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Desde el 2 de enero puntos de venta de empresas de telefonía deberán recibir reclamos de usuarios

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-En Nauta, Requena, Caballo Cocha y Yurimaguas,

Con la finalidad de perfeccionar los mecanismos de protección de los derechos de los usuarios, como parte del proceso derivado de la aplicación del Código de Consumo y dentro de la política del OSIPTEL, de acercamiento a los usuarios y de permanente mejora de los servicios de telecomunicaciones en el país, en las ciudades de Nauta, Requena, Yurimaguas y Caballo Cocha, a partir del 2 de enero todas las empresas operadoras de telecomunicaciones estarán obligadas a designar por lo menos un punto de venta en cada provincia del país para que, además de ofrecer al público equipos y otros servicios, brinden a los usuarios una atención similar a un centro de atención, absolviendo sus consultas y recibiendo sus quejas. Además recibirán todo tipo de documentación que los usuarios requieran presentar a la empresa que les provee el servicio.

«Las empresas operadoras disponen de tiendas de venta y no tienen centros de atención al público, lo cual obliga a los usuarios a trasladarse hasta Iquitos y en el caso de Yurimaguas hasta Tarapoto para presentar sus reclamos o reportar averías generándoles gastos en pasajes y alimentación», explicó Rafael Changaray, jefe zonal de Osiptel.

Otro aspecto que ha sido incluido en la disposición del Organismo Regulador, es la obligación de las empresas operadoras de habilitar mecanismos en sus páginas web para que los usuarios puedan presentar reportes de avería, tramitar sus reclamos y apelaciones de manera electrónica. Si los usuarios optan por utilizar este medio, las empresas deberán implementar un mecanismo para que obtengan una constancia de recepción y un código de identificación, los cuales podrán ser impresos.

«Las empresas operadoras informarán al OSIPTEL y a través de sus páginas web sobre la totalidad de oficinas y centros de atención a usuarios que tengan en todo el país. Las medidas antes señaladas constituyen una modificación al artículo 33 de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, que establece los derechos y obligaciones de los usuarios y de las empresas operadoras», agregó el funcionario. (MIP)

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