JUZGADO DE INVESTIGACION

E D I C T O
En el Exp. N° 01715-2020-70-1903-JR-PE-01 la Señora Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria, ha dispuesto se notifique mediante EDICTO PENAL y ELECTRONICO AL IMPUTADO CAHUAZA CRIOLLO, CARLOS ANTONIO y a la agraviada RIOS MASHACURI, NOEMI, la RESOLUCIÓN NÚMERO TRES de fecha, 08.06.2023.-DADO CUENTA, con la razón de la Especialista Judicial de Causa que antecede, téngase presente y estando a lo dispuesto por la Sra. Jueza del 1er. Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, en el Acta de Audiencia de Control de Acusación, de fecha 07 de junio del 2022, corresponde reprogramar una nueva fecha de audiencia, motivo por el cual se procede a expedir la presente resolución, en consecuencia, SE DISPONE: REPROGRAMESE fecha y hora para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día LUNES 25.09.023 a horas 02:15 p.m., la misma que se realizará de manera presencial en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, ubicada en el 2do. Piso de esta Sede de Corte sito en la Av. Mariscal Cáceres con Calle Moore (nuevo local), con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado; excepcionalmente se realizara de forma virtual y con la debida justificación, mediante la utilización del Aplicativo Google Meet, en el ENLACE DE CONEXIÓN: https://meet.google.com/tbo-wunb-iba; o, a través de otros medios tecnológicos de comunicación idóneos; bajo apercibimiento, en caso de inconcurrencia injustificada para la defensa privada de excluirlo de la defensa y designar abogado público,bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia del defensor público, de informar al Director de la Defensa NOTIFIQUESE al imputado CARLOS ANTONIO CAHUAZA CRIOLLO y a la agraviada NOEMI RIOS MASHACURI en sus domicilios reales sito en Caserío San Francisco – Psje. Primavera N° 126 – Rio Itaya – Belén, debiendo para ello oficiar al Teniente Gobernador de dicho Caserío; sin perjuicio de notificárseles también en sus domicilios señalados en su Ficha RENIEC, sito en Mz N – Prima LT. 27 – Asociación Ampliación Hijos de PROFAMPERU – Distrito de Santa Rosa – Lima, debiendo realizar el oficio de exhorto. Asimismo, NOTIFÍQUESE a las referidas partes procesales mediante EDICTO WEB ELECTRÓNICO, EDICTO PENAL Y EDICTO RADIAL, debiendo realizar los oficios pertinentes para su cumplimiento. NOTIFÍQUESE.
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1°JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPERATORIA – SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE: 01769-2020-11-1903-JR-PE-01
JUEZ: ABG. ERIKA SOTO QUINTANILLA
ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: ABG. LUZ ROSENDA MALDONADO GARAY.
EDICTO PENAL
Mediante la Resolución N° Siete de fecha veinticinco de mayo del dos mil veintitrés, se dispone notificar por EDICTO ELECTRÓNICO al imputado CESAR OCTAVIO DE LA CRUZ ESPINO; Ante ello, se procede a notificar el contenido de la RESOLUCIÓN N° UNO de fecha seis de enero del año dos mil veintidós, para que tome conocimiento oportuno de la resolución descrita precedentemente, que en resumidas líneas dispone lo siguiente: CORRER TRASLADO el requerimiento mixto a los sujetos procesales por el PLAZO DE 10 DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa pertinentes. Asimismo, se procede a notificar el contenido del ACTA DE AUDIENCIA de fecha dieciocho de abril del dos mil veintitrés, para que tome conocimiento oportuno del mismo, que en resumidas líneas dispone lo siguiente: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE CONTROL DE REQUERIMIENTO MIXTO PARA EL DIECISÉIS DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS, A HORAS OCHO DE LA MAÑANA. Firma: Abg. Luz Maldonado Garay – Especialista Judicial de Juzgado.
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