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Defensa de imputados en presunta violación de menor de edad

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– Presentan nuevas pruebas que desvirtuarían acusación en su contra

doctor Javier Cavero
doctor Javier Cavero

El caso que involucra a empresarios loretanos por presunta violación a menor de edad, y que motivó que el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas ordene prisión preventiva para los mismos, ha motivado que sus abogados defensores presenten nuevas pruebas que estarían desvirtuando la acusación fiscal.

El Estudio Jurídico Cavero y Asociados que se encarga de la defensa técnica  del investigado Óscar Alejandro Vázquez Rodríguez , en su recurso de apelación presentó pruebas que refutan la versión de la menor, quien indicó que la fecha que tuvo relación sexual con Óscar Alejandro Vásquez Rodríguez fue el 07 de julio del 2013, sin embargo demuestran que en esa fecha viajó a la ciudad de Tarapoto y posteriormente a Nueva Cajamarca para participar en una licitación por la construcción del sistema de agua y desagüe de esa ciudad, demostrando que ganó con su empresa constructora la licitación No. 001-2013.

Otro de los detalles que muestra la apelación es referente al clima , en donde la menor indicó en la cámara gessel que el día 07 de julio del 2013 llovió en Iquitos, sin embargo de la solicitud hecha al SENAMHI indica que desde esa fecha no llovió en Iquitos, por lo que la menor habría entrado en serias contradicciones.

Con relación a la presunta violación hecha en el Hotel Parthenon y que se habría realizado en la suite No. 408, la defensa técnica sustenta su apelación que desde el 23 al 27 de julio en esa suite se hospedó la ciudadana suiza Jennifer Anspanch quien se identificó con pasaporte No. F3841890, además que en las cuatro suites existentes todas estaban ocupadas desde el  19 al 31 de julio del 2013, por lo que también habría serias contradicciones para sindicar el lugar de los presuntos hechos.

Indica también que en la acusación fiscal no concurren los tres presupuestos para prisión preventiva, pues Óscar Alejandro Vásquez Rodríguez tiene arraigo familiar, domicilio fijo, y es propietario de empresas, es decir tiene arraigo laboral, que acredita presentando la documentación correspondiente.

La defensa sustenta también que en el presunto hecho existe una sindicación en contra de su patrocinado, y que no es atribuible para prisión preventiva.

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