
ABOG.MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00351-2013-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: ANITA MARIBEL RAMIREZ DA COSTA, asistida por la Secretaria Judicial Abogada: Melissa Valles Fernández, NOTIFICA a las partes procesales ROSARIO DOZA SILVA y ROXANA GARCIA REATEGUI, la Resolución Número Uno, de fecha once de junio de dos mil trece, la misma que RESUELVE:
1. DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra ROSARIO DOZA SILVA por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de ROXANA GARCIA REATEGUI, prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Penal;
2. IMPÓNGASE contra la inculpada orden de COMPARECENCIA SIMPLE;
3. Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día LUNES VEINTIDOS DE JULIO DE DOS MIL TRECE, a horas CINCO DE LA TARDE (HORA EXACTA).
4. NOTIFICÁNDOSE a la inculpada, la misma que deberá concurrir obligatoriamente; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducida de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; así como a la agraviada de tenerla por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; OFICIESE al Coordinador de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia, para que designe a un Abogado a estar presente en la fecha y hora señalada para la audiencia; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente; y con conocimiento del Juez Penal de Investigación Preparatoria sobre el presente auto de citación a Juicio.-Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.
Iquitos, 11 de Junio de 2013.
ABOG.MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00353-2013-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: ANITA MARIBEL RAMIREZ DA COSTA, asistida por la Secretaria Judicial Abogada: Melissa Valles Fernández, NOTIFICA a las partes procesales EDINZON CIEZA CUBAS y TESSY TATIANA NUÑEZ TENAZOA, la Resolución Número Uno, de fecha once de junio de dos mil trece, la misma que RESUELVE:
1. DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra EDINZON CIEZA CUBAS por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de TESSY TATIANA NUÑEZ TENAZOA, prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Penal;
2. IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE;
3. Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día LUNES VEINTIDOS DE JULIO DE DOS MIL TRECE, a horas SEIS DE LA TARDE (HORA EXACTA).
4. NOTIFICÁNDOSE al inculpado, el mismo que deberá concurrir obligatoriamente; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducido de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; así como a la agraviada de tenerla por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; OFICIESE al Coordinador de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia, para que designe a un Abogado a estar presente en la fecha y hora señalada para la audiencia; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente; y con conocimiento del Juez Penal de Investigación Preparatoria sobre el presente auto de citación a Juicio.-Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.
Iquitos, 11 de Junio de 2013.
ABOG.MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00355-2013-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: ANITA MARIBEL RAMIREZ DA COSTA, asistida por la Secretaria Judicial Abogada: Melissa Valles Fernández, NOTIFICA a las partes procesales CESAR HUMBERTO REATEGUI GONZALES Y TATIANA SANCHEZ, la Resolución Número Uno, de fecha once de junio de dos mil trece, la misma que RESUELVE:
1. DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra CESAR HUMBERTO REATEGUI GONZALES Y TATIANA SANCHEZ JAVA por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de ELLOS MISMOS, prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Penal;
2. IMPÓNGASE contra los inculpados orden de COMPARECENCIA SIMPLE;
3. Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día LUNES VEINTIDOS DE JULIO DE DOS MIL TRECE, a horas SIETE DE LA NOCHE (HORA EXACTA).
4. NOTIFICÁNDOSE a los inculpados, los mismos que deberán concurrir obligatoriamente; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducidos de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; así como a los agraviados de tenérselos por DESISTIDOS del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110°del Código Procesal Penal; OFICIESE al Coordinador de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia, para que designe a un Abogado a estar presente en la fecha y hora señalada para la audiencia; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente; y con conocimiento del Juez Penal de Investigación Preparatoria sobre el presente auto de citación a Juicio.-Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.
Iquitos, 11 de Junio de 2013.
ABOG.MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00357-2013-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: ANITA MARIBEL RAMIREZ DA COSTA, asistida por la Secretaria Judicial Abogada: Melissa Valles Fernández, NOTIFICA a las partes procesales FERNANDO SALAS LOPEZ, MARTINE MIRZA DEL AGUILA RUIZ y VALERIA MARTINE MONTILLA DEL AGUILA, la Resolución Número Uno, de fecha cinco de junio de dos mil trece, la misma que RESUELVE:
5. DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra MANUEL OSWALDO CASADO FLORES por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS POR VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de NACHELLY NADYUSKA VILCHEZ SANTILLAN, prevista y sancionada por el primer y segundo párrafo del artículo 441° del Código Penal;
6. IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE;
7. Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día MIERCOLES DIEZ DE JULIO DE DOS MIL TRECE, a horas SIETE DE LA NOCHE (HORA EXACTA).
