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JUZGADO DE INVESTIGACION

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EDICTO
Por el presente, el CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE MAYNAS – SEDE CENTRAL, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 00646-2018-6-1903-JR-PE-04, se dispuso Notificar al imputado JHON FRANCIS TORRES PANAIFO, con el contenido del Acta de Registro de Audiencia de Control de Acusación, de fecha 05-03-2020; mediante el cual se dispone Reprogramar la Audiencia de Control de Acusación en la presente causa, para el día SEIS DE ABRIL DEL DOS MIL VEINTE, A LAS CATORCE HORAS CON TREINTA MINUTOS; requiriéndose al acusado que cumpla con designar abogado defensor de su libre elección en reemplazo del Letrado Otto Carlos Omar Cárdenas Vargas, de quien se conoce que el referido letrado se encuentra imposibilitado para asumir la defensa, bajo expreso apercibimiento en caso de no hacerlo dentro del plazo de 24 Horas, solicitar la designación de un abogado defensor público, audiencia que se realizará en la SALA DE AUDIENCIAS DEL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE MAYNAS, sito en AV. GRAU N° 720 – SEGUNDO PISO – LOCAL ANEXO – PLAZA 28 DE JULIO – DISTRITO DE IQUITOS; proceso seguido contra JEAN PIERR JOSÉ NEYRA TAPAYURI y JHON FRANCIS TORRES PANAIFO, por el Delito contra el Patrimonio, en la modalidad de RECEPTACIÓN AGRAVADA, en agravio de TOTI MARCELO CRUZ MANIHUARI. Así firma la Señora Juez, de lo que como especialista de audiencia certifica. NOTIFÍQUESE Y HÁGASE SABER.
Iquitos, 05 de Marzo de 2020.
V-3(09, 10, 11)

EDICTO PENAL
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00105-2019-36-1901-JR-PE-01
JUEZ: SALAZAR ANGULO JAIRO NEISER
ESPECIALISTA: REATEGUI DEL AGUILA MAYRA XIMENA
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA LORETO NAUTA,
IMPUTADO: GARCIA TAMANI, MARGENES
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD SEGUIDA DE MUERTE O LESIÓN GRAVE.
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES, MDI 13
RESOLUCION NUMERO UNO
Nauta dos de setiembre Del dos mil diecinueve.-
DADO CUENTA; en la fecha los actuados del presente proceso, con el escrito presentado por JAIME DIAZ CHISTAMA – representada por la Abogada Lily Chiroque Córdova del Centro de Emergencia Mujer- Nauta, mediante el cual solicita la Constitución de Actor Civil, se procede a emitir lo que corresponde; y CONSIDERANDO: Primero: Que, El artículo 102º inciso 1 del Código Procesal Penal, prescribe: “El Juez de la Investigación Preparatoria, una vez que ha recabado información del Fiscal acerca de los sujetos procesales apersonados en la causa y luego de notificarles la constitución en actor civil resolverá dentro del tercer día”. Segundo: En este orden de ideas, y advirtiéndose de las documentales que se adjuntan que el solicitante ha presentado su solicitud de Constitución como actor civil, en el proceso que sigue contra MARDENES GARCIA TAMANI, como presunto autor del delito de VIOLACION SEXUAL de menor de edad, el mismo que se encuentra debidamente motivada y sustentada, cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 100º del acotado cuerpo normativo, corresponderá previamente a resolver, el correr traslado a los sujetos procesales. Por estas consideraciones, SE DISPONE: CORRER TRASLADO por el plazo de TRES DÍAS a los sujetos procesales la solicitud de Constitución en Actor Civil presentado por CREDISCOTIA FINANCIERA S.A. – representada por sus apoderados JAIME DIAZ CHISTAMA – representada por la Abogada Lily Chiroque Córdova del Centro de Emergencia Mujer- Nauta, verificado su cumplimiento DESE CUENTA para los efectos de ley. NOTFÍQUESE.
V-3(09, 10, 11)

EDICTO PENAL
Exp. 00208-2019-0-1901-JR-PE-01,  Especialista de Causa: Reátegui del Aguila Mayra Ximena, Por especial encargo del Juez del Juzgado Penal de Investigación Preparatoria – Nauta I, se NOTIFICA mediante EDICTO PENAL la RESOLUCION NUMERO CINCO su fecha catorce de enero del dos mil veinte, al acusado: NEUBERG SIFUENTES TELLO  y a la agraviada: MENOR DE INICIALES  F B S J M (10)-   REPRESENTANTE LEGAL DE LA MENOR AGRAVIADA: ROSALIA BARDALES ARIRAMA. RESOLUCION NUMERO CINCO su  fecha  catorce de enero del dos mil veinte. DADO CUENTA, estando al escrito N° 2383-2019, mediante el cual el representante del Ministerio Publico, señala que se le deberá notificar al imputado mediante edicto penal, TENGASE presente, Al escrito N° 24-2020, mediante el cual adjunta la  Disposición Fiscal N° 03, remitido por la  Fiscalía Penal Corporativa de Loreto- Nauta, estando a su contenido: TÉNGASE POR COMUNICADA LA CONCLUSIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA formalizada en el presente caso. NOTIFIQUESE.
V-3(09, 10, 11)

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