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«Fiscal explica que no pidió detención preliminar para sospechoso de asesinato porque trabajó en base a la presunción de inocencia»

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-Declara presidente de la Junta de Fiscales, Dr. Alberto Gallo Zamudio

– Agregó que el sospechoso colaboró desde que se produjo su intervención para el esclarecimiento de los hechos.

– De La Cruz Ortega manifestó al presidente de la Junta de Fiscales que «de acuerdo a su criterio y las pruebas en mano», no le generaron convicción para pedir la detención.

– Mientras familiares siguen esperando que el 2do. Juzgado Penal se pronuncie en el accionar legal.

Esto no podrá ser posible sino hasta el día jueves 5 de agosto, cuando la Jueza Dra. María Felices del juzgado mencionado regrese de viaje. Justamente ayer en horas de la mañana el joven asistente de la Dra. Felices se comunicaba con ella para indicarle que el presidente de la Corte había pedido un informe completo de lo avanzado en el tema. También le daba a conocer que la prensa la estaba buscando para que declare al respecto. Finalmente el asistente judicial mencionó que el Juzgado tenía 15 días para pronunciarse si da o no detención preliminar contra Jim Trigozo Arteaga, sospechoso de la muerte de la señora Blanca Ríos.

Presidente de la Junta de Fiscales del Distrito Judicial de Loreto, Dr. Mario Alberto Gallo Zamudio.
Presidente de la Junta de Fiscales del Distrito Judicial de Loreto, Dr. Mario Alberto Gallo Zamudio.

Mientras el presidente de la Junta de Fiscales del Distrito Judicial de Loreto, Dr. Alberto Gallo Zamudio, declaraba en torno a la decisión del Fiscal Carlos Augusto De La Cruz Ortega, de no solicitar detención preliminar para el presunto autor de los hechos.

«El Fiscal Carlos De La Cruz señala que desde el punto técnico legal,  el individuo (Jim Trigozo) había prestado todo el apoyo desde que se produjo su intervención por parte de la policía para el esclarecimiento de los hechos. Se ha trabajado bajo el principio universal de la presunción de inocencia. El fiscal ha sustentado su posición de no solicitar detención preliminar para el presunto autor de acuerdo a su criterio y las pruebas que tenía en mano. Indica que las mismas no le habían generado convicción para que se produzca la detención», mencionó el doctor Gallo Zamudio.

¿Por qué no utilizaron los 15 días para investigaciones más profundas?

-Los fiscales dentro de la autonomía que se les debe reconocer, al igual que todos los magistrados de la República, establecen los tiempos dentro de los cuales realizan una investigación. En ese caso puede establecer un plazo de 15 ó más días de acuerdo cómo se les presente el caso a evaluar. También tiene la facultad de investigar en menos tiempo.

Eso con el Nuevo Código Procesal Penal, en los distritos donde funciona, se resuelve en minutos, horas, ya no en días, eso no debe sorprendernos. Lo importante es centrarse en que se haga una fundamentación válida o argumentación técnico legal para la decisión que ha tomado.

¿Y el fiscal Carlos Augusto De La Cruz, qué fundamentación válida o argumento técnico legal importante ha hecho doctor?

-Quien motiva la solicitud de detención de una persona es la policía nacional en base a una serie de indicios, evidencias que motivan el pedido de detención preliminar de una persona…

¿Efectivamente, la policía entregó el atestado policial mencionando que sí había indicios razonables?

-El fiscal a su vez traslada el pedido debidamente motivado y fundamentado ante el juez de turno del Poder  Judicial. Sin embargo; es una potestad, no es una obligación que los fiscales que conocen una causa ante una petición que hace la policía, se detenga preliminarmente a un investigado. Puede o no compartir ese petitorio, es una facultad no es una obligación.  Se ha visto que muchos pedidos  de detención que hacen los fiscales a los jueces de turno del poder judicial, estos ni siquiera son concedidos. Todo tiene su razón de ser, no se trata de decisiones alegres o sin argumentación.

El fiscal De La Cruz, indicó que el 27 de julio iba a ejercitar la acción penal contra el presunto autor  ante el 2do. Juzgado Penal y que en todo caso correspondía a la Jueza que iba a conocer la denuncia, pronunciarse a través de su instrucción si ordenaba o no la detención del presunto autor. Si le daba comparecencia restringida o simple.

Si el Juzgado le ha dado al acusado comparecencia restringida, implica que el presunto autor está bajo reglas de conducta como: no ir a lugares de dudosa reputación, no ausentarse del lugar de la investigación, no cambiarse de domicilio, sin aviso. Si incumple tan solo una de esas prohibiciones, le corresponde al Ministerio Público solicitar al Juzgado la revocatoria de la Resolución por no haber cumplido. Eso está evaluando actualmente la 3ra.  Fiscalía Provincial Mixta, encargada por ahora al fiscal Vásquez  Chong.

¿El fiscal De La Cruz estaba de turno, por qué viajó?

-El hizo presente que su menor hijo estaba muy delicado de salud y lo llamaron de urgencia. Se podría decir que desde ayer empalmó con sus vacaciones porque ya estaban programadas para el mes de agosto. Lo que deseo aclarar  es que es un fiscal capaz, ha sido juez anteriormente. Se debe descartar que haya algún acto de corrupción de parte de él.

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2 COMENTARIOS

  1. En mi opinión ese doctor Gallo Zamudio siempre anda tapando la corrupción que existe en Loreto, ya es hora de que cambien de Jefe de la Fiscalía porque lo único que sabe hacer «es salir en los periodicos a decir mentiras»…ya basta!!!en esa institución se necesita de gente nueva que sea honrada que pueda cambiar el Ministerio Público….pero para que suceda eso deben cambiar a ese corrupto Gallo Zamudio.

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