En proceso relacionado a los créditos agrarios
Según el expediente No. 2300-2011-19-1903-JR-PE-01 por denuncia realizada ante la Fiscalía Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios en contra del ex director regional de agricultura Ítalo Orlando Cardama Vásquez por el delito de peculado y colusión en contra del Estado peruano –GOREL
Este caso que en la fecha se ventila en la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Loreto con la aplicación del Nuevo Código Procesal Penal, en donde se involucra a varios funcionarios del GOREL, según la Resolución No.08 del 18 de enero del 2012.
La Resolución indica que la relación funcional con los caudales no se da por cuanto el ingeniero Ítalo Cardama Vásquez era director regional de Agricultura y no tenía ningún tipo de relación funcional con el dinero que ha sido motivo de los préstamos agrarios, además que no tenía entre sus funciones el percibir, administrar o tener bajo custodia entre caudales, al no configurarse estos elementos exigidos en la tipicidad objetiva del tipo que se analiza .
Hecho al análisis correspondiente al delito de colusión a título de autoría, no hay indicios razonables, suficientes para decir que el investigado Ítalo Cardama haya realizado la concertación materia de imputación, es decir los magistrados Javier Solguren, María Edna Romero Ríos y Jorge Luis Cavides Luna, RESOLVIERON: revocar la resolución impugnada y reformándola declarar Fundada la excepción de improcedencia de acción deducida. Es decir excluyen a Ítalo Cardama Vásquez del proceso judicial referente a los créditos agrarios.





