Con fecha 22 de marzo del año en curso, ha entrado en vigencia la Ley N° 31715: “Ley que modifica la ley 30364 para prevenir sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, para eliminar obstáculos y fortalecer su ejecución”.
La misma propone endurecer las sanciones para quienes cometan violencia familiar, siendo el cambio más significativo el retiro del agresor del domicilio de la víctima y la prohibición de regresar a éste en los casos de violencia física, reincidencia y riesgo severo.
Para lo cual, faculta a la Policía Nacional a ingresar al domicilio y ejecutar dicha medida; ello sin importar que el inmueble pertenezca a la sociedad conyugal.
Asimismo, sobre el ente policial manda el cumplimiento de realizar los registros exactos y detallados para una mejor ejecución de las medidas de protección, a saber:
- Contar con el mapa gráfico y georreferencial de registro de todas las víctimas con las medidas de protección que les hayan sido notificadas.
- Deben llevar un registro del servicio policial en la ejecución de la medida.
- Deben habilitar un canal de comunicación directo para atender y monitorear efectivamente el pedido de resguardo, pudiendo coordinar con los servicios de serenazgo municipal para brindar una respuesta oportuna.
Entre otras medidas importantes, que abarcan también responsabilidades sectoriales.
A partir de esta ley, la Corte Superior de Justicia de Loreto emitirá las medidas de protección en favor de las víctimas de violencia cuando corresponda el caso, contemplando estas modificaciones que ayudan a impartir una justicia más efectiva para quienes sufren estos hechos.
CSJ Loreto





