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EL CONTADOR PÚBLICO Y EL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL

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Por: CPCC  Semira Linares Cruz   (Perito Contable Judicial)

A través de diversos medios de comunicación se está dando a conocer a la población que a partir del  01 de  Junio del presente año se aplicará  en nuestra Región el Nuevo Código Procesal Penal,  en delitos cometidos por funcionarios públicos, delitos  que  se encuentran detallados en el Capítulo II del TÍTULO XVIII del Código Penal.

 

Los delitos de: Abuso de Autoridad, Concusión, Peculado y Corrupción de Funcionarios en sus diversas modalidades, son los imputados a los funcionarios públicos que en el ejercicio de sus funciones vulneran las normas y provocan   deterioro patrimonial en las Instituciones para las que laboran.

 

Los Contadores Públicos, por disposición de nuestra Ley de Profesionalización, tenemos como función privativa el ejercicio de la Pericia Contable y  de acuerdo a la Ley Orgánica del Poder judicial – Título III – Capítulo I, somos considerados órgano de auxilio judicial y en el vigente  Código Procesal Penal intervenimos a solicitud del juzgador, cuando en la instrucción sea necesario conocer o apreciar algún hecho importante que requiera conocimientos contables.

 

Con el Nuevo Código Procesal Penal que entrará en vigencia este 01 de Junio, la actuación de los Peritos está determinada en los artículos 215º al 229º , lo novedoso es que será el Fiscal,  si lo considera pertinente, a fin de armar la teoría del caso y presente al juzgador todas las pruebas necesarias, quién dispondrá la realización de una  Pericia Contable y de la misma forma, tal como lo dispone  el artículo 222,  las partes: imputado, institución agraviada u otro, podrán designar también su Perito Contador, denominado Perito de Parte, quien podrá presenciar las Pruebas Periciales haciendo las observaciones que crea conveniente, pudiendo discrepar de las Conclusiones de la Pericia Oficial y presentar su propio Informe, en el marco del cual  el Fiscal podrá  propiciar un Debate entre ambos profesionales a fin de aclarar las discrepancias.

 

La corrupción es una de las principales causas del deterioro del patrimonio público y como  crimen organizado de cuello blanco, se ha agigantado tanto  en los métodos que usa para delinquir, como en la facilidad de violar normas y principios legales amparados en sus conocimientos y en el poder que gozan al momento de los ilícitos, es por ello, necesario señalar que la aplicación del Nuevo Código Procesal Penal es también un reto para  los Contadores Públicos que laboramos en esta Región, que debe conllevar a una constante capacitación profesional para un cabal desempeño tanto como Peritos Oficiales y de Parte y nos debe comprometer a desarrollar un trabajo técnico, resguardando los aspectos éticos y la dignidad profesional,  cuyas Conclusiones  plasmadas en un Informe Pericial, sean debidamente sustentadas, claras y rotundas   que permita a los investigadores y juzgadores, aclarar y resolver los puntos controvertidos, cumpliendo así  con el objetivo de nuestra convocatoria.

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