EDICTO PENAL
Instrucción Nro: 2009– 075– P.
Juez: JORGE ALEX VASQUES FLORES
Por la presente se cita y emplaza a la diligencia de Lectura de Sentencia. para el día VIERNES OCHO DE JULIO DEL PRESENTE AÑO A QUINCE HORAS.- diligencia a la cual deberá asistir obligatoriamente los acusados: NIMIA CUBICAJE SANCHEZ, ERIKA TEODOSIA YUMBATO CUBICAJE, JUNIOR LOPEZ ROJAS, en la fecha y hora señalada en el Local del Juzgado, bajo apercibimiento de ser Declarados Reos Contumaces en caso de inconcurrencia, ordenar sus captura a nivel nacional.- Derivado de la Instrucción N° 2009-075-P.- seguido contra NIMIA CUBICAJE SANCHEZ Y OTRO, por el delito LESIONES GRAVES en agravio de JORGE CARLOS RIOS CUBICAJE.
Caballo Cocha, 06 de Mayo del 2011.
V-3(16,17 y 18)
EDICTO PENAL
Instrucción Nro: 2010– 05– P.
Juez: JORGE ALEX VASQUES FLORES
Por la presente se cita y emplaza a la diligencia de Lectura de Sentencia. para el día LUNES TRECE DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA.- diligencia a la cual deberá asistir obligatoriamente los acusados: EDUARDO ESPINOZA MORALES y SEGUNDO NEMESIO PINEDO ALVAN, en la fecha y hora señalada en el Local del Juzgado, bajo apercibimiento de ser Declarados Reo Contumaces en caso de inconcurrencia. Derivado de la Instrucción N° 2010-05-P.- seguido contra EDUARDO ESPINOZA MORALES y OTRO, por el delito ABUSO DE AUTORIDAD en agravio de EDSON PERCY RENGIFO AGUILAR.
Caballo Cocha, 06 de Mayo del 2011.
V-3(16,17 y 18)
EDICTO CIVIL
Prescripción Adquisitiva de Dominio.
Expediente Nro : 2009– 009– C. seguido por JOSE CHAMPI TITO contra CARLOS DASILVA GARRIDO Y EVILA MANIHUARI MACA sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO
Juez: Jorge Alex Vázquez Flores
ESTRACTO DE DEMANDA: Interpongo Demanda DE Prescripción Adquisitiva de Dominio, del Inmueble ubicado en la calle: Ramón Castilla S/N. Manzana “50” Lote 16-A, de la Ciudad de Caballo Cocha, con un área Total de 150.00m2, Inscrito en la partida Nro. 00001422 del Registro Predial Loreto, a efecto de que se me declara judicialmente propietario de dicho predio, por haberla adquirido mediante la posesión, continua, pacífica y pública, por mas de seis años, mediando justo titulo y buena fe.- El Inmueble sub. materia tiene la siguientes medidas perimétricas: por frente con la calle Ramón Castilla, con 15.00 ml. Entrando por el lado derecho con el lote Nro. 16, con 10.00 ml, entrando por el lado izquierdo con el lote Nro. 17, con 10.00 ml, por el fondo con el lote Nro. 15, con 15.00 ml.
RESOLUCION NUMERO UNO, Caballo Cocha, Abril seis del dos mil nueve. AUTO Y VISTO; SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la presente demanda interpuesta por: JOSE CHAMPI TITO contra CARLOS DASILVA GARRIDO Y EVILA MANIHUARI MACA sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO,..PUBLIQUESE un extracto de la demanda y la presente resolución mediante edictos en el Diario la Región y en el Diario Oficial El Peruano, por espacio de tres días.
Caballo Cocha, 31de Marzo del 2011
V-3(16,17 y 18)
EDICTO PENAL
Instrucción Nro: 2009– 054– P.
Juez: JORGE ALEX VASQUES FLORES
Por la presente se notifica la Resolución numero doce al procesado a AQUILES MENDOZA TELLO DECLARASE Reo Contumaz y en este acto Designase como defensor de oficio al ciudadano ELVIS VEGA NACIMIENTO. PONGASE DE MANIFIESTO POR EL TERMINO DE TRES DIAS, conforme lo estipula el articulo 204 del Código de procedimiento Penal así mismo notifíquese a la parte agraviada- Derivado de la Instrucción N° 2009-054-P.- seguido contra AQUILES MENDOZA TELLO Y OTRO, por el delito CONTRA EL PATRIMONIO – HURTO AGRAVADO en agravio de AUSELITA VELA PINTO.
Caballo Cocha, 31 de Marzo del 2011.
V-3(16,17 y 18)
EDICTO PENAL
Instrucción Nro: 2010– 153– P.
Juez: JORGE ALEX VASQUES FLORES
Por la presente se cita y emplaza a la diligencia de declaración Instructiva de los Inculpados: CHRISTIAN INGA ZEVALLOS, EDWARD REATEGUI AREVALO, para el día DIECISEIS DE MAYO DEL DOS MIL ONCE, A HORAS OCHO, y DOS Y TREINTA DE LA TARDE. Respectivamente y los procesados NILTHON DANNY MAUTINO MARIÑO, ANGEL OMAR MELENDEZ MERMA, para el dia DIECIOCHO DE MAYO DEL PRESENTE AÑO A OCHO Y NUEVE DE LA MAÑANA, respectivamente del procesado ITLER CARDOSO RAMIREZ para el dia DIECINUEVE DE MAYO DEL PRESENTE AÑO A OCHO DE LA MAÑANA.- respectivamente, bajo apercibimiento, Derivado de la Instrucción N° 2010-153-P.- seguido contra NILTHON DANNY MAUTINO MARIÑO Y OTRO, por el delito CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA en agravio del ESTADO.
