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JUZGADO DE INVESTIGACION

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JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LORETO – NAUTA
EXPEDIENTE: 00236-2020-67-1901-JR-PE-01
JUEZ: MARK ANTONY COSTA CASIQUE
ESPECIALISTA: AMALIE TAPULLIMA VARAS
MINISTERIO PÚBLICO}: FISCALIA PROVINCIAL CORPORATIVA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DE LORETO – NAUTA
IMPUTADO: CRISTIAN JAKER VALIENTE FERREIRA, EMMERY ANDRES SANCHEZ LÓPEZ y PEREZ CHINO MIGUEL.
DELITO: PECULADO DOLOSO AGRAVADO
AGRAVIADO: EL ESTADO – UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE LORETO
ESP. DE AUDIENCIAS: LORENA LIZBETH TALLEDO MARICAHUA
ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION
I.INTRODUCCIÓN. Buenos días en la ciudad de Nauta, siendo las NUEVE HORAS CON OCHO MINUTOS DE LA MAÑANA DEL DÍA MARTES DIECIOCHO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO, presentes en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Loreto – Nauta y mediante el aplicativo google meet, a cargo del señor Juez – MARK ANTONY COSTA CASIQUE, asistido por la Especialista Judicial de Audiencia – LORENA LIZBETH TALLEDO MARICAHUA, a fin de realizarse la audiencia pública de CONTROL DE ACUSACION solicitado por la FISCALIA PROVINCIAL CORPORATIVA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DE LORETO – NAUTA en el Expediente N° 00236-2020-67-1901-JR-PE-01, en los seguidos contra MARIO ALVAREZ RODRIGUEZ Y OTROS como presuntos AUTORES del DELITO CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA en la modalidad de PECULADO DOLOSO AGRAVADO en agravio del ESTADO PERUANO – UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE LORETO – NAUTA. RESOLUCIÓN NÚMERO TREINTA. Nauta, dieciocho de noviembre del año dos mil veinticinco. VISTOS Y OIDOS: Estando en acto de audiencia de control de acusación con los concurrentes, conforme ha quedado registrado en audio y CONSIDERANDO: PRIMERO. Que, en sesión de fecha 13 de mayo del año 2025 a través de la resolución número 27 se reprograma la audiencia de control de acusación para el día de hoy, martes 18 de noviembre del año 2025 a horas 9 de la mañana, en tal sentido, respecto de la inconcurrencia de los abogados defensores particulares, en este caso Víctor Manuel Torres Hermúndez, quien patrocina Luis Enrique Arévalo Varas, Gema Gilenka Arévalo da Costa, Silvia Lissette Arévalo da Acosta, Angélica Saavedra Ruiz, Jesús del Pilar Sangama Soria y Tessy Alexandra Oliveira Donayre, en este acto se va a hacer efectivo su subrogación otorgándose el plazo de 24 horas al respecto de los imputados antes señalados a efecto de que nombren abogado defensor de su libre elección. SEGUNDO. Respecto de la inconcurrencia de Ronaldo Augusto Cárdenas Ovalle, quien patrocina Miguel Pérez Chino, Martín Rodríguez Revollar y Tomás Portal Ramírez, también se hará efectivo el apercibimiento debiendo de subrogarse a dicho letrado y otorgándose a los imputados antes mencionados el plazo de 24 horas a efecto de que puedan nombrar abogado defensor de su libre elección. TERCERO. Respecto de la inconcurrencia, la cual ha sido dado cuenta por la especialista de audiencia del Dr. Luis Enrique Maita Quispe, quien es el único defensor público adscrito a la provincia de Loreto-Nauta que ve los tema materia penal y haciendo la precisión que el Dr. Luis Enrique Maita Quispe, es el único defensor público que nos asiste en el juzgado de investigación preparatoria de Loreto-Nauta, también asiste en el juzgado penal unipersonal de Loreto-Nauta, asiste como abogado defensor en el juzgado mixto referente a menores infractores, asiste como abogado de las audiencias que se desarrollan en materia ambiental el quinto juzgado de investigación preparatoria de Maynas, también el Dr. Maita tiene participación con los juzgados colegiados en aquellos procesos que están en juicio oral y que las causas son remitidas del juzgado de investigación preparatoria hacia los colegiados, también el Dr. Maita, participa en las audiencias de apelaciones, la cuales ven las dos salas de apelaciones de esta corte, en tal sentido, imponer una sanción a dicho defensor público, pues no sería acorde a la realidad de la defensa pública, toda vez, de que el mismo es el único defensor público, pero sin embargo, este despacho va a tomar en cuenta a efectos de poner en conocimiento al defensor público de que la próxima reprogramación tiene que estar presente sí o sí a efecto de poder llevar adelante esta audiencia, la cual se tomará en cuenta al momento de emitirse la resolución. Este despacho RESUELVE: 1) Reprogramar esta audiencia de control de acusación, señalando esta reprogramación conforme a la agenda judicial, incluso precisar que la agenda judicial ya estamos en el mes de julio, sin embargo, advierto acá en el mes de mayo un espacio. Se va a reprogramar el día LUNES ONCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, precisar y dejo constancia de que va a ser la única audiencia que se está agendando para el día lunes 11 de mayo de 2026 y tendrá una extensión hasta la 01:00 de la tarde, sin perjuicio de ello, en caso de que esta audiencia se siga prolongando, estoy dejando los espacios del día viernes 15 y lunes 18 de mayo a efecto de que la misma pueda ser continuada. 2) Se otorga a los imputados Luis Enrique Arévalo Varas, Gema Gilenka Arévalo da Acosta, Silvia Lissette Arévalo da Acosta, Angélica Saavedra Ruiz, Jesús del Pilar Sangama Soria, Tessy Alexandra Oliveira Donayre, Miguel Pérez Chino, Martín Rodríguez Revollar y Tomás Portal Ramírez el plazo de 24 horas a que puedan nombrar abogados de su libre elección, bajo apercibimiento en caso de no hacerlo de nombrar o va asumir la defensa el defensor público adscrito a la provincia de Loreto-Nauta, Dr. Luis Enrique Maita Quispe. 3) Se dispone hacer efectivo la subrogación de los letrados Víctor Manuel Torres Hermúndez y Ronaldo Augusto Cárdenas Ovalle. 4) Exhortar al defensor público, Dr. Luis Enrique Maita Quispe a efectos de que el mismo esté presente y tome todas las previsiones respecto de la audiencia ya reprogramada en este acto para el día 11 de mayo del 2026 a horas 9 de la mañana y el mismo pueda participar de esta audiencia y así evitar ya dilaciones en el presente caso. Resolución que se pone a conocimiento de las partes procesales.
V-3(25, 26 y 27)

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