JUZGADO DE INVESTIGACION

EDICTO PENAL
En el Expediente Nº 00188-2019-75-1907-JR-PE-01, derivado de la Investigación Preparatoria seguida contra García Cariajano, Marcial, por la presunta comisión del delito contra la vida el cuerpo y la salud, en la modalidad de agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar, establecido en artículo 122º-B primer párrafo del Código Penal, en agravio de Pilar Alfonsa Rengifo Butuna; el Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria – Modulo Penal del Datem del Marañón, ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial al imputado Garcia Cariajano, Marcial y agraviada Rengifo Butuna, Pilar Alfonsa, con la presente resolución. Resolución Nro. 02.- San Lorenzo, once de junio Del año dos mil veintiuno. DADO CUENTA; Con la razón emitida  por la especialista judicial y estado actual del presente proceso, téngase presente y agréguese a los autos y considerando Primero.- Que, de la revisión de autos del presente expediente se observa que no se instaló audiencia de requerimiento de sobreseimiento fiscal por motivo que el Sr. Notificador del Distrito de Andoas informa que las partes procesales no radican en el distrito que no ha sido posible el diligenciamiento; puesto que, desconoce el paradero de estas personas,  motivo por el cual debe reprogramarse la presente audiencia de requerimiento de sobreseimiento, teniendo en cuenta la disponibilidad de la agenda que maneja este juzgado y la agenda judicial electrónica, lo que debe tenerse presente. Segundo.- Que, las partes procesales no han sido válidamente notificados con resolución número uno y anexos (traslado de sobreseimiento) y a efectos de no vulnerar el derecho a la defensa y evitar futuras nulidades corresponde reiterar notificación de resolución número uno conforme corresponde; estando a lo antes expuesto. SE DISPONE: 1) REPROGRAMAR para el día LUNES VEINTITRES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA (12:00 MD) para la realización de la AUDIENCIA DE REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO, a llevarse a cabo en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Datem del Marañón(Calle Pastaza S/N – Barrio Dos de Mayo- San Lorenzo); la que se llevara a cabo con la concurrencia obligatoria del señor fiscal y los sujetos procesales asistente y/o citados. 2) NOTIFIQUESE vía edicto al imputado Garcia Cariajano, Marcial y agraviada Rengifo Butuna, Pilar Alfonsa, conforme lo prescribe artículo 128 del C.P.P y reitérese notificación de resolución número uno (traslado de sobreseimiento) más anexos conforme corresponde. NOTIFÍQUESE. Resolución Nro. 01.- San Lorenzo, siete de diciembre Del año dos mil veinte. SE RESUELVE: 1) CÓRRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES con el requerimiento de sobreseimiento fiscal, precisar que solo será objeto de debate en la audiencia preliminar de control de sobreseimiento las solicitudes fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo de ley. Al primer Otrosí digo.- Téngase presente. Al segundo Otrosí digo.- Téngase presente para los fines correspondientes. 2) SEÑALAR FECHA Y HORA para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO, para el día MIÉRCOLES DIECISIETE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA (12:00 MD.) hora exacta en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria del Datem del Marañón [Calle Pastaza S/N – Barrio Dos de Mayo – San Lorenzo]; la que se llevara a cabo con la concurrencia obligatoria del señor fiscal y los sujetos procesales asistentes. Notifíquese.- SUSCRIBE MARIO ABEL MERCADO MONTERO, JUEZ  DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA – MODULO PENAL DEL DATEM DEL MARAÑÓN. ABG. BRIGITH MORENO DOMINGUEZ, ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO – NCPP”.
V-3(16,17 y 18)