Caballo Cocha, 04 de Abril del 2011
V-3(16,17 y 18))
EDICTO PENAL
Instrucción Nro: 2010– 146– P.
Juez : JORGE ALEX VASQUES FLORES
Por la presente se cita y emplaza a la diligencia de declaración Instructiva de la Inculpada: MARTHA ZOILA PEREZ SANCHEZ, para el día VEINTI Y TRES MAYO DEL DOS MIL ONCE, A HORAS ONCE, HORAS. respectivamente, bajo apercibimiento de ser Declarado Reo Ausente en caso de inconcurrencia, ordenar sus captura a nivel nacional.- Derivado de la Instrucción N° 2010-146-P.- seguido contra MARTHA ZOILA PEREZ SANCHEZ, por el delito CONTRA LA SEGURIDAD PUBLICA – PELIGRO COMUN – TENENCIA ILEGAL DE ARMAS en agravio del ESTADO .
Caballo Cocha, 04 de Abril del 2011
V-3(16,17 y 18)
EDICTO PENAL
Instrucción Nro: 2010– 88– P.
Juez: JORGE ALEX VASQUES FLORES
Por la presente se cita y emplaza a la diligencia de Lectura de Sentencia. para el día MIERCOLES SEIS DE JULIO DEL PRESENTE AÑO A OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA.- diligencia a la cual deberá asistir obligatoriamente el acusado: WILDER PEREZ MOZOMBITE, en la fecha y hora señalada en el Local del Juzgado, bajo apercibimiento de ser Declarado Reo Contumaz en caso de inconcurrencia, ordenar sus captura a nivel nacional.- Derivado de la Instrucción N° 2010-088-P.- seguido contra WILDER PEREZ MOZOMBITE, por el delito de LESIONES LEVES en agravio de GUADALUPE TELLO GOICOCHEA
Caballo Cocha, 14 de Abril del 2011
V-3(16,17 y 18)
EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE COMISARIA
Que atiende la señorita Juez ANNUIR PEIXOTO SOPLIN, notifica a AYARZA GOMEZ, EMERZON, la resolución UNO de autos que a la letra dice: AUDIENCIA ÚNICA EL DÍA TRES DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA a realizarse en el local juzgado sito en calle Ricardo Palma N° 552 – Segundo Piso. EXP. 376-2011
Iquitos, 28 de abril de 2011
SECRETARIO JUDICIAL
ALAN GABRIEL ANTÓN ARANA
V-3(16,17 y 18)
EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE COMISARIA
Que atiende la señorita Juez ANNUIR PEIXOTO SOPLIN, notifica a NOGUEIRA MORI, SEGUNDO LARRY, la resolución UNO de autos que a la letra dice: AUDIENCIA ÚNICA EL DÍA VEINTE DE MAYO DEL PRESENTE AÑO A HORAS DOCE DEL MERIDIANO a realizarse en el local juzgado sito en calle Ricardo Palma N° 552 – Segundo Piso, a fin de ratificarse en su denuncia bajo apercibimiento de ordenarse el ARCHIVO DEFINITIVO en caso de inconcurrencia. EXP. 290-2011
Iquitos, 28 de abril de 2011
SECRETARIO JUDICIAL
ALAN GABRIEL ANTÓN ARANA
V-3(16,17 y 18)
EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE COMISARIA
Que atiende la señorita Juez ANNUIR PEIXOTO SOPLIN, notifica a ZUMBA ALVIZ PETER, la resolución UNO de autos que a la letra dice: AUDIENCIA ÚNICA EL DÍA TREINTA DE MAYO DEL PRESENTE AÑO A HORAS DOS DE LA TARDE a realizarse en el local juzgado sito en calle Ricardo Palma N° 552 – Segundo Piso. EXP. 358-2011
Iquitos, 28 de abril de 2011
SECRETARIO JUDICIAL
ALAN GABRIEL ANTÓN ARANA
V-3(16,17 y 18)
EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE COMISARIA
Que atiende la señorita Juez ANNUIR PEIXOTO SOPLIN, notifica a JIMENEZ GUERRA, CRUZ INES, la resolución TRES de autos que a la letra dice: HACER EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO DECRETADO MEDIANTE RESOLUCIÓN DOS, ORDENÁNDOSE EL ARCHIVO DEFINITIVO DEL PRESENTE PROCESO CONFORME A LEY. EXP. 1722-2010
Iquitos, 28 de abril de 2011
SECRETARIO JUDICIAL
ALAN GABRIEL ANTÓN ARANA
V-3(16,17 y 18)
EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE COMISARIA
Que atiende la señorita Juez ANNUIR PEIXOTO SOPLIN, notifica a NOGUEIRA MORI, SEGUNDO LARRY, la resolución UNO de autos que a la letra dice: AUDIENCIA ÚNICA EL DÍA VEINTE DE MAYO DEL PRESENTE AÑO A HORAS DOCE DEL MERIDIANO a realizarse en el local juzgado sito en calle Ricardo Palma N° 552 – Segundo Piso, a fin de ratificarse en su denuncia bajo apercibimiento de ordenarse el ARCHIVO DEFINITIVO en caso de inconcurrencia. EXP. 290-2011
Iquitos, 28 de abril de 2011
SECRETARIO JUDICIAL
ALAN GABRIEL ANTÓN ARANA
V-3(16,17 y 18)
EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE COMISARIA
Que atiende la señorita Juez ANNUIR PEIXOTO SOPLIN, notifica a FLORES GOMEZ, MARCO ANTONIO, para que asista a la AUDIENCIA UNICA a celebrarse el día TRECE DE JUNIO del año en curso, a horas NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), a realizarse en el local del TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – Sede Comisaría, sito en Calle Ricardo Palma 552 – Segundo Piso; BAJO APERCIBIMIENTO DE TENERSE POR DESISTIDO LA PRESENTE DENUNCIA Y PROCEDER AL ARCHIVO DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA en caso de inconcurrencia de la parte agraviada a la precitada diligencia. Expediente N° 152-2011.
