DESTINATARIO: HENRY RUIZ FERNANDEZ
5° JUZGADO INV. PREPARATORIA – DELITOS AD. TRIB.MCDO. Y AMB.
EXPEDIENTE: 04403-2019-0-1903-JR-PE-05
JUEZ: SALAZAR ABGULO, JAIRO NEISER
ESPECIALISTA: GONZALES VALDIVIA, GREYSI VALERIA
MINISTERIO PUBLICO: FEMA,
IMPUTADO: RUIZ FERNANDEZ, HENRY
DELITO: RESPONSABILIDAD POR INFORMACIÓN FALSA CONTENIDA
EN INFORMES.
SOLIGNAC RUIZ, JORGE
DELITO: RESPONSABILIDAD POR INFORMACIÓN FALSA CONTENIDA
EN INFORMES.
ZENON ANAYA EVANGELISTA REPRES LEGAL DE LA
EMPRESA FORESTAL TAHUAYO EIRL,
DELITO: TRAFICO ILEGAL DE PRODUCTOS FORESTALES
MADERABLES
PANDURO CORAL, MARCO ANTONIO
DELITO: RESPONSABILIDAD POR INFORMACIÓN FALSA CONTENIDA
EN INFORMES.
AGRAVIADO: ESTADO PROCURADOR PUBLICO EN MATERIA AMBIENTAL,
RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS
Iquitos, veinticinco de agosto Del año dos mil veintidós.
DADO CUENTA, de la revisión de los autos, se verifica que el investigado HENRY RUIZ FERNANDEZ no fue debidamente notificado con Resolución UNO Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria; y, con la finalidad de no dilatar más el trámite del presente expediente; SE DISPONE: NOTIFÍQUESE vía EDICTO PENAL JUDICIAL y ELECTRÓNICO la Disposición N° UNO – Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria, al investigado HENRY RUIZ FERNANDEZ. SUSCRIBE la Especialista de Juzgado en amparo a lo previsto por el primer párrafo el artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con los incisos 6) y 24) del artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTIFÍQUESE.
V-3(29,31 y 01)
EDICTO:
RESOLUCION NUMERO UNO
Iquitos, Diez de Diciembre del Dos Mil Diecinueve.
DADO CUENTA; con el Oficio que antecede, presentado por el Representante del Ministerio Público de la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental de Loreto Nauta, mediante el cual pone a conocimiento la Disposición de Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria; estando a su contenido, SE DISPONE: TENER POR RECIBIDA LA DISPOSICIÓN FISCAL NÚMERO TRES de fecha dieciséis de octubre del año dos mil diecinueve, sobre la FORMALIZACIÓN y CONTINUACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA contra los imputados HENRY RUIZ FERNANDEZ, MARCO ANTONIO PANDURO CORAL, JORGE SOLIGNAC RUIZ, FORESTAL TAHUAYO EIRL debidamente representada por ZENON ANAYA EVANGELISTA, por la presunta comisión del Delito Ambiental DELITOS CONTRA LOS RECURSOS NATURALES en la modalidad de TRÁFICO ILEGAL DE PRODUCTOS FORESTALES MADERABLES Y OTROS, ilícito previsto y sancionado en el artículo 310°-A del Código Penal vigente en agravio del ESTADO PERUANO, teniéndose presente para las consecuencias procesales a que se contraen los artículos 336° y 339° del Código Procesal Penal, no habiéndose solicitado ninguna medida de coerción procesal penal, DÍCTESE MANDATO DE COMPARECENCIA SIMPLE en contra de los imputados antes mencionados. Por disposición superior. SUSCRIBE la Especialista de Juzgado por autorización expresa del señor Juez del 5° JIP, al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con el Inciso 6) del artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTIFIQUESE.
V-3(29,31 y 01)
5° JUZGADO INV. PREPARATORIA – DELITOS AD. TRIB.MCDO. Y AMB.
EXPEDIENTE: 04403-2019-44-1903-JR-PE-05
JUEZ: SALAZAR ANGULO, JAIRO NEISER
ESPECIALISTA: GONZALES VALDIVIA, GREYSI VALERIA
MINISTERIO PUBLICO: FEMA,
IMPUTADO: PANDURO CORAL, MARCO ANTONIO
DELITO: RESPONSABILIDAD POR INFORMACIÓN FALSA CONTENIDA
EN INFORMES.
RUIZ FERNANDEZ, HENRY
ZENON ANAYA EVANGELISTA REPRES LEGAL DE LA
EMPRESA TAHUAYO EIRL,
DELITO: TRÁFICO ILEGAL DE PRODUCTOS FORESTALES
MADERABLES
JORGE SOLIGNAC, RUIZ
AGRAVIADO: PROCURADOR PÚBLICO EN MATERIA MABIENTAL,
RESOLUCIÓN NÚMERO TRES
Iquitos, veinticinco de agosto Del año dos mil veintidós.
