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JUZGADO DE INVESTIGACION

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EDICTO PENAL
En el Cuaderno Nº 04256-2016-0, en los seguidos contra los investigados GINDER CELIS DEL AGUILA, por el presunto delito CONTRA LOS BOSQUES O FORMACIONES BOSCOSAS EN SU MODALIDAD AGRAVADA; en agravio del ESTADO, NOTIFICAR POR EDICTO a la persona antes señalada, con la RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS de fecha diecisiete de julio del dos mil diecisiete, cuya redacción es la siguiente: DADO CUENTA, con el escrito N° 39535-2017 presentado por Consorcio Optimus SRL, que devuelve el Oficio N° 181-2017-5°JIP-CSJLO-BCEP/LMDAC, que adjunta la cédula de notificación N° 70888-2017-JR-PE y la Resolución Número Cinco, remitido al Teniente Gobernador del Caserío de Monte Bello – Loreto/Ucayali/Sarayacu para su diligenciamiento, por no poder haber sido entregado, debido a que el Teniente Gobernador señala que el imputado GINDER CELIS DEL AGUILA se encuentra ausente de la localidad al encontrarse de viaje, téngase presente y agréguese a los autos; advirtiéndose de la revisión de autos que a la fecha el referido imputado no ha sido notificado con las resoluciones emitidas en el presente proceso, no conociendo su paradero actual; y conforme lo establece el artículo 128° Código Procesal Penal que establece “Cuando se ignore el lugar donde se encuentra la persona que deba ser notificada, la resolución se le hará saber por edicto que se publicará en el Diario Oficial de la sede de la Corte Superior o a través del Portal o página web de la Institución (…)”, SE DISPONE: NOTIFICAR POR EDICTO al imputado GINDER CELIS DEL AGUILA con la presente resolución, la Resolución Número Cinco y la Resolución Número Tres. SUSCRIBE el Especialista de Juzgado por autorización expresa del señor Juez del 5° JIP, al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con el inciso 6) del artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTIFIQUESE.- a los investigados por Edicto con la presente resolución, para los fines de Ley.
Iquitos, 17 de julio del 2017.
V-3(20,21 y 14)                                                                                                             

EDICTO PENAL
En el Cuaderno Nº 04256-2016-0, en los seguidos contra los investigados GINDER CELIS DEL AGUILA, por el presunto delito CONTRA LOS BOSQUES O FORMACIONES BOSCOSAS EN SU MODALIDAD AGRAVADA; en agravio del ESTADO, NOTIFICAR POR EDICTO a la persona antes señalada, con la RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO de fecha veintiuno de abril del dos mil diecisiete, cuya redacción es la siguiente: DADO CUENTA, en la fecha el escrito que antecede remitido por la Representante de la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental de Loreto – Sede Nauta, agréguese a los autos y estando a su contenido: TÉNGASE por designado al Defensor Público JORGE CRUZ COAQUIRA, para que asuma la defensa técnica del imputado GINDER CELIS DEL AGUILA, y de acuerdo a la constancia de asignación de casillas judiciales de los defensores públicos, téngase por señalado como su domicilio procesal la casilla electrónica N° 42535 del SINOE, lugar a donde se hará llegar las futuras notificaciones que emanen de este proceso. Suscribe el Especialista Judicial al amparo del primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con el inciso 6) del Artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial por tratarse de decretos de mero trámite. NOTIFÍQUESE. a los investigados por Edicto con la presente resolución, para los fines de Ley.
Iquitos, 17 de julio del 2017.
V-3(20,21 y 14)

EDICTO PENAL
En el Cuaderno Nº 04256-2016-0, en los seguidos contra los investigados GINDER CELIS DEL AGUILA, por el presunto delito CONTRA LOS BOSQUES O FORMACIONES BOSCOSAS EN SU MODALIDAD AGRAVADA; en agravio del ESTADO, NOTIFICAR POR EDICTO a la persona antes señalada, con la RESOLUCIÓN NÚMERO TRES de fecha catorce de noviembre del dos mil dieciséis, cuya redacción es la siguiente: Por recibido el Exp. N° 0148-2015-0-CSJLO-JIP-U-C, remitido, por el JIP-Ucayali Contamana al Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas por ser competencia, en cumplimiento de la Resolución Administrativa N° 0982-2016-PJ-CSJLO-P emitida por la Presidencia de ésta Sede de Corte Superior de Loreto; en mérito a ello, se AVOCA al conocimiento el señor Juez que suscribe; debiendo de continuar la causa en el estado que se encuentra de Formalizada la Investigación Preparatoria; asimismo deberán tener presente las partes que por la competencia asumido por este Juzgado, se generó mediante el Centro de Distribución General –CDG –Mesa de partes el Expediente N° 04256-2016-0-1903-JR-PE-05, para efectos de presentar sus escritos. Interviniendo el secretario que da cuenta por disposición superior. Asimismo se advierte que no se tiene certeza si el investigado GINDER CELIS DEL AGUILA, cuenta o no con abogado defensor. Por lo que, a efectos de garantizar el derecho de defensa que le asiste a las partes, SE DISPONE: REQUERIR al Representante del Ministerio Público Especializado en Materia Ambiental con la finalidad que en el término de TRES DÍAS de notificado con la presente informe sobre el particular; siendo que en el caso de que el procesado no cuente con abogado alguno, PROCEDA a solicitar se le designe un defensor público al referido procesado para que asuma su defensa, conforme al artículo IX del Título Preliminar del Código Procesal Penal –de ser el caso aplicando lo dispuesto por el artículo 85° del Código Procesal Penal-, y cumplido que sea se comunique a esta judicatura, a efectos de continuar con el trámite de la presente causa. NOTIFIQUESE. a los investigados por Edicto con la presente resolución, para los fines de Ley.
Iquitos, 17 de julio del 2017.
V-3(20,21 y 14)

EXP. N° 03193-2016-0
Especialista de Audiencias: Eddier Rojas Linares.
EDICTO PENAL
Por disposición del señor Juez, se dispuso se NOTIFIQUE al acusado FREDDY ERAZO VALENCIA, para que concurra a la próxima audiencia de juicio oral, que se llevara a cabo EL DÍA SIETE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS DIEZ  DE LA MAÑANA en la Sala de Audiencia del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria Penal de Maynas, ordenado en el cuaderno número 03193-2016-0-1903-JR-PE-03 en la causa seguida contra el acusado FREDDY ERAZO VALENCIA por el presunto DELITO DE OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de  DYEM.
Iquitos, 19 de Julio del 2017.
V-3(20,21 y 24)

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