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Embarcadero “Huequito” no se puede vender o permutar, es inalienable

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  • Así lo afirma de manera contundente la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales.
  • De lo que tiene perfecto conocimiento la empresa Petroperú, por lo que desde hace tiempo descartaron de plano esa posibilidad.

En efecto, existe el oficio 218 del 10 de agosto del año 2018 de la oficina ejecutiva de Bienes Regionales y Patrimonio (Gorel) donde dan a conocer la absolución de consulta hecha a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, sobre PERMUTA entre el gobierno regional de Loreto y la empresa Petroperú.
“En la medida que Petroperú no es una entidad conformante de SNBE, por tratarse de una empresa estatal de derecho privado, dicha normativa No le es aplicable. En tal sentido se precisa qué para regularizar los actos de administración o disposición respecto del predio de titularidad de Petroperú, en posesión del gobierno regional de Loreto, no son de aplicación las normas de la SNBE, precedentemente señaladas, sino las que rigen a dicha empresa, así como las del código civil.
Respecto al predio del gobierno regional denominado “El Huequito”, registrado en la partida electrónica 04002890 en el registro de predios de Iquitos, cuyo uso establecido es el de EMBARCADERO.
Son predios de dominio público, los destinados al uso público, así como los que sirven de soporte para la prestación de cualquier servicio público como: los palacios, sedes gubernativas, museos, puertos, cementerios, entre otros, los cuales tienen el carácter de INALIENABLES e IMPRESCRIPTIBLES en virtud a lo establecido en el artículo 73 de la Carta Magna.
Así en la medida que el predio denominado “El Huequito” se encuentra destinado a servir de soporte para la prestación de un servicio público, como lo es ser un embarcadero, constituye un bien de dominio público, es decir adquiere la condición de inalienable e imprescriptible por lo que NO RESULTA FACTIBLE SU DISPOSICIÓN (por permuta) a favor de terceros.
En ese sentido NO es posible una permuta (trueque o cambio) entre un predio de propiedad de Petroperú con uno del gobierno regional de Loreto que se encuentra destinado a un embarcadero, de uso de dominio público, es decir INALIENABLE” más claro ni el agua de lluvia.
Firma la aclaración la Abog. Sara Corina Córdova Llacza, subdirectora de Normas y Capacitación (e) Superintendencia Nacional de Bienes Estatales.

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