33 C
Iquitos
spot_img

JUZGADO DE INVESTIGACION

Date:

Share:

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LORETO – NAUTA
EXPEDIENTE: 00127-2024-99-1901-JR-PE-01
JUEZ: MARK ANTONY COSTA CASIQUE
ESPECIALISTA: ESAÚ JACOB GRANDEZ LÓPEZ
MINISTERIO PÚBLICO: FISCALIA PENAL PROVINCIAL CORPORATIVA DE LORETO – NAUTA
IMPUTADO: RICARDO GOMEZ PANAIFO y MARVIN MELCHOR HUALINGA ICURIMA
DELITO: APROPIACIÓN ILICITA
AGRAVIADA: EMPRESA COMUNAL CORPORACIÓN ANTIOQUIA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. ESP. DE AUDIENCIAS: LORENA LIZBETH TALLEDO MARICAHUA
ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA DE REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO
I. INTRODUCCIÓN. Buenos días siendo las ONCE HORAS CON DIECISIETE MINUTOS DEL DIA JUEVES ONCE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO, presentes en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Loreto – Nauta, a cargo del señor Juez – MARK ANTONY COSTA CASIQUE, asistido por la Especialista de Audiencias – LORENA LIZBETH TALLEDO MARICAHUA a efectos de llevarse a cabo la audiencia de REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO, recaída en el Expediente N° 00127-2024-99-1901-JR-PE-01, Formulando Sobreseimiento en el proceso que se sigue contra RICARDO GOMEZ PANAIFO y MARVIN MELCHOR HUALINGA ICURIMA en su calidad de AUTORES por la presunta comisión del DELITO CONTRA EL PATRIMONIO, en la modalidad de APROPIACIÓN ILICITA; ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 190° del código Penal, así como por la comisión del DELITO DE ADMINISTRACIÓN FRAUDULENTA, ilícito penal previsto y sancionado en el inciso 2 y 8 del artículo 198° del Código Penal, en agravio de la EMPRESA COMUNAL CORPORACIÓN ANTIOQUIA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Se deja constancia que la presente audiencia está siendo registrada en el sistema de audio, cuya grabación demostrará el modo cómo se desarrolla dicho acto procesal, conforme lo establece el Artículo 361°, numeral 2) del Nuevo Código Procesal Penal y el Artículo 26° del Reglamento General de Audiencias, pudiéndose acceder a la copia de dicho registro; por tanto, en este acto se solicita a los sujetos procesales procedan oralmente a identificarse para que conste en el registro correspondiente y se verifique la presencia de los intervinientes convocados a esta audiencia. II. ACREDITACIÓN. 1. MINISTERIO PÚBLICO: Dra. GLADYS ANGELICA COLLAZOS ROMAN, Fiscal Adjunto Provincial de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Loreto – Nauta y con domicilio procesal en calle Jorge Bardales Ruiz N° 229 – Nauta (2do piso), con teléfono celular 996247018, con correo electrónico gladyscollazos81@gmail.com y casilla electrónica 144444. Queda registrado en audio. III.OCURRENCIA DE AUDIENCIA: JUEZ: De los actuados advertimos que las partes procesales se encuentran válidamente emplazadas, por lo que previamente antes de instalar esta audiencia se pregunta a los concurrentes si existe alguna observación. Queda registrado en audio. FISCAL: Para poner en conocimiento que esta carpeta ha sido asignada recientemente a mi persona, ya que el Fiscal César Alberto Zegarra Marín ya no es fiscal en esta provincia de Nauta, entonces solicito una reprogramación a efecto de poder tomar conocimiento, toda vez, que ha sido declarado complejo para poder realizar debidamente los actuados. Queda registrado en audio. JUEZ: Estando a la petición efectuada en acto de audiencia por parte de la representante del Ministerio Público, quien solicita la reprogramación de la misma, toda vez, señala y argumenta de que esta carpeta fiscal pertenecía a César Alberto Zegarra Marín, quien era Fiscal Adjunto de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Loreto- Nauta, también señala a efecto de que pueda tomar conocimiento de la causa en su integridad solicita la reprogramación de la misma, en tal sentido, a la petición efectuada, este despacho va a tener a bien a reprogramar por única vez esta audiencia efecto fiscal pueda revisar o hacer estudio de autos del presente proceso, por lo que esta audiencia se reprograma para el día MIÉRCOLES DIECISEIS DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, se dispone se notifique la presente acta de audiencia al domicilio real y procesal de los imputados de autos, así como al domicilio procesal consignado de la parte agraviada. Resolución que se pone a conocimiento de la Sra. Fiscal. Queda registrado en audio. FISCAL: Conforme. CONCLUSIÓN: Siendo las 11:23 a.m., se da por concluida la presente diligencia; y por cerrada la grabación de audio; procediendo a firmar la señora Jueza y la Especialista Judicial de Audiencias encargado de la redacción del acta como lo dispone el Artículo 121º del Código Procesal Penal.
V-3(22,23 y 24)

PORTADA DEL DÍA

PUBLICIDAD

━ más noticias

Corte de Loreto dicta prisión preventiva por minería ilegal agravada en la cuenca del río Tigre

La Corte Superior de Justicia de Loreto, a través del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, a cargo del magistrado Alixey Swidin Aguirre,...

Maynas construirá vías que generan desarrollo

El Alcalde de Maynas cumple con los compromisos asumidos con la población y, junto a los vecinos, colocó el primer ladrillo de la obra...

Defensa legal solicita a la policía la restitución de pirotécnicos

     •Tras sustentar su procedencia lícita. El abogado Jorge Martín Kaleth García Acosta se presentó ante la unidad de la policía fiscal, para requerir de...

“El Sub Cafae ya no ha tenido pérdidas, estamos cerrando bien el año”

¨Declaró el gerente de la entidad Herbert Hugo Hidalgo. En seis meses de gestión Hidalgo ha demostrado que cuando hay voluntad positiva, honestidad y...

“El Tribunal Constitucional ha ratificado la constitucionalidad de Extinción de Dominio, con algunas restricciones”

*Declaró el juez Edgar Guillén Vallejo, del juzgado especializado en Extinción de Dominio. Si bien es cierto, con restricciones en cuanto a casos de...

PUBLICIDAD

Artículo anterior
Artículo siguiente

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.