– «La verdad se impuso ante las denuncias infundadas».
El malévolo propósito de la solicitud de vacancia presentada contra el alcalde de Punchana Juan Cardama Guerra, no prosperó, teniendo en cuenta que el Jurado Nacional de Elecciones el día 25 del presente mes publicó la resolución Nº 235 – 2014 – JNE, donde la parte resolutiva indica lo siguiente:
Artículo Único.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Joiner Martín Vásquez Egoávil; y, en consecuencia, CONFIRMAR el acuerdo de concejo adoptado en la sesión extraordinaria de concejo, de fecha 11 de octubre de 2013 que rechazó la solicitud de vacancia presentada en contra de Juan Cardama Guerra, alcalde de la Municipalidad Distrital de Puncha, provincia de Maynas, departamento de Loreto, por la causal de infracción de las restricciones a la contratación, prevista en el Artículo 22, numeral 9, este último concordante con el Artículo 63 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
Es oportuno recordar que el ciudadano Joiner Martín Vásquez Egoavil (hijo del ex alcalde) viene presentando varias denuncias contra el burgomaestre, con el propósito de distraer el trabajo de la autoridad municipal y perjudicar en las gestiones que realiza en diversas instancias del Estado para conseguir el financiamiento de varios proyectos que va en beneficio de la población, que dicho sea de paso no fueron tomados en cuenta por gestiones pasadas. (MDP)
Lo Último
JNE declaró infundada vacancia del alcalde de Punchana
Date:






