- Medida fue dictada contra cuatro ciudadanos de nacionalidad venezolana investigados por la presunta comisión de delito contra la seguridad pública.
El Juzgado de la Unidad de Flagrancia de la Corte Superior de Justicia de Loreto dictó seis meses de prisión preventiva contra Dariana del Carmen Tenepe Mendoza, investigada por la presunta comisión del delito contra la seguridad pública, en la modalidad de fabricación, comercialización, uso o porte de armas de fuego y/o municiones, previsto en el artículo 279-G del Código Penal.
Asimismo, el órgano jurisdiccional impuso comparecencia con restricciones a Darío Jesús Moreno Zamora, Miriángely del Valle Colina Reyes y Ángela del Valle López Martínez, todos ellos de nacionalidad venezolana, quienes también son investigados por el mismo ilícito penal.
Los hechos materia de investigación se remontan al 25 de septiembre de 2026, cuando personal policial del Escuadrón Verde – Grupo Terna Iquitos realizaba labores de patrullaje preventivo en inmediaciones de la calle Panamá, cuadra 07, en el distrito de Punchana. En dicho lugar, los agentes intervinieron a cuatro ciudadanos de nacionalidad venezolana.
De acuerdo con los actuados fiscales, durante la intervención, Tenepe Mendoza ingresó al hospedaje “Macambo” y arrojó una cartera de color celeste hacia el área de recepción. Al realizarse el registro del establecimiento, fue ubicada la referida cartera, encontrándose en su interior un revólver marca Taurus, serie N.° IX180799, y seis municiones sin percutir, sin que los intervenidos contaran con las respectivas autorizaciones para la tenencia o porte del arma.
El informe pericial de balística incorporado a la investigación determinó que el arma de fuego se encontraba operativa y que presentó resultado positivo en la prueba de reactivo químico ISLOVAY para restos de pólvora combusta, indicativo de que había sido utilizada para efectuar disparos.
La investigación fiscal atribuye a los cuatro intervenidos una presunta participación conjunta en los hechos, bajo la modalidad de tenencia compartida del arma de fuego y las municiones. No obstante, corresponde precisar que la imposición de las medidas coercitivas se produce dentro de una investigación en curso y no determina responsabilidad penal definitiva, la cual deberá establecerse conforme al desarrollo del proceso y las garantías del debido proceso.
La Corte Superior de Justicia de Loreto reafirma, con estas decisiones, la actuación de los órganos jurisdiccionales en el marco de sus competencias y conforme a las disposiciones del Código Procesal Penal, garantizando el respeto de los derechos fundamentales y el debido proceso de todas las partes.