8. NOTIFICÁNDOSE al inculpado, el mismo que deberá concurrir obligatoriamente; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducido de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en lo que respecta a la parte agraviada de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; OFÍCIESE a la División Médico Legal de Loreto para la remisión del Original o Copia Certificada del Certificado Médico Legal N° 001947-VFL de fecha veinticinco de febrero del dos mil trece, practicado a la agraviada NACHELLY NADYUSKA VILCHEZ SANTILLAN; OFICIESE al Coordinador de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia, para que designe a un Abogado a estar presente en la fecha y hora señalada para la audiencia; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente; y con conocimiento del Juez Penal de Investigación Preparatoria sobre el presente auto de citación a Juicio.- Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.
Iquitos, 05 de Junio de 2013.
ABOG. MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00365-2013-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: ANITA MARIBEL RAMIREZ DA COSTA, asistida por la Secretaria Judicial Abogada: Melissa Valles Fernández, NOTIFICA a las partes procesales NORBERTO CHUJUTALLI MORI, AMELBA DIAZ FLORES y ROSA ESTHER CHAVEZ CHUJUTALLI, la Resolución Número Uno, de fecha once de junio de dos mil trece, la misma que RESUELVE:
1. DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra NORBERTO CHUJUTALLI MORI y AMELBA DIAZ FLORES por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de ROSA ESTHER CHAVEZ CHUJUTALLI, prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Penal;
2. IMPÓNGASE contra los inculpados orden de COMPARECENCIA SIMPLE;
3. Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día LUNES VEINTIDOS DE JULIO DE DOS MIL TRECE, a horas OCHO DE LA NOCHE (HORA EXACTA).
4. NOTIFICÁNDOSE a los inculpados, los mismos que deberán concurrir obligatoriamente; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducidos de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; así como a la agraviada de tenérsela por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110°del Código Procesal Penal; OFICIESE al Coordinador de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia, para que designe a un Abogado a estar presente en la fecha y hora señalada para la audiencia; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente; y con conocimiento del Juez Penal de Investigación Preparatoria sobre el presente auto de citación a Juicio.-Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.
Iquitos, 11 de Junio de 2013.
ABOG.MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00367-2013-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: ANITA MARIBEL RAMIREZ DA COSTA, asistida por la Secretaria Judicial Abogada: Melissa Valles Fernández, NOTIFICA a las partes procesales ARELI DIAZ JIMENEZ y JESUS LUCILA VASQUEZ TAFUR DE REATEGUI, la Resolución Número Uno, de fecha once de junio de dos mil trece, la misma que RESUELVE:
1. DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra ARELI DIAZ JIMENEZ por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de JESUS LUCILA VASQUEZ TAFUR DE REATEGUI, prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Penal;
2. IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE;
3. Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día MARTES VEINTITRES DE JULIO DE DOS MIL TRECE, a horas CUATRO DE LA TARDE (HORA EXACTA).
4. NOTIFICÁNDOSE a la inculpada, la misma que deberá concurrir obligatoriamente; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducida de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; así como a la agraviada de tenerla por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; OFICIESE al Coordinador de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia, para que designe a un Abogado a estar presente en la fecha y hora señalada para la audiencia; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente; y con conocimiento del Juez Penal de Investigación Preparatoria sobre el presente auto de citación a Juicio.-Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.
Iquitos, 11 de Junio de 2013.
ABOG.MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00375-2013-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: ANITA MARIBEL RAMIREZ DA COSTA, asistida por la Secretaria Judicial Abogada: Melissa Valles Fernández, NOTIFICA a las partes procesales LICIA TANI NAUTINO AYAMBO y LINDA ELY FERNANDEZ TELLO, la Resolución Número Uno, de fecha once de junio de dos mil trece, la misma que RESUELVE:
1. DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra LICIA TANI NAUTINO AYAMBO por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de LINDA ELY FERNANDEZ TELLO, prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Penal;
2. IMPÓNGASE contra la inculpada orden de COMPARECENCIA SIMPLE;
3. Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día MARTES VEINTITRES DE JULIO DE DOS MIL TRECE, a horas CINCO DE LA TARDE (HORA EXACTA).