Iquitos, 28 de abril de 2011
SECRETARIO JUDICIAL
ALAN GABRIEL ANTÓN ARANA
V-3(16,17 y 18)
EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE COMISARIA
Que atiende la señorita Juez ANNUIR PEIXOTO SOPLIN, notifica a DIAZ PORTILLA, CAMILA, la resolución UNO de autos que a la letra dice: AUDIENCIA ÚNICA EL DÍA VEINTISIETE DE MAYO DEL PRESENTE AÑO A HORAS NUEVE DE LA NOCHE a realizarse en el local juzgado sito en calle Ricardo Palma N° 552 – Segundo Piso, a fin de ratificarse en su denuncia bajo apercibimiento de ordenarse el ARCHIVO DEFINITIVO en caso de inconcurrencia. EXP. 334-2011
Iquitos, 28 de abril de 2011
SECRETARIO JUDICIAL
ALAN GABRIEL ANTÓN ARANA
V-3(16,17 y 18)
EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE COMISARIA
Que atiende la señorita Juez ANNUIR PEIXOTO SOPLIN, notifica a YAICATE MURAYARI, JUANA, para que asista a la AUDIENCIA UNICA a celebrarse el día DIEZ DE JUNIO del año en curso, a horas NUEVE DE LA NOCHE (HORA EXACTA), a realizarse en el local del TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – Sede Comisaría, sito en Calle Ricardo Palma 552 – Segundo Piso, BAJO APERCIBIMIENTO DE TENERSE POR DESISTIDA LA PRESENTE DENUNCIA Y PROCEDER AL ARCHIVO DEFINITVO DE LA PRESENTE CAUSA en caso de inconcurrencia de la parte agraviada a la precitada diligencia. Expediente N° 00198-2011.
Iquitos, 26 de abril de 2011
SECRETARIO JUDICIAL
ALAN GABRIEL ANTÓN ARANA
V-3(16,17 y 18)
EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE COMISARIA
Que atiende la señorita Juez ANNUIR PEIXOTO SOPLIN, notifica a VELA CACHIQUE, LERY (MENOR), la resolución UNO de autos que a la letra dice: APROBAR LA TRANSACCIÓN EXTRAJUDICIAL ARRIBADA ENTRE MARCELINO FLORES NOLORVE Y BELMIRA CACHIQUE GREFA, declarando fenecido el proceso y ordenando remitir los autos al almacén central para su ARCHIVO DEFINITIVO. EXP. 360-2011.
Iquitos, 03 de mayo de 2011.
SECRETARIO JUDICIAL
ALAN GABRIEL ANTÓN ARANA
V-3(16,17 y 18)
EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE COMISARIA
Que atiende la señorita Juez ANNUIR PEIXOTO SOPLIN, notifica a CESAR VILLACREZ FACHIN, para que asista a la AUDIENCIA UNICA a celebrarse el día DIEZ DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO, A HORAS CINCO DE LA TARDE en el local del juzgado sito en calle Ricardo Palma N° 552. Expediente N° 0460-2011.
Iquitos, 03 de mayo de 2011
SECRETARIO JUDICIAL
ALAN GABRIEL ANTÓN ARANA
V-3(16,17 y 18)
EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE COMISARIA
Que atiende la señorita Juez ANNUIR PEIXOTO SOPLIN, notifica a RUIZ MACEDO, YESSENIA DEL PILAR y SILVANO RUIZ, JEFFERSON ADRIANO, la resolución CUATRO de autos que a la letra dice: AUDIENCIA ÚNICA PARA EL DÍA SEIS DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS SEIS DE LA TARDE a realizarse en el local del juzgado sito en calle Ricardo Palma N° 552 – Segundo Piso, a fin de ratificarse en su denuncia bajo apercibimiento de ordenarse el ARCHIVO DEFINITIVO en caso de inconcurrencia de la parte agraviada a la precitada diligencia. EXP. 1650-2010
Iquitos, 03 de mayo de 2011.
