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JUZGADO DE INVESTIGACION

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5° JUZGADO DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02199-2023-92-1903-JR-PE-05
JUEZ: ERIKA SOTO QUINTANILLA
ESPECIALISTA DE JUZGADO: STEPHANNY ORTIZ CRUZ
EDICTO PENAL
Por disposición superior, se dispone NOTIFICAR MEDIANTE EDICTO ELETRÓNICO y EDICTO JUDICIAL a las personas de EDWIN YAHUARCANI MANAMBU y CARLOS ALBERTO SANCHEZ ZUMAETA en calidad de imputados a efectos de que tomen conocimiento oportuno del contenido de la Resolución N° Siete de fecha veintidós de agosto del dos mil veinticinco, que en resumidas líneas DISPONE: “1. CORRASE TRASLADO del requerimiento fiscal a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HABILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados para su debate en la audiencia preliminar; 2. PROGRAMAR la AUDIENCIA DE CONTROL DE REQUERIMIENTO MIXTO para el día VEINTINUEVE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS a las TRES Y TREINTA DE LA TARDE (03:30 p.m.), la misma que se realizará en las instalaciones de la Sala de Audiencias del Quinto Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Maynas, ubicada en el Segundo Piso del Módulo Penal de esta Sede de Corte, sito en la Avenida Grau N° 720 – Iquitos o ingresando por la Av. Andrés Avelino Cáceres (para mejor ubicación) y 3. PRECISAR que los sujetos procesales que prefieran participar de la misma en forma virtual, podrán hacerlo mediante la utilización del Aplicativo Google Meet en el enlace https://meet.google.com/dds-axeo-saj; o a través de otros medios tecnológicos de comunicación idóneos”. Notifíquese. Firma: Abg. Stephanny Ortiz Cruz– Especialista Judicial de Juzgado.
V-3(09, 10 y 11)

5° JUZGADO DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 03060-2019-71-1903-JR-PE-05
JUEZ: ERIKA SOTO QUINTANILLA
ESPECIALISTA DE JUZGADO: STEPHANNY ORTIZ CRUZ
EDICTO PENAL
Por disposición superior, se dispone NOTIFICAR MEDIANTE EDICTO ELETRÓNICO y EDICTO JUDICIAL a la persona de ROBERTO TAFUR SHUPINGAHUA en calidad de acusado a efectos de que tomen conocimiento oportuno del contenido de la Resolución N° Dos de fecha veintidós de agosto del dos mil veinticinco, que en resumidas líneas DISPONE: “1. CORRASE TRASLADO del requerimiento fiscal a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HABILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados para su debate en la audiencia preliminar; 2. PROGRAMAR la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día SIETE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS a las ONCE DE LA MAÑANA (11:00 a.m.), la misma que se realizará en las instalaciones de la Sala de Audiencias del Quinto Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Maynas, ubicada en el Segundo Piso del Módulo Penal de esta Sede de Corte, sito en la Avenida Grau N° 720 – Iquitos o ingresando por la Av. Andrés Avelino Cáceres (para mejor ubicación) y 3. 9PRECISAR que los sujetos procesales que prefieran participar de la misma en forma virtual, podrán hacerlo mediante la utilización del Aplicativo Google Meet en el enlace https://meet.google.com/rpx-zvdd-aax; o a través de otros medios tecnológicos de comunicación idóneos”. Notifíquese. Firma: Abg. Stephanny Ortiz Cruz– Especialista Judicial de Juzgado.
V-3(09, 10 y 11)