4. NOTIFICÁNDOSE a la inculpada, la misma que deberá concurrir obligatoriamente; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducida de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; así como a la agraviada de tenerla por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; OFICIESE al Coordinador de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia, para que designe a un Abogado a estar presente en la fecha y hora señalada para la audiencia; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente; y con conocimiento del Juez Penal de Investigación Preparatoria sobre el presente auto de citación a Juicio.-Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.
Iquitos, 11 de Junio de 2013.
ABOG.MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00379-2013-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: ANITA MARIBEL RAMIREZ DA COSTA, asistida por la Secretaria Judicial Abogada: Melissa Valles Fernández, NOTIFICA a las partes procesales BETTY SHAPIAMA CORDOVA y JANETTI LOPEZ AGUIRRE, la Resolución Número Uno, de fecha once de junio de dos mil trece, la misma que RESUELVE:
1. DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra BETTY SHAPIAMA CORDOVA por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de JANETTI LOPEZ AGUIRRE, prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Penal;
2. IMPÓNGASE contra la inculpada orden de COMPARECENCIA SIMPLE;
3. Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día MARTES VEINTITRES DE JULIO DE DOS MIL TRECE, a horas SEIS DE LA TARDE (HORA EXACTA).
4. NOTIFICÁNDOSE a la inculpada, la misma que deberá concurrir obligatoriamente; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducida de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; así como a la agraviada de tenerla por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110°del Código Procesal Penal; OFICIESE al Coordinador de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia, para que designe a un Abogado a estar presente en la fecha y hora señalada para la audiencia; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente; y con conocimiento del Juez Penal de Investigación Preparatoria sobre el presente auto de citación a Juicio.-Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.
Iquitos, 11 de Junio de 2013.
ABOG.MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00381-2013-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: ANITA MARIBEL RAMIREZ DA COSTA, asistida por la Secretaria Judicial Abogada: Melissa Valles Fernández, NOTIFICA a las partes procesales DANNY RONALD SEVILLANO LOPEZ y GLADYS ZARATE GOMEZ, la Resolución Número Uno, de fecha cinco de junio de dos mil trece, la misma que RESUELVE:
1. DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra DANNY RONALD SEVILLANO LOPEZ por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS POR VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de GLADYS ZARATE GOMEZ, prevista y sancionada por el primer y segundo párrafo del artículo 441° del Código Penal;
2. IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE;
3. Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día JUEVES ONCE DE JULIO DE DOS MIL TRECE, a horas CINCO DE LA TARDE (HORA EXACTA).
4. NOTIFICÁNDOSE al inculpado, el mismo que deberá concurrir obligatoriamente; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducido de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en lo que respecta a la parte agraviada de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; OFICIESE al Coordinador de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia, para que designe a un Abogado a estar presente en la fecha y hora señalada para la audiencia; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente; y con conocimiento del Juez Penal de Investigación Preparatoria sobre el presente auto de citación a Juicio.- Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.
Iquitos, 05 de Junio de 2013.
ABOG. MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 19)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00389-2013-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: ANITA MARIBEL RAMIREZ DA COSTA, asistida por la Secretaria Judicial Abogada: Melissa Valles Fernández, NOTIFICA a las partes procesales JHON RUBEN ESCOBAR WEILL y RICARDO SEGUNDO RICOPA RODRIGUEZ, la Resolución Número Uno, de fecha cinco de junio de dos mil trece, la misma que RESUELVE:
1. DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra JHON RUBEN ESCOBAR WEILL por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES CULPOSAS en agravio de RICARDO SEGUNDO RICOPA RODRIGUEZ, prevista y sancionada por el último párrafo del artículo 441° del Código Penal;
2. IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE;
3. Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día MIERCOLES DIEZ DE JULIO DE DOS MIL TRECE, a horas CUATRO DE LA TARDE (HORA EXACTA).
4. NOTIFICÁNDOSE al inculpado, el mismo que deberá concurrir obligatoriamente; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducido de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en lo que respecta a la parte agraviada de tenerse por DESISTIDO del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; OFICIESE al Coordinador de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia, para que designe a un Abogado a estar presente en la fecha y hora señalada para la audiencia; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente; y con conocimiento del Juez Penal de Investigación Preparatoria sobre el presente auto de citación a Juicio.- Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.
Iquitos, 05 de Junio de 2013.
