JUZGADO DE INVESTIGACION

EDICTO PENAL
En el Expediente Nº 00248-2018-30-1907-JR-PE-01, derivado de la Investigación Preparatoria seguida contra WERLINTON LOPEZ MOZOMBITE, por el DELITO CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD, en la modalidad de AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de ELIZABETH TUANAMA MANGIA; el Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria – Modulo Penal del Datem del Marañón, ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial a WERLINTON LÓPEZ MOZOMBITE Y ELIZABETH TUANAMA MANGIA con la presente resolución: Resolución Nro. 04.- San Lorenzo, veinte de agosto Del año dos mil veinte. DADO CUENTA; Con la razón dada por el especialista judicial téngase presente y agréguese a los autos y estando a lo expuesto, y no habiendo retornado los cargos de notificación de las partes imputada, así mismo teniendo en cuenta lo manifestado en su escrito por parte del representante del Ministerio Público quien solicita mediante pedido 2-2020 la reprogramación de las audiencia del mes de enero 2020 se debe reprogramar la presente audiencia de control de acusación a efectos de no vulnerar el derecho a la defensa y al debido proceso, así como debe tenerse en cuenta la disponibilidad de la agenda que maneja este juzgado y la agenda judicial electrónica, SE DISPONE: reprogramar para el día JUEVES VEINTINUEVE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE, A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 AM) para la realización de la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION, a llevarse a cabo en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Datem del Marañón(Calle Pastaza S/N – Barrio Dos de Mayo- San Lorenzo); la que se llevara a cabo con la concurrencia obligatoria del señor fiscal y del abogado defensor del imputado. BAJO APERCIBIMIENTO, en caso de inconcurrencia de este ultimo de excluirlo de la defensa y designar abogado de oficio como lo autoriza el artículo 85° del CPP. (Y a sabiendas que la localidad de san Lorenzo no cuenta con abogados de oficio será remplazado con un abogado de la localidad), de poner en conocimiento para el primero de los nombrados al Señor Fiscal Coordinador de la Fiscalía Penal Corporativa de Datem del Marañón; y en caso de que por cualquier motivo el imputado se niegue a estar presente en la audiencia será representado por su abogado o el defensor de oficio. Haciendo de su conocimiento que se tendrá por notificados con la resolución que se expida en la referida audiencia, a los sujetos procesales asistente y/o citados. NOTIFÍQUESE como se viene notificando. SUSCRIBE MARIO ABEL MERCADO MONTERO, JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA – MODULO PENAL DEL DATEM DEL MARAÑON. ABG. JUAN H NOE FRAFAN, ESPECIALISTA DE AUDIENCIA DEL – NCPP”.
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