“Estamos haciendo las gestiones para que un juzgado liquidador se convierta en juzgado de flagrancia”

  • Doctor Aldo Atarama
  • Permitirá la resolución rápida de muchos casos doctor Aldo Atarama

El doctor Aldo Atarama Lonzoy, presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto, con relación a la participación en el VI Congreso de Justicia Intercultural que se va a desarrollar en la ciudad de Puno y sobre la propuesta a presentar, dijo,  la agenda central de este congreso es relacionado al género, justicia intercultural y justicia penal, que son dos ejes importantes, más aún en el caso de Loreto que tiene la mayor cantidad de grupos indígenas, lo que nos obliga aplicarlos de manera permanente.
Este reconocimiento de estos pueblos como lo declara Naciones Unidas a través de los diferentes documentos, es por la existencia de los grupos indígenas antes de la llegada de los europeos y por el desarrollo de los principios, organizaciones, instituciones, que es lo que se debe reconocer.
Nuestro planteamiento particular en este tema es que no necesitamos crear juzgados interculturales, sino reconocer que las comunidades indígenas administran justicia, pues tienen la suerte de no tener abogados, jueces de manera directa, sino quienes son los jueces son los propios apus, la propia comunidad y son instituciones de justicia que debemos respetar.
Sobre los juzgados liquidadores
En este tema el doctor Atarama dijo, hemos encontrado un promedio de cinco  mil expedientes que están entre las salas liquidadoras y los juzgados, hemos hecho un inventario real, en el caso de los juzgados liquidadores tenemos en la fecha 3900 casos por resolver. Estamos ya no como dicen algunos en trámite, sino que se liquiden de una vez por todas con la finalidad de emitir las resoluciones finales, en los cuatro juzgados no solo han bajado la carga,  sino que tenemos una clasificación de los procesos para poder emitir la resolución correspondiente.
Reuniones constantes sobre la implementación del NCPP
Hay que aclarar un aspecto desde el punto de vista procesal e histórico, nosotros teníamos un código de procedimientos penales del año 1940 e incluso ante que se promulgara la convención internacional de derechos humanos y otros , y antes de la actual Constitución, entre otras, es decir no es el Perú, sino Latinoamérica en general el que implementa una serie de reformas, porque el código de 1940 es un sistema inquisitivo y a pesar de ser mixto no se consideraba una serie de garantías y derechos fundamentales, no estaban consideradas en el debido proceso, lo que generaba que las normas sean violentadoras de los derechos humanos de las personas; junto con esto, el tema de los plazos llevaba a que tengamos vergüenza de las cosas que se producían, porque un proceso duraba hasta veinte años y luego se terminaba dando una resolución con una pena suspendida a tres años y una reparación civil baja. Este sistema no funcionaba.
Con el NCPP no ocurre las demoras, los plazos son cortos, es por eso que los plazos deben respetarse, pero se debe tener en consideración que hay casos que son complejos, como los casos anticorrupción, y la gente quiere que estos casos se resuelvan de un día para otro, lo cual no es posible porque se tiene que acopiar medios probatorios, determinados plazos y generar las garantías que se requieran. Pero garantía no quiere decir impunidad, y la gente sigue diciendo este código es muy garantista, por lo tanto va a quedar en nada y eso no es cierto. Lo que pasa es que los plazos y los medios probatorios tiene que obtenerse de manera legal y esté debidamente justificado los procesos, porque cualquiera debe irse a la jurisdicción internacional y ganar el proceso, cuando nosotros no podemos establecer que se ha respetado el debido proceso, y el debido proceso no es solo para el imputado, sino para todas las partes; debe ser para el agraviado, es decir se debe cumplir con las garantías del debido proceso, respetando los derechos fundamentales de todas las partes.
Tenemos casos que han durado dos años y medio, pero ya están en juzgado para hacer la acusación, es decir ya se están iniciando los proceso por corrupción de funcionarios, de aquellos procesos que duraban entre quince a veinte años, hoy no duran más de tres años, es decir las personas que están involucradas tienen que entender que ya no se les va a juzgar dentro de quince años.
Lo que buscamos es que los casos de corrupción cumplan con los plazos establecidos y las debidas garantías, además las sentencias que se emitan deben ser en cumplimiento de normas constitucionales.
Invitación a la prensa para conocer sobre el NCPP
Siempre hemos invitado a la prensa  para que intercambiemos ideas opiniones y sobre el trabajo que venimos desarrollando, sin embargo llegan solo algunos y no viene todos, y son los que no vienen los que desinforman a la ciudadanía, lo que genera una reacción un poco complicada. Estuve en un medio de comunicación y me han increpado por qué han salido setecientos internos por el delito de robo, es decir hablaban de una mentira, porque en los últimos tres meses no han salido veinte personas, además los que salen es porque no hay pruebas o porque ya vencieron sus plazos o han sido absueltos por falta de medios probatorios, pero hay un sector de la prensa que aunque no hayan medios probatorios se condene y eso no puede hacer un juez. El sistema del NCPP está funcionado pero no como la gente quiere que se sancione a todo el mundo y que se meta a la cárcel a todos.
Hace siete años en el penal de Iquitos había cuatrocientos o quinientos  presos, en la fecha hay mil, lo que hace ver que la población penitenciaria se ha duplicado, es por eso lo que hay que trabajar es el tema de la prevención del delito, porque ninguna sociedad que sanciona es buena, pero mejor es una sociedad en donde no se cometen ilícitos penales.
Debo destacar que el Policía Nacional está realizando trabajos de prevención, porque están concurriendo a colegios, juntas vecinales a fin de prevenir la comisión de ilícitos penales y son los propios vecinos los que están comunicando rápidamente cuando hay algo sospechoso y eso es prevención del delito.
En la ciudadanía hay respuestas equivocadas como agarrar al delincuente y dejarlo manco, cuando eso lo que hace es generar mayor niveles de violencia, a lo que no debemos regresar porque hay una justicia oficial que tiene que cumplir su papel. El Poder Judicial cumple su papel  luego que el Ministerio Público cumpla con sus investigaciones y trae los medios probatorios respectivos.
Pretender desprestigiar al Poder Judicial
Sobre este tema, el doctor Aldo Atarama dijo, estamos ad portas de varios casos de actos de corrupción y estos actos de corrupción van a entrar al debate y se va a determinar qué personas son responsables y qué personas no tienen nada que ver en el tema. Va a depender de qué medios traigan las partes tanto como el Ministerio Público como por otro lado la defensa, y eso lo va resolver el juez; lo que sí debemos informar a la ciudadanía es que ya están vencidos los plazos de varios casos como de corrupción, delitos contra el patrimonio, de la libertad sexual, a todos se les da el mismo trato, pero debo aclarar que muchas veces no nos abastecemos para la gran cantidad de procesos, aunque hay casos como el de conducción en estado de ebriedad que  no tienen trascendencia, pero que son tratados en audiencia, indicó.
Casos de conducción en estado de ebriedad
Ya salió una norma que establece la rapidez sumaria de los procesos cuando se encuentran a las personas en flagrante delito, es un tema que esperamos difundirlo porque persona que es encontrada en flagrancia se le detiene y se le pone a la disposición del juez para que haga un proceso inmediato y se pide la detención y dentro de lo siete días se emiten las sentencias, y esto va a generar que casos de conducción en estado de ebriedad, omisión a la asistencia familiar, entre otros, se sancionen de manera inmediata.
Juzgado de flagrancia en la CSJLO
Estamos haciendo las gestiones para que algunos de los juzgados de liquidación se conviertan en juzgados de flagrancia de delitos, enfatizó el presidente de la Corte. (W.Gil)