ABOG. MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00393-2013-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: ANITA MARIBEL RAMIREZ DA COSTA, asistida por la Secretaria Judicial Abogada: Melissa Valles Fernández, NOTIFICA a las partes procesales ROMMEL JUNIOR RENGIFO PRADA y PAOLA MAGALI PEREZ CAHUAZA, la Resolución Número Uno, de fecha cinco de junio de dos mil trece, la misma que RESUELVE:
1. DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra ROMMEL JUNIOR RENGIFO PRADA por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES CULPOSAS en agravio de PAOLA MAGALI PEREZ CAHUAZA, prevista y sancionada por el último párrafo del artículo 441° del Código Penal;
2. IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE;
3. Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día MARTES NUEVE DE JULIO DE DOS MIL TRECE, a horas OCHO DE LA NOCHE (HORA EXACTA).
4. NOTIFICÁNDOSE al inculpado, el mismo que deberá concurrir obligatoriamente; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducido de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en lo que respecta a la parte agraviada de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; OFICIESE al Coordinador de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia, para que designe a un Abogado a estar presente en la fecha y hora señalada para la audiencia; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente; y con conocimiento del Juez Penal de Investigación Preparatoria sobre el presente auto de citación a Juicio.- Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.
Iquitos, 05 de Junio de 2013.
ABOG. MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00395-2013-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: ANITA MARIBEL RAMIREZ DA COSTA, asistida por la Secretaria Judicial Abogada: Melissa Valles Fernández, NOTIFICA a las partes procesales AUGUSTO CABRERA MELENDEZ y YURICO YESENIA APAGÜEÑO RUIZ, la Resolución Número Uno, de fecha seis de junio de dos mil trece, la misma que RESUELVE:
1. DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra AUGUSTO CABRERA MELENDEZ por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS POR VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de YURICO YESENIA APAGÜEÑO RUIZ, prevista y sancionada por el primer y segundo párrafo del artículo 441° del Código Penal;
2. IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE;
3. Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día JUEVES ONCE DE JULIO DE DOS MIL TRECE, a horas SIETE DE LA TARDE (HORA EXACTA).
4. NOTIFICÁNDOSE al inculpado, el mismo que deberá concurrir obligatoriamente; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducido de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en lo que respecta a la parte agraviada de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; OFÍCIESE a la División Médico Legal de Loreto para la remisión del Original o Copia Certificada del Certificado Médico Legal N° 001723 –L de fecha dieciocho de febrero del dos mil trece, practicado a la agraviada YURICO YESENIA APAGÜEÑO RUIZ; OFICIESE al Coordinador de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia, para que designe a un Abogado a estar presente en la fecha y hora señalada para la audiencia; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente; y con conocimiento del Juez Penal de Investigación Preparatoria sobre el presente auto de citación a Juicio.- Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.
Iquitos, 06 de Junio de 2013.
ABOG. MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00397-2013-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: ANITA MARIBEL RAMIREZ DA COSTA, asistida por la Secretaria Judicial Abogada: Melissa Valles Fernández, NOTIFICA a las partes procesales ROBERTO CARLOS MOLINA ROJAS, YDA LUZ LAICHE ESCOBAR, ERICKA DIANA SILVA PANDURO y LUIS ENRIQUE SAJAMI LAYCHI, la Resolución Número Uno, de fecha once de junio de dos mil trece, la misma que RESUELVE:
1. DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra ROBERTO CARLOS MOLINA ROJAS por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de YDA LUZ LAICHE ESCOBAR, ERICKA DIANA SILVA PANDURO y LUIS ENRIQUE SAJAMI LAYCHI, prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Penal;
2. IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE;
3. Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día MARTES VEINTITRES DE JULIO DE DOS MIL TRECE, a horas SIETE DE LA NOCHE (HORA EXACTA).
4. NOTIFICÁNDOSE a la inculpada, la misma que deberá concurrir obligatoriamente; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducida de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; así como a los agraviados de tenerlos por DESISTIDOS del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110°del Código Procesal Penal; OFICIESE al Coordinador de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia, para que designe a un Abogado a estar presente en la fecha y hora señalada para la audiencia; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente; y con conocimiento del Juez Penal de Investigación Preparatoria sobre el presente auto de citación a Juicio.-Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.
Iquitos, 11 de Junio de 2013.
ABOG.MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00399-2013-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: ANITA MARIBEL RAMIREZ DA COSTA, asistida por la Secretaria Judicial Abogada: Melissa Valles Fernández, NOTIFICA a las partes procesales MANUEL SANCHEZ CAYNAMARI y ROSI LOZANO SABOYA, la Resolución Número Uno, de fecha seis de junio de dos mil trece, la misma que RESUELVE:
1. DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra MANUEL SANCHEZ CAYNAMARI por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS POR VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de ROSI LOZANO SABOYA, prevista y sancionada por el primer y segundo párrafo del artículo 441° del Código Penal;
2. IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE;
3. Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día JUEVES ONCE DE JULIO DE DOS MIL TRECE, a horas OCHO DE LA NOCHE (HORA EXACTA).
4. NOTIFICÁNDOSE al inculpado, el mismo que deberá concurrir obligatoriamente; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducido de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en lo que respecta a la parte agraviada de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; OFÍCIESE a la División Médico Legal de Loreto para la remisión del Original o Copia Certificada del Certificado Médico Legal N° 005381–L de fecha diecinueve de mayo del dos mil trece, practicado a la agraviada ROSI LOZANO SABOYA; OFICIESE al Coordinador de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia, para que designe a un Abogado a estar presente en la fecha y hora señalada para la audiencia; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente; y con conocimiento del Juez Penal de Investigación Preparatoria sobre el presente auto de citación a Juicio.- Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.
Iquitos, 06 de Junio de 2013.
ABOG. MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00405-2013-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: ANITA MARIBEL RAMIREZ DA COSTA, asistida por la Secretaria Judicial Abogada: Melissa Valles Fernández, NOTIFICA a las partes procesales JORGE AUGUSTO RUIZ ACIPALI y DEYSE SANDOVAL TRIGOSO, la Resolución Número Uno, de fecha seis de junio de dos mil trece, la misma que RESUELVE:
1. DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra JORGE AUGUSTO RUIZ ACIPALI y DEYSE SANDOVAL TRIGOSO por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS POR VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de ELLOS MISMOS, prevista y sancionada por el primer y segundo párrafo del artículo 441° del Código Penal;
2. IMPÓNGASE contra los inculpados orden de COMPARECENCIA SIMPLE;
3. Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día VIERNES DOCE DE JULIO DE DOS MIL TRECE, a horas CUATRO DE LA TARDE (HORA EXACTA).
4. NOTIFICÁNDOSE a los inculpados/agraviados, los mismos que deberán concurrir obligatoriamente; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducidos de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en lo que respecta a las partes agraviadas de tenerse por DESISTIDOS del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; OFÍCIESE a la División Médico Legal de Loreto para la remisión de los Originales o Copias Certificadas de los Certificados Médicos Legales N° 004248–VFL y 004253-VFL de fecha veintitrés de abril de dos mil trece, practicado a los agraviados/inculpados JORGE AUGUSTO RUIZ ACIPALI y DEYSE SANDOVAL TRIGOSO; OFICIESE al Coordinador de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia, para que designe a un Abogado a estar presente en la fecha y hora señalada para la audiencia; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente; y con conocimiento del Juez Penal de Investigación Preparatoria sobre el presente auto de citación a Juicio.- Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.
Iquitos, 06 de Junio de 2013.
ABOG. MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00411-2013-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: ANITA MARIBEL RAMIREZ DA COSTA, asistida por la Secretaria Judicial Abogada: Melissa Valles Fernández, NOTIFICA a las partes procesales ELMER LAVAJOS BRAGA y ROGELIO GUERRA HUAMAN, la Resolución Número Uno, de fecha once de junio de dos mil trece, la misma que RESUELVE:
1. DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra ELMER LAVAJOS BRAGA por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS POR VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de ROGELIO GUERRA HUAMAN, prevista y sancionada por el primer y segundo párrafo del artículo 441° del Código Penal;
2. IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE;
3. Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día MIERCOLES VEINTICUATRO DE JULIO DE DOS MIL TRECE, a horas CUATRO DE LA TARDE (HORA EXACTA).
4. NOTIFICÁNDOSE al inculpado, el mismo que deberá concurrir obligatoriamente; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducido de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en lo que respecta a la parte agraviada de tenerse por DESISTIDO del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; OFÍCIESE a la División Médico Legal de Loreto para la remisión del Original o Copia Certificada del Certificado Médico Legal N° 001937–VFL de fecha veinticinco de febrero de dos mil trece, practicado al agraviado ROGELIO GUERRA HUAMAN; OFICIESE al Coordinador de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia, para que designe a un Abogado a estar presente en la fecha y hora señalada para la audiencia; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente; y con conocimiento del Juez Penal de Investigación Preparatoria sobre el presente auto de citación a Juicio.- Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.
Iquitos, 11 de Junio de 2013.
