EDICTOS

E D I C T O    –   P E N A L
Por este Primer Edicto CITA, LLAMA Y EMPLAZA a los acusados EDGAR ERNESTO BERNAL DEL CASTILLO, AMADOR ARMANDO BERNAL DEL CASTILLO, GERMAN VARELA FASABI, JUAN JOSE ESPINOZA JARA y MARIO FELIX CASTAÑEDA INGA, para que concurran al local del Primer Juzgado Penal de Maynas, que despacha la señora Juez doctora MARIA ESTHER CHIRINOS MARURI, para la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA en la audiencia del día veintitrés de julio próximo, a hora once y treinta y cinco de la mañana,.- Por haberse dispuesto en la Inst. N° 2007 – 03023, que se le sigue por el delito  contra el Patrimonio – APROPIACION ILICITA, en agravio del EL ESTADO – GOREL; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de  inconcurrencia.- hágase saber con citación.- Sec.- Eddier Rojas Linares:
Iquitos, 30 de Junio del año 2010.
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EDICTO PENAL
EXP. No: 2009-01315
SECRETARIO: CARMEN ROSA VELA REYES
Que, en la Inst. N° 2009-01315, seguido contra SILVIA BARTRA SORIA, por el delito de FALSEDAD GENERICA, en agravio del ESTADO PERUANO; el PRIMER JUZGADO PENAL DE MAYNAS, ha expedido la siguiente Resolución: Resolución Numero Diez: DADO CUENTA: Con el escrito que antecede presentado por la procesada SILVIA BARTRA SORIA, agréguese a los autos; y, conforme a lo solicitado, adviértase que al formular su pedido “Reitero  solicitud de Pericia Química Peso Total” sea concordante al contenido señalado en el extremo inferior del escrito presentado el veintiuno de mayo del presente año; en consecuencia: Llámese severamente la atención al Abogado JOSE P. CASTILLO LOAYZA. Téngase presente. AVOCANDOSE al conocimiento de la presente causa la señora Juez que suscribe e INTERVINIENDO la Secretaria Judicial que da cuenta por Disposición Superior.
Iquitos, 08 de junio del 2010.
Abog. CARMEN ROSA VELA REYES
SECRETARIA JUDICIAL
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1° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 02201-2009-0-1903-JR-PE-01
ESPECIALISTA: CARMEN ROSA VELA REYES
EDICTO – PENAL
Que, en la Inst. Nº 2009 – 2201, seguido contra OMAR MONCADA ALVAN, por el delito de ACTOS CONTRA EL PUDOR, en agravio de la menor de iniciales P.S.P.V.; el PRIMER JUZGADO PENAL DE MAYNAS, ha expedido la siguiente Resolución: Resolución Número DOCE: DADO CUENTA; y apareciendo de autos que el procesado OMAR MONCADA ALVAN, no se apersono a la Lectura de Sentencia; en consecuencia por el Principio de Equidad SEÑALESE nueva fecha y para la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA la misma que se realizara el día CINCO DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO, A HORAS ONCE CON TREINTA Y CINCO; debiendo el acusado concurrir en la fecha y hora anotada al local del Juzgado, a efectos de darse cumplimiento a la diligencia precitada; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su INMEDIATA CAPTURA A NIVEL NACIONAL, sin perjuicio de que el secretario de la causa notifique a las demás partes y por EDICTO PENAL, para tal diligencia. con citación y haciéndose saber. NOTIFIQUESE.
