EDICTO
Expediente Nº 00242-2012-0-1903-JR-FC-01, en lo seguidos por JOLBERTH ALEXANDER CHAPOÑAN CHAPOÑAN contra JULIO CESAR DAHUA TORRES, sobre ADOPCION, se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCION NUMERO DIESEIS.- Iquitos, catorce de Octubre del 2013.- VISTOS; la demanda de fojas 26-35 interpuesta por don JOLBERJTH ALEXANDER CHAPOÑAN CHAPOÑAN, incoando en la Vía de Proceso único, ADOPCIÓN POR EXCEPCIÓN, a favor del menor JOAO AZAEL DAHUA PAREDES, quien en la actualidad tiene tres años de edad, que la dirige contra el padre biológico JULIO CESAR DAHUA TORRES, RESUELVE: DECLARAR FUNDADA la demanda de Adopción por Excepción de fojas 26-35 de autos, interpuesta por don JOLBERTH ALEXANDER CHAPOÑAN CHAPOÑAN a favor del menor JOAO CESAR DAHUA TORRES, DECLARAR COMO PADRE del menor JOAO CESAR DAHUA TORRES, al demandante JOLBERTH ALEXANDER CHAPOÑAN CHAPOÑAN, debiendo en adelante identificarse el menor niño JOAO AZAEL CHAPOÑAN PAREDES, quien adquiere todos los derechos que le corresponden como hijo del demandante y ésta adquiere todos los derechos inherentes a la Patria Potestad, OFICIAR a la RENIEC, para que extienda nueva Partida de Nacimiento del niño en sustitución de la origina bajo responsabilidad funcional consignarse con la condición de adoptado, en atención al Principio Constitucional de Igualdad y No Discriminación; y Conservando Vigencia la partida de nacimiento original sólo para los efectos de impedimentos matrimoniales, sin costas ni costos, por la naturaleza del proceso. Consentida o ejecutoriada que sea la presente, una vez ejecutada, ARCHÍVESE DEFINITIVAMENTE, en el modo que establece la ley. NOTIFÍQUESE.- Firmado JUEZ ELENA PAJARES SALGADO.- Especialista: BLANCA OLANDY CUEVA BALCAZAR.
Iquitos, 12 de Agosto del 2014.
Abog. BLANCA OLANDY CUEVA BALCAZAR
Especialista Legal
1er Juzgado de Familia de Maynas
V-3(18,19 y 20) B/ 32636
S/. 51.00