5° JUZGADO DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 03221-2022-0-1903-JR-PE-05
JUEZ: ERIKA SOTO QUINTANILLA
ESPECIALISTA DE JUZGADO: STEPHANNY ORTIZ CRUZ
EDICTO PENAL
Por disposición superior, se dispone NOTIFICAR MEDIANTE EDICTO ELETRÓNICO y EDICTO JUDICIAL a la persona de MANUEL GARCÍA SALVINO en calidad de imputado a efectos de que tome conocimiento oportuno del contenido de la Resolución N° Cinco de fecha ocho de agosto del dos mil veinticinco, DADO CUENTA; en la fecha, y proveyendo los escritos conforme a su ingreso: “1. Al escrito Nº 38227-2025 remitido por el representante del Ministerio Público, agréguese a los autos y estando a su contenido, téngase por comunicada la Disposición Fiscal N° 05, de fecha dos de mayo del año dos mil veinticinco, que dispone: “1) DEJAR SIN EFECTO la disposición N° 04-2023 de fecha 17 de mayo del 2023, el cual concluye la investigación preparatoria. 2) ACLARAR E INTEGRAR LA DISPOSICION N° 03 (…). 3) ADECUAR EL TIPO PENAL (…)”, por tal, DEJESE SIN EFECTO lo señalado mediante resolución número cuatro de fecha veintitrés de mayo de dos mil veintitrés, respecto a la comunicación de la disposición fiscal 04-2023 y 2. Al escrito N° 38228-2025 remitido por el representante del Ministerio Público, agréguese a los autos y téngase presente; estando al contenido de la Disposición Fiscal N° 06, de fecha treinta de mayo del año dos mil veinticinco, agréguese a los autos; y de conformidad a lo establecido en el inciso 1) del artículo 343° del Código Procesal Penal, concordante con el artículo 344° del mismo cuerpo legal que prevé: “que el Fiscal dará por concluida la Investigación Preparatoria cuando considere que ha cumplido con su objeto, aun cuando no hubiere vencido el plazo”; en consecuencia: TÉNGASE POR COMUNICADA LA CONCLUSIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA formalizada en el presente proceso”. Notifíquese. Firma: Abg. Stephanny Ortiz Cruz– Especialista Judicial de Juzgado.
V-3(09, 10 y 11)

5° JUZGADO DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 03221-2022-6-1903-JR-PE-05
JUEZ: ERIKA SOTO QUINTANILLA
ESPECIALISTA DE JUZGADO: STEPHANNY ORTIZ CRUZ
EDICTO PENAL
Por disposición superior, se dispone NOTIFICAR MEDIANTE EDICTO ELETRÓNICO y EDICTO JUDICIAL a la persona de MANUEL GARCÍA SALVINO en calidad de acusado a efectos de que tomen conocimiento oportuno del contenido de la Resolución N° Uno de fecha ocho de agosto del dos mil veinticinco, que en resumidas líneas DISPONE: “1. CORRASE TRASLADO del requerimiento fiscal a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HABILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados para su debate en la audiencia preliminar; 2. PROGRAMAR la AUDIENCIA DE CONTROL DE REQUERIMIENTO MIXTO para el día SIETE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS a las TRES Y TREINTA DE LA TARDE (03:30 p.m.), la misma que se realizará en las instalaciones de la Sala de Audiencias del Quinto Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Maynas, ubicada en el Segundo Piso del Módulo Penal de esta Sede de Corte, sito en la Avenida Grau N° 720 – Iquitos o ingresando por la Av. Andrés Avelino Cáceres (para mejor ubicación) y 3. PRECISAR que los sujetos procesales que prefieran participar de la misma en forma virtual, podrán hacerlo mediante la utilización del Aplicativo Google Meet en el enlace https://meet.google.com/kxo-bata-ixw; o a través de otros medios tecnológicos de comunicación idóneos”. Notifíquese. Firma: Abg. Stephanny Ortiz Cruz– Especialista Judicial de Juzgado.
V-3(09, 10 y 11)
Exp. N° 1967-2025-0-1903-JR-PE-03 – “CUADERNO DE PROCESO INMEDIATO”
Especialista: Judith Gisela Toro Guevara
Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, OAF Y CEED – Sede central
EDICTO
Por el presente, el 3° Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, OAF y CEED – Sede central, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N.° 1967-2025-0-1903-JR-PE-03, se ordenó notificar a la parte investigada GUSTAVO DANIEL SANCHEZ SAAVEDRA, con el contenido de la RESOLUCIÓN TRES de fecha 03-09-2025, mediante el cual se dispone programar la audiencia de incoación del proceso inmediato para el día 13 de otubre del año 2025, a horas 03:30 de la tarde, la misma que se realizará en la SALA DE AUDIENCIAS DEL 3° Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, OAF y CEED, sito en Av. Grau N.º 720 – Segundo Piso – distrito de Iquitos y mediante en enlace de google meet: https://meet.google.com/szu-jnwc-myo; en el proceso seguido contra GUSTAVO DANIEL SANCHEZ SAAVEDRA, por ser el presunto AUTOR del delito contra LA FAMILIA, en la modalidad de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, ilícito penal previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal, en agravio del menor de iniciales E.A.A.S.L., representado por su progenitora YESENIA LOPEZ CELIS. Así firma el señor juez, de lo que como especialista certifico. NOTIFÍQUESE Y HÁGASE SABER.
Iquitos, 08 de setiembre del 2025.
V-3(09, 10 y 11)

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