-Puntualiza Jueza Unipersonal de la Corte Superior de Justicia
-Hace poco se resolvió una en solo un día. La pena en el marco del nuevo código procesal penal lo solicita el querellante.
-Los jueces pueden subir la pena y la reparación civil, pero no bajar en cuanto a la solicitud del querellante.
Dentro del nuevo Código Procesal Penal actualmente se contemplan los jueces unipersonales, así como los jueces de investigación preparatoria, quienes están al mismo nivel para resolver los procesos judiciales que llegan hasta el Poder Judicial. Únicamente participa un Colegiado si es que el delito a juzgarse tiene una pena mayor a los 6 años.

«En caso de los juzgados de investigación preparatoria, ellos son los jueces de control, de garantía, ahí se observa la legalidad de la investigación fiscal. El fiscal sustenta su acusación a través del juez de investigación preparatoria, luego se dicta el auto de enjuiciamiento y se remite al Juzgado Unipersonal para que dicte fecha del juicio oral. En este modelo lo ve un solo juez siempre y cuando no supere los 6 años de pena.
Ahora están habiendo más sentencias y más audiencias porque ha pasado más de un año desde que entró en vigencia el NCPP para los delitos contra la administración pública. Igualmente ahora las querellas que entran se resuelven más rápido, el otro día se inició un proceso a las 9 de la mañana y a las 11 y 30 se terminó de recibir las declaraciones de todos los involucrados, a las 4 y 30 de la tarde se dictó la sentencia correspondiente.
Es preciso señalar que ahora en el marco del Nuevo Código Procesal Penal, se resuelve en base a la pena que solicita el querellante, nosotros la podemos subir pero no bajar a lo solicitado por el querellante», ilustró María Felices.





