– En la provincia de Requena
– Demandante asegura que no cumplieron con ella. 
Linda Rosa Victoria López Ruíz, reseña a través de sendos documentos, el vía crucis por el que viene pasando desde hace años debido a que fue sacada de manera arbitraria de la cabina de teléfonos donde laboraba en Requena.
López Ruíz interpuso demanda el 05 de julio 2011 ante el Juzgado Mixto de Requena reclamando el pago de beneficios sociales y remuneraciones a la empresa empleadora «Telecomunicaciones del Oriente SRL «Gaby.Com» representada por su gerente general Juan Federico Delgado Vásquez, con domicilio legal en Manaos 361-Requena. Empresa que la contrató como operadora de cabinas telefónicas, giros y otros.
«El 15 de marzo de 2011 me apersoné como todos los días a la tienda y mi empleadora me comunicó de manera verbal que ya no tocara nada porque estaba despedida por orden del gerente Juan Delgado Vásquez, me retiré esperando que llegue el gerente ya que él vive en Iquitos, luego opté por llamarlo por teléfono y me dijo que ya no le interesaba contar con mis servicios. Al exigirle mis beneficios sociales me respondió que no me correspondía nada, le envié carta notarial pero nunca me respondió», narra López.
Agrega igualmente que la empresa para no cumplir con ella, cambió de nombre a G@by.com siendo la demandada «Telecomunicaciones del Oriente SRL Gaby.Com, cuyos hermanos Juan Delgado y María Delgado, pretenderían señalar que ya no existe, quedando G@by.Com quien solicita la desafectación del embargo. Por lo apreciado el juzgado mixto de esa ciudad determinó declarar infundada la solicitud de desafectación interpuesta por la empresa de María Gabriela Delgado Vásquez, mandando se continúe con la medida cautelar de embargo.
Sin embargo, en setiembre de 2013 la representante de la empresa «L & G Consultorías y Representaciones Generales» María Delgado, interpuso apelación y se le concedió sin efecto suspensivo y con calidad de diferida, elevándose todos losa actuados al superior jerárquico. «L & G Consultoría y Representaciones Generales, es socia fundadora mayoritaria con el 90% de acciones, por consiguiente se desprende que no se trata de una tercera personas sino muy por el contrario de una persona jurídica accionista mayoritaria de la empresa demandada Telecomunicaciones del Oriente SRL. Que utilizó el nombre comercial de Gaby.Com a la hora de constituir la empresa Telecomunicaciones del Oriente SRL», señala el abogado de la demandante Francisco Mendoza.
«Yo realmente espero con mucha fe que el juez superior de la Corte de Justicia de Loreto que está viendo el caso y ya van 3 meses, resuelva mi reclamo lo antes posible por ser de justicia», concluye Linda López.
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