SECRETARIO JUDICIAL
ALAN GABRIEL ANTÓN ARANA
V-3(16,17 y 18)
EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE COMISARIA
Que atiende la señorita Juez ANNUIR PEIXOTO SOPLIN, notifica a PAREDES VITERI, JAIME ADOLFO y RUIZ SILVA, ROGER SEGUNDO, la resolución siete de autos, que a la letra dice: SE RESUELVE: HACER EFECTIVO el apercibimiento decretado mediante resolución numero seis, ordenándose el ARCHIVO DEFINITIVO del presente proceso conforme a ley. Expediente N° 1136-2010.
Iquitos, 03 de mayo de 2011
SECRETARIO JUDICIAL
ALAN GABRIEL ANTÓN ARANA
V-3(16,17 y 18)
EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE COMISARIA
Que atiende la señorita Juez ANNUIR PEIXOTO SOPLIN, notifica a MONTELUIS BICERRA, CARLOS JAVIER y PEREYRA OTRERA, ANGELLA GRACE, la resolución CINCO de autos que a la letra dice: SE RESUELVE: HACER EFECTIVO el apercibimiento decretado mediante resolución numero uno, ordenándose el ARCHIVO DEFINITIVO del presente proceso conforme a ley. EXP. 208-2011
Iquitos, 3 de mayo de 2011.
SECRETARIO JUDICIAL
ALAN GABRIEL ANTÓN ARANA
V-3(16,17 y 18)
EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE COMISARIA
Que atiende la señorita Juez ANNUIR PEIXOTO SOPLIN, notifica a DELGADO VELA, DENIS JHONY, para que asista a la AUDIENCIA UNICA a celebrarse el día CATORCE DE JUNIO del año en curso, a horas DOCE Y TREINTA DE LA TARDE (HORA EXACTA), a realizarse en el local del TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – Sede Comisaría, sito en Calle Ricardo Palma 552 – Segundo Piso; BAJO APERCIBIMIENTO DE TENERSE POR DESISTIDO LA PRESENTE DENUNCIA Y PROCEDER AL ARCHIVO DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA en caso de inconcurrencia de la parte agraviada a la precitada diligencia. Expediente N° 298-2011.
Iquitos, 03 de mayo de 2011
SECRETARIO JUDICIAL
ALAN GABRIEL ANTÓN ARANA
V-3(16,17 y 18)
EDICTO PENAL
Inst. N° 2010 – 00701
SECRETARIA: ABOG. NERI ISABEL RAMIREZ CERVAN
Se cita, llama y emplaza al acusado JOSE LUIS CHINCHAY LLOCLLA, para que comparezca ante el Cuarto Juzgado Penal de Maynas, el día 16MAYO11 a hrs. 10:00 a.m., con la finalidad de verificarse la diligencia instructiva, en el proceso seguido por el delito de FALSEDAD IDEOLOGICA, en agravio de ESTADO – RENIEC; quedando bajo expreso apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE y ordenar su captura a nivel nacional.
Iquitos, 19 de Abril del 2011
V-3(16,17 y 18)
EDICTO PENAL
Inst. N° 2009 – 01759
SECRETARIA: ABOG. NERI ISABEL RAMIREZ CERVAN
Se cita, llama y emplaza a la Tercero Civilmente Responsable LIGIA TERESA VELA DEL AGULA, para que comparezca ante el Cuarto Juzgado Penal de Maynas, el día 16MAYO11 a hrs. 12.30 m., con la finalidad de verificarse la diligencia de declaración judicial, en el proceso seguido a ADOLFO CHRISTIAN CULQUI VELA, por el delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD – LESIONES CULPOSAS, en agravio de ALEXANDER MAYTAHUARI MACUYAMA.
Iquitos, 27 de Abril del 2011
V-3(16,17 y 18)
EDICTO PENAL
INST No. 1044 – 2009
SECRETARIO DE SALA: ABG. MARJORIE PASQUEL G.
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, cumple con notificar a la persona de SEGUNDO REATEGUI CACHIQUE; a efectos de que se pongan a derecho y concurra a la audiencia de Juicio Oral que se llevara a cabo en la Sala De Audiencias de la corte superior de Justicia de Loreto EL LUNES ONCE DE JULIO DEL DOS MIL ONCE A HORAS NUEVE CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA; y se defienda de los cargos formulados en su contra en la Instrucción No. 1044 – 2009, que se le sigue por el delito de Violación Sexual de Menor de Catorce Años en agravio de la menor de iniciales K.MR.M, bajo apercibimiento de revocársele la Comparecencia Restringida por el de Detención y Ordenarse su inmediata Búsqueda Ubicación Captura e Internamiento en el Establecimiento Penal de Varones en caso de inconcurrencia.
Iquitos, 03 de Mayo del 2011
V-3(16,17 y 18)
EDICTO PENAL
INST No. 2428 – 2000
SECRETARIO DE SALA: ABG. MARJORIE PASQUEL G.
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, cumple con notificar a la persona de TITO VARGAS LOPEZ; a efectos de que se ponga a derecho y concurra a la audiencia de Juicio Oral que se llevará a cabo en la Sala De Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Loreto EL LUNES VEINTE DE JUNIO DEL DOS MIL ONCE A HORAS NUEVE CON QUINCE MINUTOS DE LA MAÑANA; y se defienda de los cargos formulados en su contra en la Instrucción No. 2428 – 2000, que se le sigue por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas en agravio del Estado bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y Ordenarse su inmediata Búsqueda Ubicación Captura e Internamiento en el Establecimiento Penal de Varones para su juzgamiento en caso de inconcurrencia.
