EDICTOS

3° JUZGADO TRANSITORIO DE FAMILIA – Sede Central
EXPEDIENTE: 00438-2010-0-1903-JR-FT-03
MATERIA: VIOLENCIA FAMILIAR
MENOR: SALINAS FIGUEIRA, GABRIEL ANGELO
SALINAS FIGUEIRA, LUIS FERNANDO
SALINAS FIGUEIRA, BEATRIZ
RESPONSABLE DEL MENOR    : FUGEIRA DASILVA, FERNANDO
CONSULADO DE BRASIL EN PERU,
EDICTO
El Juzgado Transitorio de Familia de Maynas, hace de conocimiento que la señora Juez ha dictado la siguiente resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO TRECE Iquitos, dieciocho de julio de dos mil once. Por recibida la presente causa remitida por la Segunda Fiscalía de Familia de Maynas, agréguese a los autos y siendo el estado del presente proceso, PONGASE LOS AUTOS A DESPACHO PARA SENTENCIAR. Notifíquese; Interviniendo la secretaría judicial que suscribe por disposición superior.
Iquitos, 18 de julio de 2011
V-3(26,27 y 01)

 

EDICTO
ADMINISTRACION JUDICIAL DE BIENES DE MENOR.
Mediante Expediente Nº 00605-2011., seguidos por Arnaldo Grandez Canaquiri y Maribel de la Cruz Portocarrero, contra el Ministerio Público; sobre Autorización Judicial para Disponer Bien de Menor, en vía No Contenciosa; seguida por ante el Primer Juzgado de Familia que despacha la señora Juez Myrna Medina Calderon y Especialista Legal Mónica Cordero Inga; que, mediante resolución número Tres se resuelve admitir a trámite la presente solicitud en la vía de proceso No Contencioso y se señala como fecha y hora para la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial, el día Tres de Agosto del año en curso a horas Tres y Treinta de la tarde, en el local del juzgado. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que se indican y agréguese a los autos; con conocimiento da la parte demandante y del señor representante del Ministerio Público, la que se publica conforme a mandato.
MONICA BEATRIZ CORDERO INGA
Especialista Legal
Primer Juzgado de Familia de Maynas
V-3(26,27y 01)
(S/.20.60)

 

1° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 00897-2011-0-1903-JR-PE-01
EDICTO    PENAL
AUTOS Y VISTOS: Dado cuenta con el dictamen fiscal que antecede y; Por los fundamentos antes expuestos, el Primer  Juzgado Especializado Penal de Maynas, RESUELVE: en la VÍA SUMARIA ABRIR INSTRUCCION contra: YOLANDA ACOSTA DE CASUSO, como presunta autora del delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD – LESIONES CULPOSAS,  en agravio de RICHARD CHUJUTALLI  MORENO; en su virtud; PRACTÍQUENSE las siguientes diligencias: 1.- RECÍBASE la declaración instructiva de la inculpada YOLANDA ACOSTA DE CASUSO,  el día   veintitrés de agosto del dos mil once a horas diez con treinta de la mañana; Fijándose  la suma de  QUINIENTOS NUEVOS SOLES por concepto de CAUCION; Téngase como Tercero Civilmente responsable a don VICTOR RAUL CORNEJO DEL AGUILA, de quien se deberá su declaración el día quince de agosto del dos mil once a horas dos con diez de la tarde; RECÍBASE la Declaración Preventiva del agraviado RICHARD CHUJUTALLI MORENO, el día diez de agosto del dos mil once a horas diez con diez de la mañana; PRACTÍQUESE la Ratificación del Certificado Médico Legal de fojas 14, por parte de su autor, el día nueve de Agosto del dos mil once a horas tres y treinta de la tarde; TRÁBESE EMBARGO PREVENTIVO, OFICIANDOSE a los Registros Públicos de Loreto y a las Entidades Financieras y Bancarias, a fin de que informen sobre los bienes y cuentas bancarias de la inculpada. Hágase saber con citación al Ministerio Publico y aviso a la Sala Penal de Loreto. Avocándose al conocimiento del presente proceso el señor juez que suscribe y secretario judicial que da cuenta por disposición superior. Notifíquese.
Iquitos, 15 de julio del 2011.
ARMANDO AVALOS PANDURO
Secretaria Judicial
V-3(26,27 y 01)

 

1° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 01772-2010-0-1903-JR-PE-01
EDICTO  PENAL
SEÑÁLESE: para el día OCHO DE AGOSTO  del año DOS MIL ONCE, a horas DIEZ CON QUINCE DE LA MAÑANA, la diligencia de Lectura de Sentencia de la acusada: DUNIA VELA RÍOS, por la comisión del delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD, en la modalidad de LESIONES LEVES – FORMAS AGRAVADAS, en agravio de Clarisse Vela Ríos; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su INMEDIATA CAPTURA A NIVEL NACIONAL, debiéndose de notificar mediante EDICTO, sin perjuicio de notificar bajo cédula a las demás partes, para tal diligencia; con citación y haciéndose saber.
Iquitos, 19 de julio del 2011.
ARMANDO AVALOS PANDURO
Secretaria Judicial
V-3(26,27 y 01)

 

1° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 00863-2011-0-1903-JR-PE-01
EDICTO  PENAL
AMPLIESE hasta por TREINTA DIAS el plazo de la presente investigación y actúese las siguientes diligencias: Recíbase la declaración instructiva del inculpado RENE TUESTA VALENCIA el día cuatro de agosto del dos mil once a horas doce con diez, bajo apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE en caso de inconcurrencia; Recíbase la declaración preventiva del agraviado HERMOGENES TUESTA DIAZ el día cuatro de agosto del dos mil once a horas tres de la tarde, notificándose; recíbase la testimonial de RONALD ENRIQUE DIAZ DIAZ el día cuatro de agosto del dos mil once a horas tres con treinta de la tarde, notificándose; practíquese las demás diligencias que sean señaladas para un mejor esclarecimiento de los hechos; agréguese a los autos el oficio remitido por el banco Interbank y téngase presente; hágase saber, con citación.
Iquitos, 21 de julio del 2011.
ARMANDO AVALOS PANDURO
Secretario Judicial
V-3(26,27 y 01)

 

5° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 00348-2011-87-1903-JR-PE-05
ESPECIALISTA: JORGE W PALACIOS ROSADO
EDICTO
El Quinto Juzgado Penal de Maynas hace de conocimiento que el señor Juez ha dispuesto lo siguiente: HABILITESE fecha y hora para la Audiencia Especial de Terminación Anticipada, solicitada por el procesado JACKSON PEREA URRELO,  a llevarse a cabo el día DOS DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA, debiendo estar presente el procesado en la fecha y hora señalada, en compañía de su abogado defensor, caso contrario se le nombrará uno de oficio, bajo apercibimiento de tenerse por rechazada su solicitud, y proseguirse la causa conforme a su estado, Y NOTIFIUQESE al tercero Civil mente Responsable FUERZA NAVAL DE LA AMZONIA en su domicilio indicado en autos, por haberse dispuesto así en el incidente N° 348-2011-87 que se sigue en este Juzgado.
Iquitos, 18 de julio del 2011
V-3(26,27 y 01)