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JUZGADO DE INVESTIGACION

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5° JUZGADO DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02884-2017-90-1903-JR-PE-05
JUEZ: ERIKA SOTO QUINTANILLA
ESPECIALISTA DE JUZGADO: STEPHANNY ORTIZ CRUZ
EDICTO PENAL
Por disposición superior, se dispone NOTIFICAR MEDIANTE EDICTO ELETRÓNICO y EDICTO JUDICIAL a las personas de JUAN MANUEL RODRIGUEZ CHAVEZ, AMERICO GONZALES RIVAS, VIRGILIO SEGUNDO LAULATE RIVAS, JAIRO RODRIGUEZ RIBEIRO y LITA GARCÍA TORRES en calidad de imputados, a efectos de que tomen conocimiento oportuno del contenido de la Resolución N° Once de fecha treinta de septiembre del dos mil veinticinco, que en resumidas líneas DISPONE: “1. CORRER TRASLADO de la reformulación del requerimiento fiscal a los demás sujetos procesales; 2. PROGRAMAR la audiencia para el día DIEZ DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL VEINTICINCO a las CUATRO DE LA TARDE (04:00 p.m.), la misma que se realizará en las instalaciones de la Sala de Audiencias del Quinto Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Maynas, ubicada en el Segundo Piso del Módulo Penal de esta Sede de Corte, sito en la Avenida Grau N° 720 – Iquitos o ingresando por la Av. Andrés Avelino Cáceres (para mejor ubicación); 3. PRECISAR que los sujetos procesales que prefieran participar de la misma en forma virtual, podrán hacerlo mediante la utilización del Aplicativo Google Meet en el enlace https://meet.google.com/brq-omug-sqr; o a través de otros medios tecnológicos de comunicación idóneos”. Asimismo, se pone a conocimiento el contenido de la Resolución N° Doce de fecha siete de noviembre del dos mil veinticinco, que en resumidas líneas DISPONE: “CORREGIR dicho error; debiendo ser la fecha y hora correcta para la audiencia de control de acusación el día VEINTITRÉS DE ENERO AÑO DOS MIL VEINTISÉIS A LAS TRES Y TREINTA DE LA TARDE (03:30 PM) y no como se consignó erróneamente en la resolución que antecede. En consecuencia, de conformidad con lo señalado en el artículo 124° del Código Procesal Penal, corríjase dicho extremo, en lo que correctamente corresponde, lo demás en nada modifica el tenor de dicha resolución”. Notifíquese. Firma: Abg. Stephanny Ortiz Cruz– Especialista Judicial de Juzgado.
V-3(27,28 y 01)

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