Iquitos, 03 de Mayo del 2011
V-3(16,17 y 18)
EDICTO PENAL
INST No. 2232 – 2010
SECRETARIO DE SALA: ABG. MARJORIE PASQUEL G.
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, cumple con notificar a las personas de YURI GARAY MELENDEZ CARDENAS, el Dictamen Penal Superior que establece HABER MERITO PARA PASAR A JUICIO ORAL en sus contra, como autores del delito Contra La Salud Publica – TRAFICO ILICITO DE DROGAS en agravio del Estado y concluye: FORMULA ACUSASION contra Yuri Gary Meléndez Cárdenas como presunto autores del delito Contra La Salud Publica – TRAFICO ILICITO DE DROGAS en agravio del Estado y Solicita se les imponga la PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD DE DIEZ AÑOS …; asimismo una Reparación Civil de Mil Nuevos Soles.
Iquitos, 04 de Mayo del 2011
V-3(16,17 y 18)
EDICTO PENAL
INST No. 52 – 2011
SECRETARIO DE SALA: ABG. MARJORIE PASQUEL G.
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, cumple con notificar a las personas de MAX ROJAS CASTERNOQUE padre de la menor de iniciales D.R.G. y JULIAN PACAYA MANUYAMA, el Dictamen Penal Superior que establece NO HABER MERITO A JUICIO ORAL contra Julián Pacaya Manuyama, como autor del delito Contra La Libertad Sexual – Violación Sexual de Menor de Catorce Años en agravio de la menor de iniciales D.R.G y concluye: NO FORMULA ACUSASION contra Julián Pacaya Manuyama como presunto autor del delito Contra La Libertad Sexual – Violación Sexual de Menor de Catorce Años en agravio de la menor de iniciales D.R.G y Solicita se ARCHIVE DEFINITIVAMENTE el presente proceso
Iquitos, 04 de Mayo del 2011
V-3(16,17 y 18)
EDICTO PENAL
INST No. 148 – 1999
SECRETARIO DE SALA: ABG. MARJORIE PASQUEL G.
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, cumple con notificar a la persona de MIGUEL ANGEL GONZALES NUÑEZ; a efectos de que se ponga a derecho y concurra a la audiencia de Juicio Oral que se llevará a cabo en la Sala De Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Loreto EL MIERCOLES VEINTE DE JULIO DEL DOS MIL ONCE A HORAS NUEVE CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA; y se defienda de los cargos formulados en su contra en la Instrucción No. 148 – 1999, que se le sigue por el delito de Peculado en agravio del Estado – FONCODES; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y Revocársele la Comparecencia Restringida por el de Detención y Ordenarse su inmediata Búsqueda Ubicación Captura e Internamiento en el Establecimiento Penal de Varones para su juzgamiento en caso de inconcurrencia.
Iquitos, 04 de Mayo del 2011
V-3(16,17 y 18)
EDICTO PENAL
INST No. 2296 – 2010
SECRETARIO DE SALA: ABG. MARJORIE Z. PASQUEL G.
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, cumple con notificar a la persona de IMELDA HUAYAMBI LOZANO Tía de la menor de iniciales R. Del P.H.S, el Dictamen Penal Superior que establece NO HABER MERITO PARA PASAR A JUICIO ORAL contra OSBER ROJAS ARRIAGA, como autor del delito de Contra la Libertad Sexual – VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de la menor de iniciales R. del P.H.S. y concluye: NO FORMULA ACUSASION contra Osber Rojas Arriaga como presunto autor del delito contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de Menor de Edad. Tipificado en el inciso 3 del párrafo primero del artículo 173 del Código Penal modificado por la Ley No. 28704.
Iquitos, 31 de Enero del 2011
V-3(16,17 y 18)
EDICTO PENAL
INST No. 810 – 2005
SECRETARIO DE SALA: ABG. MARJORIE PASQUEL G.
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, cita y emplaza a las personas de ARMANDO LACHI GONZALES, EDGAR HUAMAN VALENCIA, WELINGTON ORDOÑEZ VASQUEZ, FRANCISCO PEZO PIÑOLA, MARIO ALBERTO SOTO VASQUEZ, JOSE ORLANDO OLIVEIRA, GLADYS CHINO CAHUAZA Y ADOLFO RENGIFO HUALINGA y WILLIAM HIDALGO CARDENAS a efectos de que se pongan a derecho y concurran a la Audiencia de Juicio Oral que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias de la corte Superior de Justicia de Loreto el MIERCOLES VEINTICINCO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL ONCE , A HORAS NUEVE CON QUINICE MINUTOS DE LA MAÑANA (09:15) y se defiendan de los cargos formulados en sus contra, en la Instrucción No. 810 – 2005, que se les sigue por el delito de Colusión Desleal y Otros en agravio del Estado – Municipalidad Distrital de Trompeteros, bajo apercibimiento de ser declarados REOS CONTUMACES y REVOCARSELES el mandato de comparecencia por el de DETENCION ordenándose sus inmediata Ubicación Captura e Internamiento en el Establecimiento penal en caso de inconcurrencia.
