- Así declaró el Abog. Pablo Casuso, quien sigue infatigable en el objetivo de la exhumación de cadáveres.
- Pese a que dicho compromiso quedó plasmado en un acta, hoy lo desconoce.

Si bien es cierto los deudos de los cientos de fallecidos en pandemia enterrados en el llamado “campo covid”, han dejado de hacer plantones o vigilias públicas; eso no significa que sus corazones estén quietos esperando a que pase un año para recién poder exhumarlos y saber en dónde exactamente quedaron sepultados sus seres amados.
Sobre el delicado tema se consultó al Abog. Pablo Casuso, quien lleva adelante la demanda de un grupo de familiares que piden la exhumación cuanto antes para trasladarlos a un verdadero campo santo.
“La solicitud de exhumación de fallecidos en pandemia no fue atendida por el gobierno regional. Lamentablemente por declaraciones del mismo gobernador se conoce que la falta de apoyo se debe a que el caso se habría politizado.
Él dijo públicamente que el tema de exhumación se politizó porque diferentes líderes sociales se pronunciaron a favor de los deudos de los fallecidos. Por eso el gobernador dijo que se había politizado y ya no quiso apoyar.
Desconociendo así el compromiso asumido inicialmente que quedó plasmado en un acta, luego puso trabas y finalmente resolvieron no proceder. Aducen que se tiene que cumplir con lo que dice el Reglamento, esperar un año para después recién exhumar” detalló.
¿Y no es así?
-Hay una modificatoria en la Ley de cementerios donde dice claramente que cuando los entierros son realizados en lugares que no cuentan con ningún tipo de autorización sí procede la exhumación antes del año.
Y entonces ¿esperarán hasta el próximo año?
-Se ha interpuesto una demanda en el poder judicial para que el juez del juzgado contencioso administrativo ordene a la dirección de salud que cumpla con lo que dice la ley.
En el artículo que dice esperar un año, en su segundo párrafo remarca que ante la solicitud de una exhumación la autoridad de salud debe resolver dentro de los 3 días de solicitada, denegando o autorizando.
La dirección de salud se tomó 31 días para responder, fuera de plazo, y la ley dice que cuando la autoridad no responde dentro de 3 días; se entiende que está consintiendo la solicitud. El juez debe ordenar a Diresa que cumpla con lo que manda la Ley.