ABOG. MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00413-2013-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: ANITA MARIBEL RAMIREZ DA COSTA, asistida por la Secretaria Judicial Abogada: Melissa Valles Fernández, NOTIFICA a las partes procesales WESLEY DOUGLAS SANGAMA RIOS y MANUELA TORRES FASANANDO, la Resolución Número Uno, de fecha once de junio de dos mil trece, la misma que RESUELVE:
1. DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra WESLEY DOUGLAS SANGAMA RIOS por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS POR VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de MANUELA TORRES FASANANDO, prevista y sancionada por el primer y segundo párrafo del artículo 441° del Código Penal;
2. IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE;
3. Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día MIERCOLES VEINTICUATRO DE JULIO DE DOS MIL TRECE, a horas CINCO DE LA TARDE (HORA EXACTA).
4. NOTIFICÁNDOSE al inculpado, el mismo que deberá concurrir obligatoriamente; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducido de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en lo que respecta a la parte agraviada de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; OFÍCIESE a la División Médico Legal de Loreto para la remisión del Original o Copia Certificada del Certificado Médico Legal N° 003634–VFL de fecha ocho de abril de dos mil trece, practicado a la agraviada MANUELA TORRES FASANANDO; OFICIESE al Coordinador de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia, para que designe a un Abogado a estar presente en la fecha y hora señalada para la audiencia; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente; y con conocimiento del Juez Penal de Investigación Preparatoria sobre el presente auto de citación a Juicio.- Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.
Iquitos, 11 de Junio de 2013.
ABOG. MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
EXP. N° 01229-2012-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: ANITA MARIBEL RAMIREZ DA COSTA, asistida por la Secretaria Judicial Abogada: Melissa Valles Fernández, NOTIFICA a las partes procesales ARTURO LINARES ROLIN y ABEL GARCIA PINEDO, la Resolución Número Tres, de fecha diez de junio de dos mil trece, la misma que RESUELVE:
1. DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra ARTURO LINARES ROLIN por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de ABEL GARCIA PINEDO, prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Penal;
2. IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE;
3. Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día JUEVES ONCE DE JULIO DE DOS MIL TRECE, a horas NUEVE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA).
4. NOTIFICÁNDOSE al inculpado, el mismo que deberá concurrir obligatoriamente; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducido de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en lo que respecta al agraviado de tenerse por DESISTIDO del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; OFICIESE al Coordinador de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia, para que designe a un Abogado a estar presente en la fecha y hora señalada para la audiencia; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente; y con conocimiento del Juez Penal de Investigación Preparatoria sobre el presente auto de citación a Juicio.- Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.
Iquitos, 10 de Junio de 2013.
ABOG. MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00327-2013-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: ANITA MARIBEL RAMIREZ DA COSTA, asistida por la Secretaria Judicial Abogada: Melissa Valles Fernández, NOTIFICA a las partes procesales FERNANDO SALAS LOPEZ, MARTINE MIRZA DEL AGUILA RUIZ y VALERIA MARTINE MONTILLA DEL AGUILA, la Resolución Número Uno, de fecha cinco de junio de dos mil trece, la misma que RESUELVE:
9. DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra FERNANDO SALAS LOPEZ por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS POR VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de MARTINE MIRZA DEL AGUILA RUIZ y VALERIA MARTINE MONTILLA DEL AGUILA, prevista y sancionada por el primer y segundo párrafo del artículo 441° del Código Penal;
10. IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE;
11. Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día MIERCOLES DIEZ DE JULIO DE DOS MIL TRECE, a horas CINCO DE LA TARDE (HORA EXACTA).
12. NOTIFICÁNDOSE al inculpado, el mismo que deberá concurrir obligatoriamente; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducido de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en lo que respecta a las partes agraviadas de tenerse por DESISTIDAS del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; OFÍCIESE a la División Médico Legal de Loreto para la remisión del Original o Copia Certificada de los Certificados Médicos Legales N° 002026 – VFL y 002027-VFL de fecha veintiocho de febrero del dos mil trece, practicado a las agraviadas MARTINE MIRZA DEL AGUILA RUIZ y VALERIA MARTINE MONTILLA DEL AGUILA; OFICIESE al Coordinador de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia, para que designe a un Abogado a estar presente en la fecha y hora señalada para la audiencia; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente; y con conocimiento del Juez Penal de Investigación Preparatoria sobre el presente auto de citación a Juicio.- Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.
Iquitos, 05 de Junio de 2013.