DADO CUENTA con la razón que antecede, téngase presente; y, se procede a dar trámite el escrito N° 13020-2022, remitido por el Abog. WESLEY ITAMAR ALBERTO PIZANGO SIAS – Fiscal Adjunta Provincial de la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental de Loreto – Sede Nauta, AGRÉGUESE a los autos, y estando a su contenido, con la finalidad de no dilatar más el trámite del presente expediente; SE DISPONE: NOTIFÍQUESE vía EDICTO PENAL JUDICIAL, ELECTRÓNICO y COURRIER la Disposición N° UNO, (Correr traslado la Solicitud de Constitución en Actor Civil, presentado por la Procuraduría Pública Especializada en Delitos Ambientales del Ministerio del Ambiente – representado por el Procurador Público Julio César Guzmán Mendoza), de fecha 19/08/2020, por lo que, con la finalidad de no dilatar más el trámite del presente expediente; SE DISPONE: NOTIFÍQUESE al investigado HENRY RUIZ FERNANDEZ vía EDICTO PENAL JUDICIAL y ELECTRÓNICO y VÍA COURRIER la Disposición N° UNO, de fecha 19/08/2020. SUSCRIBE la Especialista de Juzgado en amparo a lo previsto por el primer párrafo el artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con los incisos 6) y 24) del artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. AVÓQUESE a la presente causa al señor Juez JAIRO NEISER SALAZAR ANGULO, debiendo continuar la causa en el estado que se encuentra. NOTIFÍQUESE.
V-3(29,31 y 01)
RESOLUCION NUMERO UNO
Iquitos, diecinueve de agosto Del año dos mil veinte.
DADO CUENTA: con la razón de la especialista de causa, téngase presente, y estando a la fecha con el escrito N° 1607-2020 presentado por la Procuraduría Publica Especializada en delitos Ambientales del Ministerio del Ambiente – representado por el Procurador Publico JULIO CESAR GUZMÁN MENDOZA, estando a lo solicitado se provee conforme a ley; y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el artículo 102º inciso 1 del Código Procesal Penal, prescribe: “El Juez de la Investigación Preparatoria, una vez que ha recabado información del Fiscal acerca de los sujetos procesales apersonados en la causa y luego de notificarles la constitución en actor civil resolverá dentro del tercer día”. SEGUNDO: En este orden de ideas, y advirtiéndose de las documentales que se adjuntan que el solicitante ha presentado su solicitud de incorporación como actor civil, debidamente motivada y sustentada, cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 100º del acotado cuerpo normativo, corresponderá previamente a resolver, el correr traslado a los sujetos procesales. Por estas consideraciones, SE DISPONE: CORRER TRASLADO por el plazo de TRES DÍAS a los sujetos procesales la solicitud de Constitución en Actor Civil presentado por la Procuraduría Publica Especializada en delitos Ambientales del Ministerio del Ambiente – representado por el Procurador Publico JULIO CESAR GUZMÁN MENDOZA, con domicilio en la Av. Javier Prado Oeste N° 1440, distrito San Isidro- Lima. Verificado su cumplimiento DESE CUENTA para los efectos de ley. Al primer y segundo otrosí digo: Téngase presente. Al tercer otrosí digo: Téngase por delegada la representación a favor de los letrados que se indica en el escrito que antecede. Suscribe la Especialista de Judicial de Juzgado en amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con los Incisos 6) y 24) del artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Notifíquese.
V-3(29,31 y 01)
En el Exp. N° 02931-2019-91-1903-JR-PE-01, proceso seguido contra ROSARIO PANDURO VILLACORTA, por el delito CONTRA LA SEGURIDAD PUBLICA, en la modalidad de MICROCOMERCIALIZACION DE DROGAS, en agravio del ESTADO PROCURADURIA PUBLICA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE TRAFICO ILICITO DE DROGAS, toda vez que mediante resolución número dos de fecha 18 de mayo del 2022, se ha dispuesto la notificación mediante EDICTO, cuyo contenido es el siguiente: Estando al Oficio N° 210-2021-MP-FN-5FPPC-MAYNAS-3D-MJPL-romir/caso2180-20219, de fecha diez de noviembre del año dos mil veintiuno, presentado por la Quinta Fiscalía Provincial Penal Corporativa Maynas, conteniendo la Disposición Fiscal N° 04, de fecha dieciocho de octubre del año dos mil veintiuno, la misma que se provee conforme a ley, estando a lo que expone: TÉNGASE POR COMUNICADA LA CONCLUSIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA, de conformidad con el artículo 343 inciso 1 del Código Procesal Penal. SUSCRIBE la Especialista Judicial de causas al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con el Inciso 6) del artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTIFÍQUESE.
Iquitos, 26 de julio del 2022.
