En el expediente N° 1340-2013-3-1903-jr-pe-03, en los seguidos contra el investigado JOSE ANDRES BENITEZ CHAVEZ, como presunto autor del delito Contra la Libertad figura Violación de la libertada Personal en la modalidad de TRATA DE PERESONAS, contemplado en el artículo 153 del Código Penal en agravio de MARLLORI SHUÑA ICOMENA. Se ha dispuesto la notificación mediante edicto al mencionado investigado de la Resolución número siete de fecha 22 de julio del 2015, cuto contenido es el siguiente: “ DADO CUENTA con la razón de la cursora, y conforme al estado del proceso se pasa a emitir la resolución que corresponde; Y, CONSIDERANDO:PRIMERO: Que, mediante resolución número siete se programo audiencia para el tres de setiembre 2015, la misma que no se llevo a cabo por encontrarse el departamento de Loreto en Paro de 48 horas los días 02 y 03 de setiembre 2015.SEGUNDO: Que, estando a lo expuesto en el considerando precedente y en razón de no causar afectación alguna a los justiciables, se hace necesario fijar nueva fecha para la diligencia antes señalada, por lo que, SE DISPONE: REPROGRAMAR para el CUATRO DE NOVIEMBRE del presente año a horas OCHO DE LA MAÑANA CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS, a efecto de llevar a cabo la AUDIENCIA DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria [ ubicado en el segundo piso de la sede central de la Corte Superior de Justicia de esta sede de Corte. Av. Grau N° 720; la misma que se instalará con la presencia del Fiscal y de los demás sujetos procesales. Quedando subsistente el apercibimiento decretado en la resolución número siete de autos. Así mismo, se advierte que a la parte agraviada se le está notificando via Exhorto, en consecuencia en aplicación del artículo 128 del Código Procesal Penal se dispone notificar por edicto la reprogramación de la citada diligencia [ Resolución número nueve ], debiendo procederse a la Publicación de la resolución acotada en el diario judicial de Esta Corte Superior “ La Región” por el periodo de TRES DIAS HABILES; y fecho, agréguense al expediente los ejemplares correspondientes a fin de acreditar su realización. NOTIFIQUESE. “FIRMADO. ABOG. ERIKA EVANICE IBERICO VEGA – JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MAYNAS. ABOG. MILAGROS DEL PILAR SANCHEZ FLORES – ESPECIALISTA DE JUZGADO. IQUITOS.10 DE SETIEMBRE DEL 2015”.
V-3(23,24 y 25)
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