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El 09 de octubre resolverá caso de empresarios acusados de presunta violación

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– Sala de Apelaciones  de la CSJLO

audiencia de apelación
audiencia de apelación

 

En audiencia pública realizada ayer desde las dos de la tarde en la Sala de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Loreto,    se vio sobre la apelación por la prisión preventiva presentada por los abogados defensores de los investigados Óscar Alejandro Vásquez Rodríguez, Carlos Fonseca Trujillo, Denis Senosain Timaná y Lauria Julissa Chávez Flores (investigada por haber vendido presuntamente la virginidad de su prima de iniciales YVRM y otros).

El colegiado integrado por los magistrados Aldo Atarama Lonzoy, María Esther Felices Mendoza y Guillermo Bendezú Cigarán, bajo la dirección de debates del doctor Atarama inició la audiencia a las 02.15 pm, indicando las formas de llevar a cabo la audiencia, siendo interrumpido por el fiscal superior que solicitó se suspenda la audiencia para otra fecha debido a que no habían corrido el traslado de las apelaciones a la fiscalía (a excepción de la defensa de Óscar Vásquez Rodríguez), y de ese modo poder responder a las posiciones de la defensa técnica de los imputados

La petición del fiscal superior fue rebatida debido a que la audiencia se realiza en aplicación del NCPP y es oralizada en la misma, de tal forma que las posiciones se debaten luego de las exposiciones de los abogados defensores.

El doctor Enrique Mendoza abogado defensor de Carlos Fonseca Trujillo, en su exposición dijo que el juez de primera instancia solo se basó en el informe fiscal, además que es la propia fiscalía quien no dio los elementos de convicción, pues no son el peligro de fuga ni la obstaculización, además de no existir ninguna evidencia que su patrocinado haya participado en el presunto caso de violación que le imputan, solicitando se revoque el pedido de prisión preventiva.

Por su parte, el abogado defensor de Denis Senosain Timaná, en su exposición dijo que la resolución dada por el juez de primera instancia es una copia fiel del requerimiento fiscal, además que no ha valorado las pruebas, dijo que su patrocinado en ningún momento obstaculizó el proceso, además que no ha sido notificado pare el mismo y que no puede ser investigado por que no existe los presupuestos penales, por lo que solicitó se declare infundado el requerimiento de prisión preventiva en contra de su patrocinado.

Mientras tanto, la abogada Lilian Cavero del Estudio Jurídico Cavero y Asociados, defensa técnica del investigado Óscar Vásquez  Rodríguez, sustentó su apelación diciendo que se demostró que su patrocinado tiene arraigo familiar, trabajo de empresario, además que la menor se contradice en todas su manifestaciones y que todas las imputaciones en contra de su defendido son solo por sindicaciones, es decir la fiscalía no muestra elementos de convicción, además indicó que las fechas que indica la menor en donde presuntamente fue violada, su patrocinado se encontraba fuera de la ciudad en las oportunidades que le sindican, por lo que  han presentado los boletos, la documentación pertinente de los viajes realizados por negocios de Óscar Vásquez Rodríguez, y otras pruebas irrefutables por la fiscalía, solicitando se  revoque la solicitud de prisión preventiva .

A su turno, la defensa técnica de Laura Julissa Chávez Flores, dijo que no se puede solicitar prisión preventiva de su patrocinada debido a que tiene domicilio conocido, es ama de casa y además se dedica al cuidado de su menor hijo de un año y ocho meses de edad, solicitando también se revoque el mandato de prisión preventiva en contra de Julissa Chávez Flores.

A su turno, el fiscal superior refutó las ponencias de los abogados, dijo existir elementos de convicción en contra de los investigados como es el peligro de fuga porque las personas con poder económico, especialmente representan peligro procesal, por lo que solicitó se confirme el pedido de prisión preventiva en contra de los imputados.

Hubo una duplica de dos minutos, es donde uno de los abogados defensores dijo, los errores de los fiscales no deben ser avalados por los jueces, además que los elementos de convicción de la fiscalía no son fundados, además que no tiene argumentos el fiscal para desvirtuar las pruebas presentadas por los investigados.

El presidente del Colegiado, doctor Atarama, luego de escuchar a las partes dijo, el próximo miércoles nueve de octubre a las tres de la tarde se dará lectura de sentencia por este caso, pues la ley faculta 48 horas laborables para hacerlo. La audiencia  duró una hora con treinta minutos.

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