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JUZGADO DE INVESTIGACION

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EDICTO
Expediente N° 2921-2017-0
Especialista Judicial de Audiencia: Abog Daniela Villacorta Barbarán
Por disposición Superior del Juez del TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE MAYNAS-FLAGRANCIA, OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, NOTIFICA Y SE CITA A AUDIENCIA a: DARCILENE MARIN DEODATO, en calidad de imputado, para que concurra a la Sala de Audiencia del Tercer Juzgado De Investigación Preparatoria De Maynas-Flagrancia, Omisión A La Asistencia Familiar Y Conducción En Estado De Ebriedad, para la Audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO para el día  DIEZ DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA . Al haberse dispuesto en el Expediente N° 2921-2017-0; seguido en su contra por la presunta comisión de delito de LESIONES LEVES,  en agravio DARCILENE MARIN DEODATO.
Iquitos, 28 de Marzo del 2018.
V-3(04,05 y 06)

EDICTO PENAL:
EXPEDIENTE N° 00055-2013-83-1905-JR-PE-01, JUZGADO DE INVESTIGATORIA DE LA PROVINCIA DE REQUENA. El Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Requena, ha dispuesto la publicación de la presente resolución a fin de que se le notifique al imputado ALEJANDRO GERARDO MUÑOZ CORTES, con la RESOLUCIÓN NÚMERO CATORCE: Requena, veintisiete de marzo del año dos mil dieciocho.- Corresponde REPROGRAMAR para el día MIERCOLES SEIS DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, a horas DOS Y TREINTA DE LA TARDE (2:30 p.m. hora exacta, se programa en la fecha debido al domicilio real y legal de los sujetos procesales intervinientes en la presente causa, aunado a ello, el Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Requena, también tiene a su cargo el Juzgado de Paz Letrado y en atención a la agenda judicial) para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria del modulo Básico de Justicia de la Provincia de Requena, con la presencia obligatoria del Fiscal y los abogados de las imputados, BAJO APERCIBIMIENTO a los demás imputados y sus  abogados de aplicar los apremios de los artículos 85º inciso 1 y 271º inciso 2 del Código Procesal Penal en caso de inconcurrencia injustificada. DISPONER la notificación al procesado ALEJANDRO GERARDO MUÑOZ CORTES, se realice VIA EDICTO JUDICIAL y en caso de inasistencia se le designara un abogado defensor público y en caso de no ser posible ello, se le designara un abogado que acepte asumir su defensa, a fin de que no se vea frustrada la audiencia de acusación programada; asimismo, bajo el mismo apercibimiento será para los demás procesados que no designan defensor de su elección o cuyo abogados designados no concurran a la audiencia de manera injustificada. Edicto firmado y autorizado por el señor juez William Leopoldo Alejo Cruz y Especialista Judicial de Juzgado Rocky Rodas Horna.
V-3(04,05 y 06)

 

 

   
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