25 C
Iquitos

“Gobierno regional debe identificar personas enterradas como NN en el cementerio covid-19”

Date:

Share:

  • Expresa Defensoría del Pueblo, agregando que familiares piden exhumación de cadáveres.


La oficina de la Defensoría del Pueblo en Loreto demandó al Gobierno Regional tramitar, de manera ordenada y salvaguardando la salud pública, las solicitudes de autorización de exhumación de personas fallecidas por coronavirus que tienen la condición de NN, se permita su identificación, así como se garantice el derecho a un entierro digno.
Estos requerimientos se emitieron tras conocer el malestar de los familiares debido a la demora de la Dirección de Salud Ambiental en emitir las autorizaciones de exhumación. Estas autorizaciones permitirán que la Gerencia de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Loreto, en su condición de responsable de la administración del cementerio COVID-19, permita el traslado de los cuerpos de las personas fallecidas a causa del coronavirus a otro camposanto.
Al respecto, el jefe de la oficina de la Defensoría del Pueblo en Loreto, Abel Chiroque, precisó que la guía práctica de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), establece estándares mínimos que debe implementar el Gobierno Regional de Loreto, como buenas prácticas y aplicación de políticas públicas enfocadas en garantizar los derechos humanos y el respeto al duelo, los ritos funerarios y homenajes a las personas fallecidas durante la pandemia del coronavirus.
“Si bien por un tema sanitario y en una situación de crisis se enterró a personas fallecidas por coronavirus como NN, no obstante, se debe cumplir con las gestiones necesarias para su identificación y atender las solicitudes de los familiares de las víctimas que claman la autorización de exhumación y traslado de sus seres queridos fallecidos. Además, se deben tener en cuenta los constantes requerimientos, que cuestionan la ubicación de sus deudos enterrados por la Dirección de Salud Ambiental en el cementerio COVID-19”, indicó el representante de la Defensoría del Pueblo.
Finalmente, se debe tener en cuenta el reglamento de la Ley de Cementerios y servicios funerarios establece que se requiere autorización sanitaria de la autoridad de salud para proceder a la exhumación o traslado de un cadáver luego un año de producido el entierro. Sin embargo, en este caso, en la mayoría de las solicitudes ha transcurrido más de dicho periodo.

PORTADA DEL DÍA

PUBLICIDAD

━ más noticias

Once organizaciones políticas suscribieron Pacto Ético Electoral en Iquitos

El acuerdo fue firmado la noche de ayer con miras a las elecciones del 4 de octubre Representantes de 11 de las 12 organizaciones políticas...

Agricultores del programa PAPEC de TAMSHI ganan el primer puesto en concurso “Súper Árboles Nativos de Cacao” de MIDAGRI en Loreto

TAMSHI, productor número 1 de cacao del Perú y líder en cultivo bajo sistemas agroforestales en la Amazonía peruana, participó a través de su...

En menos de 24 horas, la fiscalía especializada en medio ambiente- Maynas, logra dos sentencias condenatorias

Por tráfico ilegal de insumos químicos y maquinarias destinadas a la minería ilegal. Esto como resultado de las acciones de interdicción y persecución penal desarrolladas...

“Se está abusando de las prisiones preventivas”

Opinó el presidente de la Segunda Sala Penal de Apelaciones, Dr. Aldo Atarama Lonzoy. La autoridad judicial dio a conocer que por estos días el...

Del mercado de Iquitos a otras regiones: cinco claves para hacer crecer un negocio

Para muchos emprendimientos de Iquitos, el mercado local representa el primer paso para validar una idea, desarrollar productos y construir una cartera de clientes....

PUBLICIDAD