V-3(29,31 y 01)
En el Exp. N° 02931-2019-91-1903-JR-PE-01, proceso seguido contra ROSARIO PANDURO VILLACORTA, por el delito CONTRA LA SEGURIDAD PUBLICA, en la modalidad de MICROCOMERCIALIZACION DE DROGAS, en agravio del ESTADO PROCURADURIA PUBLICA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE TRAFICO ILICITO DE DROGAS, toda vez que mediante resolución número dos de fecha 18 de mayo del 2022, se ha dispuesto la notificación mediante EDICTO, cuyo contenido es el siguiente: REPROGRAMAR la Audiencia de Requerimiento de Acusación para el día DOS DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS, A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, , la misma que se llevará a cabo de forma virtual, mediante la utilización del Aplicativo Google Meet en el enlace de conexión: meet.google.com/qgy-ukgb-wkj. NOTIFIQUESE, vía EDICTO, a la acusada ROSARIO PANDURO VILLACORTA, a fin de que tome conocimiento de la audiencia antes citada.» FIRMADO: ABOG. MARIA ESTHER RUIZ BAZALAR, JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA. ABOG. LUZ ROSENDA MALDONADO GARAY – ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO.
Iquitos, 26 de julio del 2022.
V-3(29,31 y 01)
DESTINATARIO: MONTOYA MOZOMBITE, JAIRO PEÑA CORDOVA VDA DE SIFUENTES, JULIA CORDOVA PEREA, ISAC 5° JUZGADO INV. PREPARATORIA – DELITOS AD. TRIB.MCDO. Y AMB.
EXPEDIENTE: 04587-2019-0-1903-JR-PE-05
JUEZ: SALAZAR ANGULO, JAIRO NEISER
ESPECIALISTA: GONZALES VALDIVIA, GREYSI VALERIA
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL ESPECIALIZADA EN DELITOS
AMBIENTALES,
IMPUTADO: MONTOYA MOZOMBITE, JAIRO
DELITO: DEPREDACIÓN DE BOSQUES LEGALMENTE PROTEGIDOS.
PEÑA CORDOVA VDA DE SIFUENTES, JULIA
ZUMAETA PEÑA, MARCELO
CORDOVA PEREA, ISAC
DELITO: DEPREDACIÓN DE BOSQUES LEGALMENTE PROTEGIDOS.
AGRAVIADO: PROCURADOR PÚBLICO ESPECIALIZADO EN DELITOS
AMBIENTALES REP JULIO GUZMAN MENDOZA,
RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO
Iquitos, veinticuatro de agosto Del año dos mil veintidós.
DADO CUENTA con la razón que antecede, téngase
presente; y, se procede a dar trámite los escritos N° 12722-2022 y 12728-2022,
remitido por la Abog. JACKELINE HOFFMAN PANDURO – Fiscal Adjunta
Provincial de la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental de Loreto – Sede Nauta, AGRÉGUESE a los autos, y estando a su contenido, con la finalidad de no dilatar más el trámite del presente expediente; SE DISPONE: NOTIFÍQUESE vía EDICTO PENAL JUDICIAL, ELECTRÓNICO y COURRIER la Disposición N° UNO, de fecha 17/12/2019 – Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria, advertido en el Expediente Principal, el mismo que no fue debidamente notificado a los investigados: JAIRO MONTOYA MOZOMBITE, ISAC CORDOVA PEREA y JULIA PEÑA CORDOVA; de igual forma se notifique la referida disposición por la misma vía al investigado MARCELO ZUMAETA PEÑA. SUSCRIBE la Especialista de Juzgado en amparo a lo previsto por el primer párrafo el artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con los incisos 6) y 24) del artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. AVÓQUESE a la presente causa al señor Juez JAIRO NEISER SALAZAR ANGULO, debiendo continuar la causa en el estado que se encuentra. NOTIFÍQUESE.
V-3(29,31 y 01)
RESOLUCION NUMERO UNO
Iquitos, Diecisiete de Diciembre del
Dos Mil Diecinueve.
DADO CUENTA; con el Oficio que antecede, presentado por el
Representante del Ministerio Público de la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental de Loreto Nauta, mediante el cual pone a conocimiento la Disposición de Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria; estando a su contenido, SE DISPONE: TENER POR RECIBIDA LA DISPOSICIÓN FISCAL NÚMERO TRES de fecha seis de noviembre del año dos mil diecinueve, sobre la FORMALIZACIÓN y CONTINUACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA contra los imputados JIRO MONTOYA MOZOMBITE, MARCELO ZUMAETA PEÑA, ISAC CORDOVA PEREA, JULIA PEÑA CORDOVA por la presunta comisión del Delito Ambiental DELITOS CONTRA LOS RECURSOS NATURALES en la modalidad de DELITO CONTRA LOS BOSQUES O FORMACIONES BOSCOSAS, ilícito previsto y sancionado en el artículo 310° del Código Penal vigente en agravio del ESTADO PERUANO, teniéndose presente para las consecuencias procesales a que se contraen los artículos 336° y 339° del Código Procesal Penal, no habiéndose solicitado ninguna medida de coerción procesal penal, DÍCTESE MANDATO DE COMPARECENCIA SIMPLE en contra de los imputados. Por disposición superior. SUSCRIBE la Especialista de Juzgado por autorización expresa del señor Juez del 5° JIP, al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con el Inciso 6) del artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTIFIQUESE.
V-3(29,31 y 01)