ABOG. MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00359-2013-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: ANITA MARIBEL RAMIREZ DA COSTA, asistida por la Secretaria Judicial Abogada: Melissa Valles Fernández, NOTIFICA a las partes procesales WILNER PILCO RIOS y MARCELINA VELA RUIZ, la Resolución Número Uno, de fecha cinco de junio de dos mil trece, la misma que RESUELVE:
1. DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra WILNER PILCO RIOS por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS POR VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de MARCELINA VELA RUIZ, prevista y sancionada por el primer y segundo párrafo del artículo 441° del Código Penal;
2. IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE;
3. Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día MIERCOLES DIEZ DE JULIO DE DOS MIL TRECE, a horas OCHO DE LA NOCHE (HORA EXACTA).
4. NOTIFICÁNDOSE al inculpado, el mismo que deberá concurrir obligatoriamente; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducido de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en lo que respecta a la parte agraviada de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; OFÍCIESE a la División Médico Legal de Loreto para la remisión del Original o Copia Certificada del Certificado Médico Legal N° 001969-VFL de fecha veinticinco de febrero del dos mil trece, practicado a la agraviada MARCELINA VELA RUIZ; OFICIESE al Coordinador de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia, para que designe a un Abogado a estar presente en la fecha y hora señalada para la audiencia; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente; y con conocimiento del Juez Penal de Investigación Preparatoria sobre el presente auto de citación a Juicio.- Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.
Iquitos, 05 de Junio de 2013.
ABOG. MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00377-2013-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: ANITA MARIBEL RAMIREZ DA COSTA, asistida por la Secretaria Judicial Abogada: Melissa Valles Fernández, NOTIFICA a las partes procesales MANUEL OCAMPO DEL AGUILA y RUTH OCAMPO DEL AGUILA, la Resolución Número Uno, de fecha cinco de junio de dos mil trece, la misma que RESUELVE:
1. DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra MANUEL OCAMPO DEL AGUILA y RUTH OCAMPO DEL AGUILA por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS POR VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de ELLOS MISMOS, prevista y sancionada por el primer y segundo párrafo del artículo 441° del Código Penal;
2. IMPÓNGASE contra los inculpados orden de COMPARECENCIA SIMPLE;
3. Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día JUEVES ONCE DE JULIO DE DOS MIL TRECE, a horas CUATRO DE LA TARDE (HORA EXACTA).
4. NOTIFICÁNDOSE a los inculpados/agraviados, los mismo que deberán concurrir obligatoriamente; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducidos de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en lo que respecta a las partes agraviadas de tenerse por DESISTIDOS del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; OFÍCIESE a la División Médico Legal de Loreto para la remisión del Original o Copia Certificada de los Certificados Médicos Legales N° 004688 –L de fecha dos de marzo del dos mil trece, practicado a la agraviada/inculpada RUTH OCAMPO DEL AGUILA; OFICIESE al Coordinador de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia, para que designe a un Abogado a estar presente en la fecha y hora señalada para la audiencia; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente; y con conocimiento del Juez Penal de Investigación Preparatoria sobre el presente auto de citación a Juicio.- Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.
Iquitos, 05 de Junio de 2013.
ABOG. MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00407-2013-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: ANITA MARIBEL RAMIREZ DA COSTA, asistida por la Secretaria Judicial Abogada: Melissa Valles Fernández, NOTIFICA a las partes procesales YOLANDA MARIBEL CABALLERO LAZO y LORIAN LORIBEL CHIRINOS CABALLERO, la Resolución Número Uno, de fecha seis de junio de dos mil trece, la misma que RESUELVE:
1. DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra YOLANDA MARIBEL CABALLERO LAZO por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS POR VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de la menor LORIAN LORIBEL CHIRINOS CABALLERO, prevista y sancionada por el primer y segundo párrafo del artículo 441° del Código Penal;
2. IMPÓNGASE contra la inculpada orden de COMPARECENCIA SIMPLE;
3. Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día VIERNES DOCE DE JULIO DE DOS MIL TRECE, a horas CINCO DE LA TARDE (HORA EXACTA).
4. NOTIFICÁNDOSE a la inculpada, la misma que deberá concurrir obligatoriamente; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducida de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en lo que respecta a la parte agraviada de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; OFÍCIESE a la División Médico Legal de Loreto para la remisión del Original o Copia Certificada del Certificado Médico Legal N° 001541–VFL de fecha trece de febrero de dos mil trece, practicado a la agraviada LORIAN LORIBEL CHIRINOS CABALLERO; OFICIESE al Coordinador de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia, para que designe a un Abogado a estar presente en la fecha y hora señalada para la audiencia; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente; y con conocimiento del Juez Penal de Investigación Preparatoria sobre el presente auto de citación a Juicio.- Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.