Iquitos, 23 de Junio  del 2010
CARMEN ROSA VELA REYES
Secretaria Judicial
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QUEJA N° 008-2010-ODECMA-LORETO
QUEJOSO: RENE FRANCISCO GALLARDO PALOMINO
QUEJADO: SEGUNDO LOZANO RIOS
DOMENICA SANCHEZ SILVA
MOTVO: CONDUCTA DISFUNCIONAL
RESOLUCIÓN NUMERO SEIS.- Iquitos, veintiuno de junio del dos mil diez.- DADO CUENTA: Con la razón que antecede suscrito por la secretaria de Odecma Loreto, estando a su contenido; CONSIDERANDO: Que, la resolución N° 05 de fecha 26 de mayo del 2010, ha sido debidamente notificada; tal como se advierte de los cargos de las cedulas de notificación obrantes a fojas 56 al 58 y del 61 al 68, y de los edictos obrantes a fojas 66 al 68, sin que hayan interpuesto medio impugnatorio alguno dentro del término de ley contra la resolución referida, SE DECLARA, CONSENTIDA la resolución N° 05 de fecha 26 de mayo del 2010, emitida por la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura que resolvió: 1) Declarar improcedente la queja contra el servidor Segundo Lozano Ríos, en su actuación como Asistente de Juez del Quinto Juzgado Penal de Maynas; 2) Declarar improcedente la queja contra la servidora Domenica Sánchez Silva, en su actuación como Secretario Judicial del Quinto Juzgado Penal de Maynas, recomendándosele que en lo sucesivo cumpla con poner mayor celo en el cumplimiento de sus funciones. NOTIFIQUESE y una vez recabados los cargos correspondientes; ARCHIVESE DEFINITIVAMENTE, REMITIENDO la presente a la Oficina del Archivo Central de esta Corte. Regístrese y Comuníquese.
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QUEJA N° 009-2010-ODECMA-LORETO
QUEJOSO: JAQUER JIMENEZ PASTRANA
QUEJADO: DRA. GRACE SORAYA REATEGUI DIAZ
JORGE SANCHEZ TISNADO
MOTVO: CONDUCTA DISFUNCIONAL
RESOLUCIÓN NUMERO SIETE.- Iquitos, veintiuno de junio del dos mil diez.- DADO CUENTA: Con la razón que antecede suscrito por la secretaria de Odecma Loreto, estando a su contenido; CONSIDERANDO: Que, la resolución N° 06 de fecha 04 de mayo del 2010, ha sido debidamente notificada; tal como se advierte de los cargos de las cedulas de notificación obrantes a fojas 73 al 78 y del 81 al 92, y de los edictos obrantes a fojas 86 al 92, sin que hayan interpuesto medio impugnatorio alguno dentro del término de ley contra la resolución referida, SE DECLARA, CONSENTIDA la resolución N° 06 de fecha 04 de mayo del 2010, emitida por la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura que resolvió: 1) Declarar improcedente la queja contra la magistrada Grace Reategui Díaz, en su actuación como Jueza del Juzgado Mixto de Requena; 2) Recomendar a la doctora Grace Reategui Díaz, cumpla con ejercer el control permanente del personal a su cargo a fin de que desarrollen su labor con eficiencia; 3) Recomendar al servidor Jorge Sánchez Tisnado, en su actuación como Secretario Judicial del Juzgado Mixto de Requena, cumpla con poner mayor celo en el cumplimiento de sus funciones. NOTIFIQUESE y una vez recabados los cargos correspondientes; ARCHIVESE DEFINITIVAMENTE, REMITIENDO la presente a la Oficina del Archivo Central de esta Corte. Regístrese y Comuníque.
V-3(01,02 y 05)

EDICTO
En el Expediente Nº 01267-2009-0-1903-JP-CI-03, seguido por  Alberto Vela Manssur contra Banco de Crédito y otros sobre Ineficacia de Título Valor, el Juzgado de Paz Letrado de San Juan, ha dispuesto lo siguiente:
RESOLUCION NUMERO DIEZ, Iquitos veinticinco de Marzo del dos mil diez, DECISION:; Declarar FUNDADA la demanda, en consecuencia se declara la Ineficacia de Título Valor materia de autos, PUBLIQUESE por una sola vez. Fdo. Marlene C. Ticse Traverso – Juez, Abner Flores Huaman – Secretario.
Abog. SIMI KAMINI VASQUEZ MARTINEZ
SECRETARIA JUDICIAL
JUZGADO PAZ LETRADO SAN JUAN
V-1(01)
(S/.3.90)