Iquitos, 22 de Marzo del 2011
V-3(16,17 y 18)
EDICTO PENAL
INST No. 40 – 2007
SECRETARIO DE SALA: ABG. MARJORIE PASQUEL G.
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, cumple con notificar a las personas de GILBERTO ZAGACETA RUNRRILL, JUAN ESCOBEDO GUABLOCHE, MARLENE PERAZA AMIAS, FERNANDO TUESTA NAVARRO, PEDRO WESEMBER CORAL, GUSFREDO ENRIQUE GUEVARA VELIS, NILCER RADO RUIZ, EDINSON RAMIRO CHUQUIVAL SAAVEDRA, JUAN JOSE SILVA NAPUCHI, FABRICIANO SANGAMA NAPUCHI, PABLO ENRIQUE MARTINEZ TAMANI GESNER DAVILA MEGO, MARIA LUISA RIVAS RUIZ, WILSON RENGIFO WALINGA, MARCO ANTONIO RAMIREZ ALVAREZ, JORGE GUILLERMO SANCHEZ MORENO IZAGUIRRE, NEMESIO DIAZ PIÑOLA, JUAN IHUARAQUI INUMA, JORGE DIAZ OLIVERA, JORGE SANGAMA SANDY, RICARDO ANDRADE CHANCHARI, EDWAR ADONIS DIAZ VASQUEZ, WENY GARCÍA PIZANGO Y FELIX FAURE GRANDEZ; a efectos de que concurran a la audiencia de Juicio Oral que se llevara a cabo en la Sala De Audiencias de la Corte superior de Justicia EL MIERCOLES TRECE DE JULIO DEL DOS MIL ONCE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA; y se defiendan de los cargos formulados en sus contra en la Instrucción No. 40 – 2007, que se les sigue por el delito de Peculado y Otro en agravio del Estado – Municipalidad Distrital de Trompeteros, bajo apercibimiento de ser declarados REOS CONTUMACES y revocárseles la Comparecencia Restringida por el Detención en caso de inconcurrencia y ordenarse su inmediata Búsqueda, Ubicación, Captura e Internamiento en el Establecimiento Penal.
Iquitos, 17 de Enero del 2011
V-3(16,17 y 18)
EDICTO FAMILIA TUTELAR
La Señora Juez del Segundo Juzgado Especializado de Familia de Maynas, CITA, LLAMA Y EMPLAZA, a la MADRE BIOLÓGICA doña VICTORIA SEOPA MAFALDO , a efectos que se APERSONE A ESTE JUZGADO, en término de TRES DÍAS de haber tomado conocimiento de la presente publicación, con la finalidad de RECABAR su DECLARACIÓN JUDICIAL y resolver la situación jurídica de sus menores hijas EMA LUZ, MILAGROS DE LOS ÁNGELES, y ROSA FLOR GONZÁLES SEOPA; requerido en el proceso de investigación tutelar Nº 00148-2011-FT-02, sobre “Abandono Material y Peligro Moral”, aperturado a sus favor. Fdo.- Doctora JENNY POMALAZA CASABONA.-Juez Titular. Fdo.- Abogada NATALY MALDONADO RENGIFO, Secretaria Judicial que da cuenta.
Iquitos, 11 de mayo de 2011
V-3(16,17 y 18)
1° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 01005-2010-0-1903-JR-PE-01
EDICTO PENAL
En la presente instrucción por RESOLUCIÓN NÚMERO: OCHO: SEÑALA: para el día VEINTE DE MAYO del año DOS MIL ONCE, a horas NUEVE CON CUARENTICINCO DE LA MAÑANA, la diligencia de Lectura de Sentencia del acusado: ELY GONZALES LOPEZ, por el delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD –LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, en la modalidad de EL QUE CAUSA UN DAÑO EN EL CUERPO POR VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de ERIKA SHUPINGAHUA RUIZ; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su INMEDIATA CAPTURA A NIVEL NACIONAL, debiendo el Secretario de la causa notificar mediante EDICTO, sin perjuicio de notificar bajo cédula a las demás partes, para tal diligencia; con citación y haciéndose saber.
Iquitos, 11 de mayo del 2011.
CARMEN ROSA VELA REYES
Secretaria Judicial
V-3(16,17 y 18)
1° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 01403-2009-0-1903-JR-PE-01
EDICTO PENAL
En la presente instrucción por RESOLUCIÓN NÚMERO: VEINTIOCHO SE
SEÑALA: para el día VEINTE DE MAYO del año DOS MIL ONCE, a horas DIEZ CON QUINCE DE LA MAÑANA, la diligencia de Lectura de Sentencia de los acusados: SONIA PINEDO MARICHE, ANGELA PAOLA ACHO LOPEZ, EMMA ANDREA ASPAJO CORAL, ORFITA ELOISA GONZALES COTRINA, DIANDRA VALENTINA LOPEZ TANGOA, MAX LENNIN ROJAS PIÑA, OTILIA RENGIFO TELLO y VILI AURORA SHAHUANO PINEDO, como autores del delito contra El Patrimonio – USURPACIÓN AGRAVADA, en agravio de Néstor Julián Lozano Tuanama; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su INMEDIATA CAPTURA A NIVEL NACIONAL, debiendo el Secretario de la causa notificar mediante EDICTO, sin perjuicio de notificar bajo cédula a las demás partes, para tal diligencia; con citación y haciéndose saber.
