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Iquitos

Gobierno aprueba S/. 5’677,541.00 para emergencia sanitaria

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El domingo 17 de agosto  en el diario oficial «El Peruano» salió publicado el Decreto Supremo No. 240-2014-EF por el tema de las emergencias sanitarias en Loreto y en Piura por un monto de S/8’839,295.00, que se dividió en dos partidas correspondiendo a la región Loreto la suma de S/. 5’677,541 por la emergencia sanitaria que dada mediante el DS No. 022-2014.
El Decreto Supremo No. 240-2014-EF indica: Que, el Decreto Legislativo Nº 1161 aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y señala que éste es competente en la salud de las personas, aseguramiento en salud, epidemias y emergencias sanitarias, salud ambiental e inocuidad alimentaria, inteligencia sanitaria, productos farmacéuticos y sanitarios, dispositivos médicos establecimientos farmacéuticos, recursos humanos en salud, infraestructura y equipamiento en salud e investigación y tecnologías en salud.
Que, mediante Decreto Supremo N° 022-2014-SA, se declara la Emergencia Sanitaria de la prestación de servicios de salud en hospitales y establecimientos del Gobierno Regional de Loreto y del Gobierno Regional de Piura, por el plazo de noventa (90) días calendario en las provincias de Maynas, Loreto, Requena, Mariscal Ramón Castilla, Datem del Marañón, Alto Amazonas y Ucayali de la Región Loreto, así como a las provincias de Piura, Sullana, Talara, Paita, Sechura, Morropón, Huancabamba y Ayabaca de la Región Piura para combatir la presencia de brotes y de actividad epidémica del dengue, malaria y leptospira, así como amenaza de introducción de una nueva enfermedad en el país (fiebre chikungunya);
Que, el Ministerio de Salud, el Instituto Nacional de Salud y las Direcciones Regionales de Salud de los Gobiernos Regionales de los departamentos de Loreto y Piura, han elaborado el «Plan de Acción para Emergencia Sanitaria Región Loreto» y el «Plan de Acción para Emergencia Sanitaria Región Piura», que contribuirán a garantizar la atención a la población con riesgo elevado de presentación de casos graves y letales de enfermedades metaxénicas y zoonóticas en el ámbito de los departamentos de Loreto y Piura, controlando el brote epidémico de malaria y leptospirosis, sostener niveles de seguridad del dengue, así como disminuir el riesgo de transmisión del virus Chikungunya, entre otros.
Con este aporte económico, la solicitud hecha por el GOREL y el cumplimiento del estado peruano para combatir las enfermedades endémicas, Que el Ministerio de Salud, a través del Oficio N° 2342-2014-SG/MINSA, ha solicitado una transferencia de recursos adicionales hasta por la suma total de OCHO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO NUEVOS SOLES (S/. 8 839 295,00), para financiar los «Planes de Acción para Emergencia Sanitaria Región Loreto y Piura», los cuales contienen el conjunto de actividades que contribuirán a garantizar la atención a la población con riesgo elevado de presentación de casos graves y letales de enfermedades metaxénicas y zoonóticas en el ámbito de las regiones antes citadas, en razón a que conforme a lo indicado en el Informe Nº 195-2014-OGPP-OP/MINSA de su Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, las intervenciones contenidas en los Planes de Acción de las Emergencias Sanitarias de la Región Loreto y Región Piura, fueron previstas en la programación 2014, sin embargo ha quedado insuficiente por la presencia de un mayor número de casos a los previstos, y evidenciando que dicha situación no se había previsto para el año fiscal 2014, los pliegos Gobiernos Regionales de los departamentos de Piura y Loreto no cuentan con los recursos.

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