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Directores de la Defensoría Pública unifican criterios para la mejor aplicación del Nuevo Código Procesal Penal

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-Los 31 directores distritales de todo el país se reunieron en la ciudad de Chaclacayo para intercambiar opiniones

-Especialistas también solicitaron que la Defensa Pública  y Acceso a la Justicia se convierta en un organismo público descentralizado.

Entre los días  5 y 6 de octubre en la ciudad de Chaclacayo (Lima), todos  los directores distritales de las 31 direcciones distritales de Defensa Pública del país, acompañados de defensores públicos en materia penal, se reunieron con la finalidad de unificar criterios con relación a la aplicación del artículo 85 del Nuevo Código Procesal Penal, logrando establecer los mecanismos para el mejor cumplimiento de la ley.

La actividad estuvo encabezado por el director de este organismo, Ernesto Lechuga Pino, quien señaló que en estos eventos los defensores públicos pueden intercambiar opiniones y experiencias para mejorar su trabajo, al tiempo que exponen sus alternativas a fin de mejorar la marcha de sus respectivas gestiones.

Este articulo refiere en el caso del abogado defensor insistente donde señala que para que un defensor público participe en una diligencia donde no concurra el abogado particular, primero se tendrá que notificar al abogado particular dos veces y al finalizar las 24 horas el procesado debe designar un reemplazante de lo contrario se asignará uno público.

«Lo que venía haciendo el Ministerio Público o el Poder Judicial era que si el defensor particular no se presentaba a la primera citación, de inmediato llamaban a un defensor público para que supla la labor del particular, y muchas veces sin estar preparado o sin tomar conocimiento del expediente. Ahora con la aplicación de este artículo, las 31 direcciones distritales vamos a exigir que se cumpla las dos citaciones y tras las 24 horas que establece la ley, recién entrará a tallar un defensor público», sostuvo el Director Distrital de defensa Pública, Dr. Carlos Navas.

Otro punto que concordaron los especialistas fue que solo las diligencia que tienen prisión preventiva o revocar la prisión preventiva, tendrán carácter inaplazable y los Defensores Públicos tendrán que acudir de inmediato.

Finalmente mencionó que en la reunión de directores distritales se realizó una solicitud para que la Defensa Pública  y Acceso a la Justicia se convierta en un organismo público descentralizado, de tal forma que tenga autonomía administrativa y económica. (WGN)

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