Iquitos, 11 DE MAYO del 2011.
CARMEN ROSA VELA REYES
Secretaria Judicial
V-3(16,17 y 18)
1° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 01674-2009-0-1903-JR-PE-03
EDICTO PENAL
Se ha emitido la RESOLUCIÓN NÚMERO: DIECIOCHO donde se dispone REPROGRAMAR para la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA del acusado BENJAMIN CACHIQUE ROSAS, la misma para el día VEINTE DE MAYO DEL AÑO EN CURSO, A HORAS DIEZ CON VEINTICINCO DE LA MAÑAN; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su INMEDIATA CAPTURA A NIVEL NACIONAL, sin perjuicio de que el secretario de la causa notifique a las demás partes y por EDICTO PENAL, para tal diligencia. con citación y haciéndose saber. NOTIFIQUESE.
Iquitos, 09 de mayo del 2011.
CARMEN ROSA VELA REYES
Secretaria Judicial
V-3(16,17 y 18)
QUEJA N° 047-2009-ODECMA-LORETO
QUEJOSO: ELIAS TANTALEAN DÍAZ
QUEJADO: Dr. ROLANDO VARGAS VEGA
MOTVO: INCONDUCTA FUNCIONAL
RESOLUCIÓN NUMERO VEINTIOCHO.- Iquitos, once de abril del dos mil once.- VISTOS; Por recibidos los autos, se pasa a emitir la resolución que corresponde; y, CONSIDERANDO: DEL INICIO DEL PROCESO DISCIPLINARIO.- El proceso se inicia en mérito a la queja presentada por Elías Tantalean Díaz, en contra del Juez de Paz Letrado de Contamana Rolando Vargas Vega, bajo los siguientes cargos. Que, interpuso demanda de obligación de dar suma de dinero, generando el expediente Nro. 09-2008, en el referido proceso se resuelve la tacha contra el documento, declarado fundada la tacha, bajo el fundamento que no es la firma del demandado y no estar legalizado por Notario Público. En el acta de audiencia se dice que no se encontraba el demandante, declara infundada la demanda por no existir documento que acredite el hecho demandado. En el expediente 138-2008 sobre obligación de dar suma de dinero, solicita el pago de s/ 1,100 nuevos soles, el Juez en la sentencia ordeno el pago de s/.500.00, estando en ejecución el juez dispuso el fraccionamiento de la deuda, dejando sin efecto el pedido de tasación del bien para remate, lo que hace presumir la actuación parcializada. Por lo que luego de la investigación preliminar se dispone la apertura de proceso disciplinario por incumplimiento del artículo 5,6, 184, inciso 1) del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, artículo 34 inciso 1), artículo 47 inciso 18) de la Ley de la Carrera Judicial. DEL DERECHO DE DEFENSA.- El juez quejado ejerciendo su derecho de defensa, en su declaración de fojas 86, señala que conoce al quejoso, al haber mencionado el artículo 243 se refería al Código Procesal Civil, no fundamento basado en los principios de celeridad y economía procesal, considero que la firma del demandado era falso al ser contrastado con el DNI, que en la diligencia se encontraba el demandante, no consigno por error de mecanografía, el demandante ni su abogado advirtieron el error, omitió la consignación por error para la conciliación y para el alegato. El fraccionamiento de la deuda fue una determinación del juez por parecer una cosa justa. DE LA TRAMITACION DEL PROCEDIMIENTO.- El proceso se ha tramitado en forma deficiente, se ha vulnerado el debido proceso, al no haberse puesto en conocimiento del Juez quejado los cargos imputados para su absolución, se declaro la nulidad de forma innecesaria de los actos procesales, cuando existe convalidación del acto procesal, en cuanto en la tramitación del proceso no opera la formalidad, sino la eficacia, que en su absolución escrita de fojas 238 reproduce lo dicho en su declaración, señalando, que respecto al expediente 009-2008 resolvió la tacha porque la firma no se asemejaba al DNI , y porque no estaba legalizado, siendo éste su criterio. Respecto al expediente 138-2008, el demandado reconoce la deuda y solicita el fraccionamiento, corriendo traslado al demandante, no contestando, por lo que dejo sin efecto el embargo procediendo al fraccionamiento, lo cual es su criterio, no permitir el embargo por una suma irrisoria. Además mediante resolución del 22 de junio del 2010 de fojas 345 se declara nulo el informe por no haberse producido la declaración de los ciudadanos Hermogenes Mendoza Saboya y Gregorio Crisostomo Aquino demandados en los procesos de obligación de dar suma de dinero. Por lo que se advierte la prevalencia de formalidad del proceso, frente a la eficacia del mismo. DEL ANALISIS DEL HECHO Y LA ADECUACION NORMATIVA.