EDICTO PENAL
En el Expediente Nº 00079-2018-97-1907-JR-PE-01, derivado de la Investigación Preparatoria seguida contra Pérez Petsa Ismael y otros, por la presunta comisión del delito contra los medios de transporte comunicación y otros servicios públicos en la modalidad de entorpecimiento al funcionamiento de servicios públicos en agravio del ESTADO- MINISTERIO DEL INTERIOR, representado por su Procurador Público Especializado en Delitos Contra el Orden Publico; el Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria – Modulo Penal del Datem del Marañón, ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial a los imputados DINA PEREZ PETSA, ELISEO RAMIREZ PACUNDA Y JORGE KUJA JIUKAM, con la presente resolución: Resolución Nro. 14.- San Lorenzo, dieciocho de enero Del año dos mil veintiuno. DADO CUENTA; Con el escrito Nº 33-2021 que antecede presentando por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Datem del Marañón agréguese a los autos y atendiendo a lo solicitado por esta parte, se debe reprogramar la presente audiencia de requerimiento mixto, teniendo en cuenta la disponibilidad de la agenda que maneja este juzgado y la agenda judicial electrónica, siendo ello así. SE DISPONE: reprogramar para el día MIERCOLES DOCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM) para la realización de la AUDIENCIA DE REQUERIMIENTO DE MIXTO, a llevarse a cabo en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Datem del Marañón (Calle Pastaza S/N – Barrio Dos de Mayo- San Lorenzo); la que se llevara a cabo con la concurrencia obligatoria del señor fiscal y del abogado defensor del imputado. BAJO APERCIBIMIENTO, en caso de inconcurrencia de este ultimo de excluirlo de la defensa y designar abogado de oficio como lo autoriza el artículo 85° del CPP. (Y a sabiendas que la localidad de san Lorenzo no cuenta con abogados de oficio será remplazado con un abogado de la localidad), de poner en conocimiento para el primero de los nombrados al Señor Fiscal Coordinador de la Fiscalía Penal Corporativa de Datem del Marañón; y en caso de que por cualquier motivo el imputado se niegue a estar presente en la audiencia será representado por su abogado o el defensor de oficio para tal efecto debe CURSARSE oficio a la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia conforme corresponde. Haciendo de su conocimiento que se tendrá por notificados con la resolución que se expida en la referida audiencia, a los sujetos procesales asistente y/o citados. NOTIFÍQUESE. SUSCRIBE MARIO ABEL MERCADO MONTERO, JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA – MODULO PENAL DEL DATEM DEL MARAÑÓN. ABG. BRIGITH MORENO DOMINGUEZ, ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO – NCPP”.
V-3(22,25 y 26)
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