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Fiscalía de la Nación saca a fiscal que pidió pena benevolente para asesino de un transexual

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  • Merlita Del Pilar Gárate Herrera, no habría hecho una evaluación fiscal correcta respecto al homicidio. 

Lo que le ha valido que el propio Fiscal de la Nación Pablo Sánchez Velarde, a información concreta alcanzada por el presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal de Loreto, Dr. Alberto Niño de Guzmán, haya tomado la decisión de dar por concluidos los servicios de dicha fiscal, quien con su impericia y falta de profundidad en el análisis de los elementos probatorios que indicaban que el homicidio se produjo de una forma mucho más grave y no como homicidio simple; pidió para el asesino una pena benevolente, nimia.
La resolución fiscal ha sido publicada el último 6 de abril, basada en el oficio 1594-2018 enviado desde la presidencia de la junta de fiscales superiores. “Dar por concluido el nombramiento de la abogada Merlita Del Pilar Gárate Herrera, como fiscal adjunto provincial provisional del distrito fiscal de Loreto, y su designación en el despacho de la segunda fiscalía provincial penal corporativa de Maynas, materia de la resolución fiscal 317-2013 del 01 de febrero 2013”, puntualiza Pablo Sánchez.

EL CASO
Recordado por todos, puesto que incluso un canal de la capital transmitió un reportaje sobre el asesinato de un transexual a manos de su pareja. También se mostró la indignación de los familiares y ciudadanos al escuchar la pena benevolente solicitada por el ministerio público de cuatro años de pena privativa efectiva y una reparación civil exigua ya que indicaba que el asesino ganaba 20 soles al mes.
La tesis de la fiscal fue que el agresor y la víctima estaban bebiendo licor en el salón de peinados y que el transexual por celos atacó al hombre con una navaja y en defensa el otro agarró una botella y le pegó en la cabeza. Además, que el agresor ganaba 20 soles al mes.
Siendo que las pruebas han arrojado otras cosas. La fiscal omitió considerar el protocolo de autopsia que señalaba que la muerte se produjo por asfixia. Omitió valorar testimonios que señalaban que la víctima pedía auxilio antes de morir.
No hubo ninguna actuación fiscal que demostrara que la navaja existió. El dosaje dio como resultado 0 alcohol. No existió ningún elemento que sustentara la posición fiscal respecto a que el agresor ganaba 20 soles mensuales, no hubo sustento documentario, lo que llevó a pedir una reparación civil nimia. Pésima actuación fiscal.

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