EDICTO JUDICIAL
Por ante el Segundo Juzgado Civil de Maynas, que despacha el señor juez Sergio Antonio Del águila Salinas y Secretaria Judicial Abog. Sarine Mori Sajami en el EXP. 00063-2014-0-1903-JR-CI-02, seguido por SABINA VENTURA CHUMBE Vda. De BORBOR, sobre PETICION Y/O EXCLUSION DE HERENCIA, por disposición número Diez, se dispuso notificación mediante edicto, con un extracto de la resolución número Dos que admite a trámite la demanda cuyo tenor literal es el siguiente: RESOLUCION NÚMERO DOS-Iquitos, veinticuatro de Enero del año dos mil catorce.- SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE la presente demanda interpuesta por SABINA VENTURA CHUMBE Vda. De BORBOR contra CARMEN JULIA CACHAY DE BORBOR y MINISTERIO PUBLICO, sobre PETICION Y/O EXCLUSION DE HERENCIA, en la vía de PROCESO DE CONOCIMIENTO; teniéndose por ofrecidos los medios probatorios que se indican, los que se merituaran en su oportunidad; EN CONSECUENCIA: CONFIERASELE a la demandada el término improrrogable de TREINTA DIAS, bajo apercibimiento de proseguir la causa en rebeldía, conforme lo dispone el artículo 458º del Código Adjetivo. Debiendo publicarse por tres veces por el Diario “La Región” y el Diario Oficial “El Peruano”, para que cumpla con absolver la demanda dentro del término de sesenta días conforme a lo establecido en el art. 479º del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Fdo. Sergio Antonio Del águila Salinas, Juez titular. Fdo. Abog. Sarine Mori Sajami Secretaria Judicial. Iquitos 14 de julio del año 2015
Abog. SARINE M.DEL JESÚS MORI SAJAMI
Secretario Judicial
2º Juzgado Especializado Civil de Maynas
V-3(17, 20 y 21)) B/. 34478
S/. 117.00
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