Iquitos, 06 de Junio de 2013.
ABOG. MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00335-2013-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: ANITA MARIBEL RAMIREZ DA COSTA, asistida por la Secretaria Judicial Abogada: Melissa Valles Fernández, NOTIFICA a las partes procesales POOL MARIN YAICATE y BLANCA OMAIRA GUEVARA BUSTOS, la Resolución Número Uno, de fecha diez de junio de dos mil trece, la misma que RESUELVE:
1. DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra POOL MARIN YAICATE por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de BLANCA OMAIRA GUEVARA BUSTOS, prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Penal;
2. IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE;
3. Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día VIERNES DIECINUEVE DE JULIO DE DOS MIL TRECE, a horas DIEZ DE LA MAÑANA (HORA EXACTA).
4. NOTIFICÁNDOSE al inculpado, el mismo que deberá concurrir obligatoriamente; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducido de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en lo que respecta a la agraviada de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; OFICIESE al Coordinador de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia, para que designe a un Abogado a estar presente en la fecha y hora señalada para la audiencia; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente; y con conocimiento del Juez Penal de Investigación Preparatoria sobre el presente auto de citación a Juicio.- Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.
Iquitos, 10 de Junio de 2013.
ABOG. MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00383-2013-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARIA – TURNO “B”, que Despacha la Señora Juez: ANITA MARIBEL RAMIREZ DA COSTA, asistida por la Secretaria Judicial Abogada: Melissa Valles Fernández, NOTIFICA a las partes procesales QUILMES PACAYA YPUSHIMA y AUDA FLORES RIOS, la Resolución Número Uno, de fecha cinco de junio de dos mil trece, la misma que RESUELVE:
1. DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra QUILMES PACAYA YPUSHIMA por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS POR VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de AUDA FLORES RIOS, prevista y sancionada por el primer y segundo párrafo del artículo 441° del Código Penal;
2. IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE;
3. Y de conformidad con el inciso 5) del artículo 483° del Código Procesal Penal, FIJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizara el día JUEVES ONCE DE JULIO DE DOS MIL TRECE, a horas SEIS DE LA TARDE (HORA EXACTA).
4. NOTIFICÁNDOSE al inculpado, el mismo que deberá concurrir obligatoriamente; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducido de GRADO o FUERZA al local del Juzgado ubicado en la Calle Ricardo Palma número quinientos cincuenta y dos (552), por la autoridad Policial en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada conforme lo prescribe el inciso 2) del artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en lo que respecta a la parte agraviada de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; OFICIESE al Coordinador de los Defensores Públicos del Ministerio de Justicia, para que designe a un Abogado a estar presente en la fecha y hora señalada para la audiencia; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimientos de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 484° del código adjetivo penal vigente; y con conocimiento del Juez Penal de Investigación Preparatoria sobre el presente auto de citación a Juicio.- Interviniendo la señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial, que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación y Notifíquese por cédula y edicto.
Iquitos, 06 de Junio de 2013.
ABOG. MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)
EDICTO PENAL
3° JUZ. PAZ LETRADO COMISARIA – TURNO B
EXPEDIENTE : 00991-2012-0-1903-JP-PE-01
ESPECIALISTA: MELISSA VALLES FERNANDEZ
Se cita, llama y emplaza a la persona de ALBERTO ACHING ACHING, para la diligencia de Lectura de Sentencia, la misma que se llevará a cabo el día JUEVES VEINTICINCO DE JULIO DEL DOS MIL TRECE, a horas CUATRO DE LA TARDE (HORA EXACTA),en el local del Juzgado de Paz Letrado – Sede Comisaría – Ricardo Palma N°552 – Iquitos; con la concurrencia obligatoria del procesado ALBERTO ACHING ACHING, quien deberá concurrir acompañado de su abogados defensor, bajo apercibimiento, en caso de inconcurrencia, de ser conducido de GRADO O FUERZA por la autoridad policial; con citación a la parte agraviada. Notifíquese por cedula y edicto.
ABOG. MELISSA VALLES FERNANDEZ
(SECRETARIA JUDICIAL)
V-3(14,17 y 18)