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“Estado debe asegurar los derechos de todas las personas respetando su diversidad”

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  • Indican Defensor del pueblo, Diego Reátegui respecto para implementar políticas públicas para garantizar los derechos de las personas LGBTI
  • Explican que los principales problemas son la discriminación y exclusión social seguido de agresiones contra su vida e integridad, entre otros

Defensor del Pueblo en Loreto, Diego Reátegui

Ayer se publicó el Informe Defensorial N° 175, «Derechos humanos de las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex (LGBTI): Necesidad de una política pública para la igualdad en el Perú», en el que se evidencian los problemas que enfrenta este colectivo para el ejercicio de sus derechos fundamentales, debido a su orientación sexual e identidad de género.

El Defensor del Pueblo, Diego Reátegui, señaló que “no existe una política pública adecuada para la atención de la población LGBTI lo que genera que las pocas respuestas e iniciativas que a la fecha se han promovido, no cuenten con recursos, sostenibilidad ni generen el impacto esperado. Esta situación se hubiera podido empezar a superar con su inclusión en el Plan Nacional de Derechos Humanos, del cual fueron inexplicablemente excluidos en años anteriores”.

Asimismo, indicó que las personas LGBTI están frecuentemente expuestas a agresiones a su vida e integridad personal. “El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio Público han identificado 38 muertes violentas de integrantes de este sector durante los años 2012-2014. Por su parte, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos señala en su último monitoreo sobre la violencia contra las personas LGBTI que, en nuestro país, entre enero de 2013 y marzo del 2014, se registraron 17 asesinatos y 7 afectaciones a su integridad”, remarcó.

El informe también analiza las barreras existentes para el ejercicio y disfrute los derechos a la identidad y la salud. “Sobre el primero, las personas trans afrontan serias dificultades para que sus documentos de identidad reflejen su propia identidad. El cambio de nombre y/o sexo de una persona trans forma parte de su derecho a la identidad, por lo que debe ser reconocida y facilitada por el Estado”.

Señaló que las personas LGBTI padecen dificultades para el acceso, oportunidad y calidad en los servicios de salud. “Diversos testimonios dan cuenta que al acudir a los servicios de salud se les estigmatiza y no se visibilizan las enfermedades que requieren de atención prioritaria, como la salud sexual, reproductiva y mental. Es importante que el sistema de salud pública incorpore plenamente en sus prácticas un trato adecuado y respetuoso de este colectivo”.

Recordó que la atención de salud por parte del Estado está enfocada principalmente a la prevención y tratamiento del VIH/Sida y las ITS, no existiendo protocolos que tomen en cuenta la orientación sexual y la identidad de género de la personas en los diversos niveles de atención.

Por ello, Defensoría del Pueblo recomienda al Congreso de la República la aprobación de una ley que reconozca la identidad de género de las personas trans y la modificación del Código Penal para incluir expresamente la orientación sexual e identidad de género como categorías prohibidas de discriminación. Asimismo, se ha recomendado al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que se les incorpore en el próximo Plan Nacional de Derechos Humanos.

De otro lado, han recomendado al Ministerio de Salud incrementar el presupuesto de la estrategia de VIH/Sida para fortalecer las acciones destinadas a favor de las poblaciones más afectadas por esta epidemia, así como implementar servicios específicos en salud sexual, reproductiva y mental.

Asimismo, han recomendado al INEI incorporar la temática de orientación sexual e identidad de género en encuestas y censos para contar con información que permita desarrollar políticas públicas a su favor.

De igual modo, desarrollar acciones de capacitación para policías, fiscales y jueces en materia de igualdad y no discriminación por orientación sexual e identidad de género, producir datos estadísticos para conoces sus necesidades, entre otras.

“La obligación del Estado de proteger los derechos humanos de las personas LGBTI tiene como sustento los principios de igualdad y no discriminación contenidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en los tratados de derechos humanos. No son derechos nuevos ni especiales, sino los mismos que nos corresponden a todos y todas”, finalizó. (MIPR)

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