- Estando a los cargos imputados, respecto del expediente 09-2008 la falta de motivación de la resolución respecto a la tacha del documento, y por la omisión al no haber consignado a la parte demandante en la audiencia única, afectando su derecho de defensa para el acto de la conciliación y del alegato correspondiente. Respecto al expediente 138-2008, por haber levantado el embargo, disponiendo el fraccionamiento del pago de la deuda, al respecto se tiene que tener en cuenta el artículo 34 inciso 1) de la Ley de la Carrera Judicial 29277, el cual impone como deberes a los Jueces impartir justicia con independencia, prontitud, imparcialidad, razonabilidad y respeto al debido proceso, el cual se tipifica como falta grave contenida en el artículo 47 inciso 18) cuando el juez adopta medidas disímiles, sin la debida motivación respecto de partes procesales que se encuentran en la misma situación o condición jurídica. El deber de imparcialidad impone a los jueces ubicarse en el rol que la constitución y la ley le impone de actuar alejada de los intereses de la partes en el proceso. La razonabilidad impone un juicio de justificación lógico jurídico de las decisiones los cuales deben estar apartados de la arbitrariedad, entendida como el actuar en contra de lo razonable de lo previsible. El debido proceso impone al juez como director del proceso, actuar como garante del inicio del proceso hasta su ejecución, esto supone el calificar adecuadamente los actos postulatorios, admitir los medios probatorios ofrecidos, actuar los medios probatorios, valorar los medios probatorios de acuerdo al sistema de la sana crítica, dictar una sentencia debidamente motivada, respeto a la cosa juzgada y ejecución de las resoluciones judiciales. La motivación como garantía constitucional exige que el juez en sus decisiones tenga que hacer una determinación precisa de los hechos controvertidos, identificar la norma aplicable al caso, y hacer el juicio de subsunción, esto es determinar la conexión que existe entre el hecho y la norma aplicable, para elaborar una nueva premisa normativa al caso concreto, que en esencia representa la decisión del juez. En el presente caso, respecto al expediente 09-2008, se advierte la existencia de arbitrariedad en la decisión judicial que resuelve la tacha basada en un acto de comparación de la firma del documento ,la firma del DNI y falta de legalización notarial, en cuanto era deber del Juez fundamentar su decisión en razones justificativas , y no basarse en su percepción, esto es advertir la falta de identidad de la firma del documento y el DNI y la falta de legalización del notario, el cual no constituye criterio válido que justifique la decisión, la falsedad de la firma debió ser acreditado con los medios probatorios que establece la ley, y el señalar una norma procesal sin precisar denota un descuido en sus labores encomendadas. Respecto a la omisión de la audiencia de conciliación y alegatos del demandante, atribuido a un error, denota una conducta negligente, esto haber actuado con descuido, el cual no puede ser atenuada por la falta de colaboración de las partes, en cuanto el juez como director del proceso, tiene el deber de consignar la forma y modo como se desarrolla la audiencia. Respecto a la actuación judicial, expediente 138-2008, debe tenerse en cuenta que al haberse dictado sentencia, y no haber apelado las partes, la sentencia de fojas 142 quedo consentida por resolución Nro. 7 del 30 de octubre del 2008 de fojas 149, y al procederse a la ejecución de la sentencia, no resulta justificado que por el hecho de haber propuesto el pago fraccionado de la deuda, sin que el demandante haya absuelto, levantar el embargo sobre el bien, impidiendo en esta forma la ejecución de la sentencia, lo que conlleva a determinar una actuación arbitraria apartado de las normas legales que el Juez debe observar, vulnerando el debido proceso, no se puede hacer justicia inaplicando tácitamente las leyes, lo que es una actuación contrario a ley y a la misma justicia invocada, toda vez que es una garantía constitucional la ejecución de las resoluciones judiciales en sus propios términos sin modificarse su contenido. RESUELVE: 1.- Declarar fundada la queja interpuesta por Elías Tantalean Díaz; 2.- Determinar la responsabilidad funcional, del juez Rolando Vargas Vega, en el ejercicio de sus funciones, por negligencia en el ejercicio de sus funciones, y haber actuado en contra de los principios de imparcialidad, razonabilidad y debido proceso en la tramitación de los expedientes 09-2008, expediente 138-2008; 3.- Imponer la sanción del multa del 10% de la remuneración del quejado; 4.- Disponer el archivo del proceso, de la anotación de la medida disciplinaria, consentida sea la presente resolución. Hágase Saber.
V-3(16,17 y 18)
EDICTO
En el Expediente 00389-2011-0-1903-JR-FC-01, el Primer Juzgado de Familia de Maynas a cargo de la señora Jueza Myrna Medina Calderon, según resolución 02 del 20 de abril del 2011 admitir la demanda interpuesta por MIRTA YAICATE MOOMBITE contra la sucesión del extinto GUILLERMO SHAPIAMA CELIS, PERCY SHAPIAMA YAICATE, JOHANA SHAPIAMA YAICATE y JUNIOR SHAPIAMA YAICATE, sobre DECLARACION DE UNION DE HECHO, en la vía de proceso de conocimiento, confiérasele traslado a los demandados por el término improrrogable de treinta días, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía, debiendo efectuarse las publicaciones respectivas en el diario Oficial El Peruano en la Región por un período de tres días consecutivos.
MONICA BEATRIZ CORDERO INGA
Especialista Legal
Primer Juzgado de Familia de Maynas
V-3(16,17 y 18)
(S/.17.10)