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Defensoría del Pueblo hace recomendaciones urgentes a la municipalidad de Pebas

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  • Envió oficio al Abog. José Luis Perea Vergara, gerente de dicha entidad edil.
  • También hizo de conocimiento al gerente regional de la Contraloría, Dante Aaron Yorges Ávalos. Así como al jefe de la oficina desconcentrada del JNE Carlos Peixoto Linares.

“Como es de conocimiento, el 20 de abril del presente año, el Primer Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Maynas dispuso la detención domiciliaria por el plazo de nueve meses contra el ciudadano Edgard Wander Pinedo Bardales, alcalde de la Municipalidad Distrital de Pebas. Asimismo, el 05 y 06 de mayo se suscitaron hechos de violencia en la localidad de Pebas contra un regidor y trabajadores de la comuna, por la exigencia de una parte de la población en la asunción de la alcaldía por parte de la primera regidora.
Ante estos hechos de violencia de acuerdo a lo que nos comunicaron la sesión extraordinaria sobre la suspensión del cargo de alcalde que iba a realizarse el 10 de mayo, se reprogramó para el 15 de mayo en la ciudad de Iquitos por medidas de seguridad, la misma que fue comunicada al Jurado Nacional de Elecciones.
En reunión sostenida con usted el 09 de mayo, en la que participó el jefe de asesoría legal y secretario general, en aras de prevenir nuevas acciones de conflictividad social, les recomendamos tener en consideración el artículo 24° de la Ley Orgánica de Municipalidades, que prevé el reemplazo en caso de vacancia o ausencia del Alcalde.
Además, se debe tener en cuenta el décimo primer considerando de la Resolución N°860-2006-JNE, emitida por el Jurado Nacional de Elecciones, que señala “que atendiendo a la regulación citada precedentemente se debe tener en cuenta que determinados cargos quedarán en suspenso; por lo que es necesario precisar que, en el caso de los cargos municipales deberán ser cubiertos en la forma que prevé el artículo 24° de la Ley Orgánica de Municipalidades N°27972, según el cual el alcalde será reemplazado por el primer regidor, éste por el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral; y a los demás regidores los reemplazará, los suplentes respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral”.
Del mismo modo, en dicha reunión también les recomendamos, que se considere la gestión y coordinación con la Policía Nacional del Perú, Prefectura, sectores salud y educación, para que con dichas informaciones se considere realizar la sesión de Concejo Municipal en la fecha inicial del 10 de mayo; en razón, que nos habíamos comunicado con la Comisaría PNP de Pebas y nos informaron que los efectivos policiales de la USE habían retornado, y que las actividades se estaban desarrollando con normalidad, por lo que les recomendamos realicen las gestiones para el restablecimiento de los servicios municipales.
Ante este contexto, es importante que los moradores no sean afectados con la atención de los servicios públicos básicos como agua, recolección de residuos sólidos, entre otros, teniendo en cuenta que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción.
Por lo que, en el marco de las funciones y atribuciones de la Defensoría del Pueblo establecidas en la Constitución Política del Perú y la Ley N° 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, consideramos necesario formular las siguientes recomendaciones a su despacho:
-Disponer a la brevedad posible el restablecimiento de los servicios públicos básicos como agua, recolección de residuos sólidos, policía municipal, serenazgo, entre otros, necesarios para los moradores del distrito de Pebas.
-Disponer a la brevedad posible el restablecimiento de las áreas de registro civil y Demuna, teniendo en cuenta que las personas de las comunidades viajan largas horas hasta la localidad de Pebas, ocasionándoles gastos en transporte, alimentos y alojamientos, para que realicen los trámites de inscripción de nacimientos, defunciones, así como por conciliaciones de pensiones de alimentos, tenencia de menores, entre otros, y al encontrar cerradas dichas oficinas afecta su economía familiar, etc.
-Exhortamos a buscar mecanismos de diálogo y acercamiento con las autoridades distritales y moradores, para tener un ambiente seguro y tranquilo para la población del distrito de Pebas, en especial para los niños, niñas, adultos mayores, y personas con discapacidad. En consecuencia, se deberá buscar que el desarrollo de las actividades municipales, se realicen con normalidad y que los actos de la administración y procesos administrativos se desarrolles conforme a lo establecido en la ley.
-Solicitamos a su despacho, nos informe las acciones realizadas para la implementación de las recomendaciones antes descritas, debiéndose remitir las mismas en el más breve plazo a nuestra oficina” remarca el Defensor del Pueblo, Dr. Abel Chiroque Becerra. (LMHL).

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