EDICTO PENAL
En el Exp. Nº 1062-2012-0-1903-JR-PE-01, derivado de la investigación preparatoria seguida contra JORGE MANRIQUE AREVALO PANDURO por los delitos de Peculado Doloso y Falsificación de Documentos Privados y Uso de los Mismos, en agravio del Estado Peruano – Gobierno Regional de Loreto- Dirección Regional de Educación de Loreto; la Señora Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, ha dispuesto mediante Resolución Número SEIS de fecha quince de octubre de dos mil doce; NOTIFIQUESE POR EDICTO al imputado JORGE MANRIQUE AREVALO PANDURO, la Resolución Número CUATRO de fecha veintitrés de agosto del presente año “DADO CUENTA en la fecha con el Oficio N° 1489-2012 que antecede, presentado por Segundo Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en delitos de Corrupción de Funcionarios de Loreto, conteniendo la Disposición N° 06 su fecha diez de agosto del año en curso, donde dispone PRORROGAR EL PLAZO DE LA PRESENTE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA POR SESENTA DÍAS NATURALES; TÉNGASE presente para los fines de ley, y para los efectos de lo estipulado en el artículo 29 del Código Procesal Penal concordante con el artículo 323 y 342 del mismo cuerpo legal.-NOTIFÍQUESE.; en virtud a lo dispuesto por el artículo 128 del Código Procesal Penal; publicándose en el diario El Peruano y en el diario oficial de esta Corte Superior las mencionadas resoluciones por el período de TRES DIAS HÁBILES, cumpliéndose, una vez efectuado, con agregar al expediente los ejemplares que contienen la notificación con el fin de acreditar su realización, en aplicación supletoria de los artículos 167 y 168 del Código Procesal Civil. FIRMADO: ABOG. ALICIA GARCIA RUIZ, JUEZ(S) DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MAYNAS. ABOG. DANIELA VILLACORTA BARBARÁN, ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO-CPP.
Iquitos, 15 de Octubre de 2012.
V-(17,18 y 19)
EDICTO PENAL
En el Exp. Nº 1062-2012-72-1903-JR-PE-01, derivado de la investigación preparatoria seguida contra JORGE MANRIQUE AREVALO PANDURO por los delitos de Peculado Doloso y Falsificación de Documentos Privados y Uso de los Mismos, en agravio del Estado Peruano – Gobierno Regional de Loreto- Dirección Regional de Educación de Loreto; SE NOTIFICA POR EDICTO al imputado JORGE MANRIQUE AREVALO PANDURO, la Resolución Número DOS de fecha quince de octubre del presente año “POR RECIBIDO el escrito N° 35466-2012 que antecede presentado por DADKY JULIO PÉREZ PANDURO, se procede al proveerlo de acuerdo a Ley, Al principal: Conforme los fundamentos expuestos en el escrito que se da cuenta, el señor Procurador Público Anticorrupción de Loreto, solicita constituirse en ACTOR CIVIL para representar y defender los intereses del Estado en el presente proceso penal incoado: TRASLADO al Señor Representante del Ministerio Público y a los demás sujetos procesales por el término de TRES DÍAS, y fecho dese cuenta. Al Primer Otrosí Digo: TÉNGASE por fundamentada el monto de la reparación civil conforme a lo dispuesto por el Superior Jerárquico en la resolución N° 12 de fecha 24 de abril del año en curso, recaída en el Expediente N° 3161-2011-31-1903.JR-PE-01.- Al Segundo Otrosí Digo: TÉNGASE por delegada la Representación a favor de la abogada CATALINA ANDREA CARVALLO DEL AGUILA, a quien se le concederá las prerrogativas de ley. Al Tercer Otrosí Digo: AGREGUESE a los autos, las fotocopias simples del Documento Nacional de Identidad del recurrente y Resolución Suprema N° 005-2012-JUS, sobre designación como Procurador Público Anticorrupción Descentralizado del Distrito Judicial de Loreto.- NOTIFICÁNDOSE.-FIRMADO: ABOG. ALICIA GARCIA RUIZ, JUEZ(S) DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MAYNAS. ABOG. DANIELA VILLACORTA BARBARÁN, ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO-CPP.
Iquitos, 15 de Octubre de 2012.
V-3(17,18 y 19)